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Título: DECRETO OSP. Nº 310 APRUEBASE ACTA ACUERDO SUSCRIPTA CON EMPRESAS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CUADRO TARIFARIO
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 27 Feb. 2008
Fecha de publicacion: 7 Marzo 2008
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 27 de Febrero de 2008.
VISTO:
El Expte. D 25417/07, la Ley Nº 4906, el Decreto O.y S.P. Nº 534/07 y el Acta Acuerdo de fecha 5 de Febrero de 2008; y
CONSIDERANDO:
Que por las referidas actuaciones se tramita la readecuación de las Tarifas del Servicio Público de Transporte de Pasajeros, en su Modalidad Re gular, características Urbano y Suburbano para el área Central del Gran Catamarca, a fin de posibili tar la contención normativa de las variaciones de costos que ha experimentado el sector, contemplan do la necesidad de asegurar la calidad y eficacia del Servicio con una razonable rentabilidad.
Que la situación de Emergencia Económica Ley Nº 5064 , ha tenido un alto impacto en el Ser vicio Público de Transporte de Pasajeros, generan do una alteración económica sustancial en la ecua ción económica financiera de las empresas permisionarias, producto del sostenido aumento de los precios de insumos, repuestos y mejoras sala riales para sus dependientes, resueltos por acuer dos colectivos, que incrementaron considerable mente e incidieron en forma directa sobre los cos tos operativos y de mantenimiento del Servicio Pú blico en base a las condiciones impuestas oportu namente.
Que ante tal situación, resulta necesario resguar dar los caracteres propios de los Servicios Públi cos, en cuanto a su continuidad, uniformidad, re gularidad, generalidad y obligatoriedad, accedien do a una razonable actualización de las tarifas que les permita a las empresas permisionarias el man tenimiento y mejorar la calidad de los servicios y a los usuarios, la accesibilidad y el uso de esos ser vicios a través del pago de una tarifa acorde a su poder adquisitivo y que en gran porcentaje y en forma diaria se trasladan, comunican e integran sobre el área central del Gran Catamarca.
Que la Dirección Provincial de Transporte, de pendiente de la Subsecretaría de Servicios Públi cos del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, como Autoridad de Aplicación en materia de Trans porte Público de Pasajeros y con la finalidad de procurar arribar a un acuerdo satisfactorio con los actores del sector, firmaron la correspondiente Acta Acuerdo con fecha 5 de Febrero de 2008, especifi cando los costos actuales que deben afrontar las empresas de transporte de pasajeros Urbanos y Suburbanos pertenecientes al área central del Gran Catamarca, concluyendo sobre la necesidad real de analizar la implementación de un nuevo Cuadro Tarifario.
Que la recomposición del Cuadro Tarifario, plasma el reconocimiento de los incrementos pro ducidos en los costos operativos de explotación del servicio, estableciendo nuevos valores para el bo leto mínimo urbano y primera sección del servicio suburbano y respectivas secciones para el área Cen tral del Gran Catamarca, con el fin de asegurar la continuidad y regularidad en la prestación del Ser vicio Público y la correspondiente accesibilidad al mismo por parte de los usuarios.
Que ha tomado debida intervención Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. Nº 1233/07.
Que el presente acto se dicta de conformidad a lo previsto en los Artículos 6º, 21º y 38º del Régi men de Transporte Ley Nº 4906 y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artícu lo 149º de la Constitución Provincial.
ARTICULO 1º. Apruébase el ACTA ACUERDO suscripta el 5 de Febrero de 2008, entre la Di rección Provincial de Transporte, la Subsecretaría de Servicios Públicos, del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, en representación del Estado Provincial y los representantes de las empresas permisionarias del Servicio Público de Transporte de Pasajeros Urbano y Suburbano del área central del Gran Catamarca y el Cuadro Tarifario detalla do en ANEXO I, los que pasan a formar parte inte grante del presente Instrumento Legal.
ARTICULO 2º. Dispónese que la vigencia de los Valores Tarifarios y del Subsidio a que se refie re el Punto 3) del Acta Acuerdo, regirán a partir de las 00:00 horas del día 1º de Marzo de 2008.
ARTICULO 3º. Dispónese que para la liqui dación y pago del subsidio acordado en el Acta Acuerdo, será de aplicación lo establecido por el Decreto O. y S. P. Nº 534/07.
ARTICULO 4º. Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a efectuar las reasignaciones presupuestarias que resulten necesarias, a fin de poner en ejecución lo dispuesto por el presente Ins trumento Legal.
ARTICULO 5º. A sus efectos tomen conoci miento: Ministerio de Obras y Servicios Públicos, Ministerio de Hacienda y Finanzas, Subsecretaría de Servicios Públicos y Dirección Provincial de Transporte.
ARTICULO 6º. Comuníquese, Publíquese y dése al Registro Oficial y Archívese.
SERVICIOS PUBLICOS: MODALIDAD REGULAR
CARACTERISTICAS: URBANO SUBURBANO
CATEGORIA: SERVICIO COMUN ZONA JURISDICCION: AREA CENTRAL GRAN CATAMARCA
- CAPITAL VALLE VIEJO – FRAY MAMERTO ESQUIU
Boleto Tarifa Real: Urbano y la Sección Suburbano valor: $ 1,50.
Boleto Tarifa Subsidiada: Urbana y la Sección Suburbana valor: $ 1,30.
Boleto Nocturno Subsidiado Urbano y la Sección Suburbano valor: $ 2,00.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Acuña
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: