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Detalle del Decreto 95
  

 

Título: Decreto GJ. N° 95 RATIFICASE CONVENIO DE COOPERACION MUTUA – PROGRAMA PROVINCIAL DE FORTALECIMIENTO DE OBRA PUBLICA MUNICIPAL ­ MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA Y LA MUNICIPALIDAD DE LOS ALTOS ­ DEPARTAMENTO SANTA ROSA – OBRA «CONSTRUCCION DE 2400 M2 DE PAVIMENTO ARTICULADO EN LA LOCALIDAD DE ALIJILAN»

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 9 Feb. 2009

Fecha de publicacion: 27 Feb. 2009

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Decreto GJ. N° 95 

RATIFICASE CONVENIO DE  COOPERACION MUTUA – PROGRAMA  PROVINCIAL DE FORTALECIMIENTO  DE OBRA PUBLICA MUNICIPAL  ­  MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA  Y LA MUNICIPALIDAD DE LOS ALTOS ­  DEPARTAMENTO SANTA ROSA – OBRA  «CONSTRUCCION DE 2400 M2 DE  PAVIMENTO ARTICULADO EN LA  LOCALIDAD DE ALIJILAN»

San Fernando del Valle de Catamarca,  09 de Febrero de 2009. 

VISTO:  El  Expte. Letra M Nº  369/2009, mediante el  cual la MUNICIPALIDAD DE LOS ALTOS ­  DEPARTAMENTO SANTA ROSA ­,  tramita un Convenio de Cooperación Mutua con el  MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA, a los  fines de llevar adelante la Obra «Construcción de 2400 m2 de Pavimento Articulado en la Localidad de Alijilán»; y

CONSIDERANDO:  Que el  Sr. Intendente de la Municipalidad de Los Altos, eleva nota adjuntando carpeta con documentación técnica relacionada a la obra «Construcción de 2400 m2 de Pavimento Articulado en la Localidad de Alijilán»,  Municipalidad de Los Altos – Dpto. Santa Rosa.
 Que a fs.  15, obra el Informe Técnico de la Supervisora de la Dirección Provincial de Fortalecimiento Institucional. Que a fs. 17, se eleva a la Subsecretaría de Asuntos Municipales, Proyecto de Convenio de Cooperación Mutua del Programa Provincial de Fortalecimiento de la Obra Pública Municipal.
Que con fecha 04 de Febrero de 2009 se suscribe el convenio de referencia, por el cual la Municipalidad de Los Altos se compromete a la ejecución total de la obra mencionada, ya sea por  administración y/o por terceros y el  Ministerio a aporta r la suma de Pe sos Dosc ientos Mil  ($ 200.000,00), quedando establecido entre las  partes que la diferencia con el presupuesto de obra,  será aportado por la Municipalidad con recursos  propios. 
Que emergente del Régimen de Coparticipación a Municipios, existe el «Fondo de Desarrollo Regional Municipal», destinado a atender el  financiamiento de inversiones en trabajos públicos. 
Que es propósito del Poder Ejecutivo Provincial  en situación debidamente justificada, prestar  asistencia financiera a los Municipios. 
Que de conformidad a las disposiciones  previstas en el Art,  8 de la Ley N° 3689, resulta  procedente el dictado del presente instrumento legal. 
Que el presente acto se dicta en uso de las  facultades conferidas por el Art. 149° de la Constitución de la Provincia. 
Por ello, 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA  DECRETA

ARTICULO 1°.­ Ratifícase el Convenio de Cooperación Mutua ­ Programa Provincial de Fortalecimiento de Obra Pública Municipal ­  suscripto con fecha 04 de Febrero de 2009 entre el  Ministerio de Gobierno y Justicia y la Municipalidad de Los Altos ­ Departamento Santa  Rosa ­, que tendrá por objeto posibilitar la concreción de la obra «Construcción de 2400 m2 de Pavimento Articulado en la Localidad de Alijilán»;  el que pasa a formar parte del presente  Instrumento Legal.

ARTICULO 2°.­ Otórgase un aporte de Pesos  Doscientos Mil ($ 200.000,00) a la Municipalidad de Los Altos, que será destinado a la adquisición de los materiales para la concreción de la obra «Construcción de 2400 m2 de Pavimento Articulado en la Localidad de Alijilán»,  Municipalidad de Los Altos ­ Dpto. Santa Rosa. 

ARTICULO 3°.­ El gasto que demande el  cumplimiento de lo dispuesto por los Artículos 1° y 2° del presente instrumento legal, se efectuará con cargo a la Cuenta Corriente Banco de la Nación Argentina ­  Sucursal Catamarca «En Pesos» Nº  46600503/44 «Fondo de Desarrollo Regional  Municipal», 

ARTICULO 4°.­ Tomen conocimiento a sus  efectos: SUBSECRETARIA DE ASUNTOS MUNICIPALES, DIRECCION DE ADMINIS­  TRACION DEL  MINISTERIO DE GOBIERNO  Y JUSTICIA ­S.A.F. 006­, CONTADURIA  GENERAL  DE LA  PROVINCIA, TESORERIA  GENERAL DE  LA PROVINCIA Y TRIBUNAL  DE CUENTAS. 

ARTICULO 5°.­ Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial y Archívese. 

 

CONVENIO DE COOPERACION MUTUA  PROGRAMA PROVINCIAL DE  FORTALECIMIENTO  DE OBRA PUBLICA MUNICIPAL

En la localidad de Los Altos, Departamento El Alto, Provincia de Catamarca, a los cuatro días del  mes de Febrero del año 2009, ENTRE el Ministerio de Gobierno y Justicia representada en este acto por  el señor  Ministro de Gobierno y Justicia Dr.  Luis Oscar Javier Silva, D.N.I. Nº 23.561.012 con domicilio a los efectos del presente en calle Sarmiento Nro. 613 de esta ciudad, en adelante «El Ministerio» por una parte y por la otra la Municipalidad de Los Altos, Dpto. Santa Rosa, en adelante «La Municipalidad» representada en este  acto por su Intendente, C.P.N. Ricardo Olveira,  D.N.I. N° 14.855.164 con domicilio a los efectos  del presente en el edificio municipal de Los Altos,  Dpto. Santa Rosa, Provincia de Catamarca denominadas en adelante y en forma conjunta como «Las Partes», que es además refrendado por el  Señor Gobernador  de la Provincia Ing. Eduardo Brizuela del Moral, acuerdan en suscribir el  presente convenio, el que se regirá por las siguientes  cláusulas:

  PRIMERA: El objeto del presente es la obra:  «Construcción de 2400 m2 de Pavimento articulado en la localidad de Alijilán», perteneciente al  Municipio de Los Altos, conforme al  detalle del  Presupuesto de Obra del Anexo N° I que forma parte integrante de este convenio, y que asciende a  la suma de Doscientos treinta y nueve mil ciento sesenta y cinco con ochenta ($ 239.165,80).  A los fines de la concreción del mismo «LA  MUNICIPALIDAD» se compromete a: la ejecución total de la obra «Construcción de 2.400 metros  cuadrados de Pavimento Articulado en la localidad de Alijilán» ya sea por administración y/o por  terceros.  Por su parte «EL MINISTERIO» se compromete a: Aportar la suma de Pesos  Doscientos mil con 00/100 ($ 200.000), quedando establecido entre las partes que, la diferencia con el presupuesto de obra del Anexo N° I  adjunto a este convenio, será aportada por la municipalidad con recursos propios.  El Financiamiento, se efectuará con los Fondos  provenientes del Fondo de Desarrollo Regional  Municipal (F.D.R.M.) y/o Aportes del Tesoro Provincial que la Provincia asigne al Municipio de Los Altos.  El Ministerio a través de los técnicos de la Subsecretaría de Asuntos Municipales, realizará el  control de la finalización de la citada obra. 

SEGUNDA: La Dirección Técnica de los  trabajos a ejecutarse en el marco del presente convenio, será responsabilidad del Municipio. 

TERCERA: El plazo máximo de ejecución de la presente obra se establece en noventa (90) días  corridos a partir de la fecha de percepción por parte  del municipio de los fondos. 

CUARTA: El desembolso de los fondos  establecidos en la cláusula Primera del presente Convenio se realizará dentro de los diez días de la  firma del Convenio. 

QUINTA: El incumplimiento por parte del  municipio de las obligaciones que asume por medio de este Convenio, facultará a la Provincia a requerir  la devolución del monto total desembolsado,  descontándose el mismo de la Coparticipación de Impuestos en cuotas mensuales y consecutivas que no podrán ser superiores al 10% del  monto neto que por éste concepto le corresponda al municipio,  previo informe de la Subsecretaría de Asuntos  Municipales, a la Contaduría General de la Provincia. 

SEXTA: Toda controversia que se suscite entre las partes con relación a este Convenio, su existencia, validez, calificación, alcance o cumplimiento, será resuelto por los tribunales  ordinarios de la Ciudad de San Fernando del Valle  de Catamarca, renunciándose expresamente al fuero federal y a cualquier otro de excepción que pudiere corresponder.  En prueba de conformidad, se suscriben tres (3)  ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto,  en el lugar y fechas indicadas ut­supra. 

CPN. Luis Ricardo Olveir a  Intendente  Municipalidad de Los Altos  Dpto. Sta. Rosa

 

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
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