Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  
  

Inicio / Decreto Acuerdo /

Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 256
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 256  CREANSE  LAS  DIRECCIONES  DE ADMINISTRACION, SEGURIDAD, INFRAESTRUCTURA YMANTENIMIENTO Y GABINETE CRIMINOLOGICO E INTERDISCIPLINARIO EN EL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 14 Feb. 2008

Fecha de publicacion: 14 Marzo 2008

Cuerpo de Decreto Acuerdo:   |       Descargar PDF

  

Decreto Acuerdo N° 256
CREANSE LAS DIRECCIONES DE ADMINISTRACION, SEGURIDAD, INFRAESTRUCTURA YMANTENIMIENTO Y GABINETE CRIMINOLOGICO E INTERDISCIPLINARIO EN EL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL

San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de Febrero de 2008.

VISTO:
El Expediente S14599/07 y las facultades con feridas al Poder Ejecutivo por la Ley Nº 4639 de Reforma del Estado, su complementaria Ley Nº 4693 de Reorganización de la Estructura Orgánica de los Ministerios y sus modificatorias Ley Nº 4987 y 5107, y

CONSIDERANDO:
Que el Artículo 2º de la Ley 4639, faculta al Poder Ejecutivo a disponer la Transformación, Des centralización, Privatización, Creación, Escisión, Fusión, Supresión y Liquidación total o parcial de los Organismos del Poder Ejecutivo.
Que el Artículo 2º de la Ley 4693, de Reorga nización de la Estructura Orgánica de los Ministe rios, faculta al Poder Ejecutivo a establecer me diante Decreto las Misiones y Funciones, Ambitos de Competencia y Estructuras Orgánicas de los Ministerios, como asimismo, lo relacionado con las Secretarías y Subsecretarías de Estado y de más Organismos y Entes que dependan directamen te del Poder Ejecutivo, Ministerios o que integren la Administración Central y Descentralizada del Gobierno Provincial.
Que el Artículo 4º del Decreto Acuerdo Nº 1544/07 dispone que serán aprobadas por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial en acuerdo de Mi nistros, las estructuras orgánicas hasta nivel de Dirección.
Que la Ley Nº 4672, Orgánica del Servicio Pe nitenciario de Catamarca, fija los Objetivos, Misión, Funciones y Atribuciones del mismo.
Que la nueva dimensión que ha tomado el Ser vicio Penitenciario Provincial hacen necesaria su reestructuración en base a las misiones que emergen de la Ley Nº 4672 y las necesidades de adecuarla a las disposiciones de la Ley Nacional 24.600, todo ello para el mejor funcionamiento del Instituto Carcelario como del cumplimiento de sus finalidades.
Que el presente acto administrativo se dicta de acuerdo a las facultades otorgadas por los instrumentos legales mencionados y las atribuciones conferidas por el Artículo 149º de la Constitución Provincial.

Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA:

ARTICULO 1º. Créanse las Direcciones de: Administración, Seguridad, Infraestructura y Mantenimiento y Gabinete Criminológico e Interdisciplinario en el ámbito del Servicio Penitenciario Provincial.

ARTICULO 2º. Las Direcciones creadas por el artículo 1º, dependerán de la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial.

ARTICULO 3º. Apruébase la nueva Estructura Orgánica del Servicio Penitenciario Provincial y los Objetivos y Acciones de las Direcciones crea das por el artículo 1º y que se agregan como Anexo 1 y II y forman parte del presente instrumento legal.

ARTICULO 4º. Dentro de los sesenta (60) días a partir de la fecha del presente Decreto, se efec tuarán los movimientos de personal que sean ne cesarios para la implementación de la estructura organizativa aprobada.

ARTICULO 5º. Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las reestructuracio nes necesarias para el cumplimiento de lo dispues to en el artículo 1º del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 6. Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Gobierno y Justicia, Subse cretaría de Seguridad, Subsecretaría de Presupues to, Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, Dirección Provincial de Recursos Huma nos y Servicio Penitenciario Provincial.

ARTICULO 7º. Comuníquese, Publíquese, dése al registro Oficial y Archívese.

ANEXO II
DIRECCION DE ADMINISTRACION

OBJETIVOS: Mantener una relación directa de carácter téc nico e informativo con los órganos rectores del Sis tema Presupuestario, de Crédito Público, de Teso rería General de la Provincia, y de Contabilidad Gubernamental, que permitan administrar el Patri monio Provincial con criterios de economía, efi ciencia y eficacia, participando en los aspectos contables, económicos y financieros de cada una de ellas.

ACCIONES:
-Integrar el sistema de contrataciones obser vando el cumplimiento de la Ley Nº 4938 de Ad ministración Financiera, reglamentación, normas, políticas y procedimientos que se dicten en la materia.
-Gestionar, administrar, programar y controlar los recursos financieros del Organismo.
-Dirigir y supervisar la elaboración del proyecto de presupuesto de la Institución y controlar su ejecución en materia de recursos y gastos.
-Llevar la contabilidad presupuestaria y finan ciera del Servicio Penitenciario Provincial.
-Registrar en el Sistema de Administración de Bienes del Estado el movimiento patrimonial.
-Informar sobre los ingresos, egresos y varia ciones presupuestarias y financieras a los Organismos de Control Interno y Externo.
-Asesorar a los distintos responsables de los Programas a efectos de que los actos y operacio nes adoptadas permitan resguardar el patrimonio e intereses fiscales.
-Realizar el control previo concomitante y pos terior de las actividades financieras y administrativas que desarrolle el Servicio.
-Gestionar ante la Subsecretaría de Presupuesto la programación de cuotas financieras a efectos de dar cumplimiento con las obligaciones contractuales comprometidas.
-Confeccionar balances mensuales de cada una de las cuentas corrientes abiertas en el ámbito del Servicio Penitenciario Provincial.
-Llevar los registros de ejecución presupues taria en las condiciones que fije la reglamentación, respetando las etapas del gasto y recursos.
-Confeccionar los estados ContableFinancie ros anuales que brinden información fidedigna a los organismos de control. Respetar y hacer cumplir los principios gene rales a los que deberán ajustarse las contrataciones.

DIRECCION DE GABINETE CRIMINOLOGICO E INTERDISCIPLINARIO

OBJETIVO: Entender en todo lo relacionado con las tareas inherentes al período de observación y participa ción en la progresividad del régimen penitencia rio.

ACCIONES:
-Elaborar y supervisar los programas peniten ciarios y de readaptación social.
-Controlar la aplicación del sistema progresi votécnico e interdisciplinario para el diagnóstico y tratamiento de los internos.
-Elaborar el sistema de clasificación criminológica.
-Estudiar y evaluar los diferentes sistemas pe nitenciarios, establecimientos penales abiertos, programas de mediana y mínima seguridad.
-Planificar y coordinar programas para la re adaptación social de los internos primarios, reincidentes, de alojamiento de internos, de los jóvenes, de internas femeninas y todo programa terapéutico que signifique la prevención de la reincidencia.
-Elaborar informes que formen parte de la «Historia Criminológica» del interno, lo cual cons tituye el Legajo Criminológico Personal del mis mo, conteniendo los estudios interdisciplinarios de los profesionales (Antecedentes familiares, relacio nes con el mundo circundante familiar y extrafamiliar, Antecedentes educacionales e ins trucción, antecedentes laborales, pasado criminológico, estudio del delito actualmente con denado, estudio victimológico, evaluación psico lógica, evaluación psiquiátrica y médica, informe social, génesis de la conducta delictiva, diagnóstico y pronóstico, planilla de tratamiento).
-Determinar los mecanismos tendientes a co nocer íntegramente al interno en todos sus aspec tos, lo cual permitirá al criminólogo arribar a la génesis de la conducta delictiva y aconsejar un tra tamiento personalizado, mediante el cumplimien to de determinadas consignas, objetivos, tratamien to médico, psiquiátrico o psicológico, formación de grupos en tratamiento acorde a sus problemáti cas y características personalísticas etc.
-Elaborar programas que contengan los distin tos Períodos y Fases de la «Progresividad del Ré gimen Carcelario», a efectos de poder determinar la evolución del interno en cuanto al cumplimien to de objetivos, calificaciones de conducta y con cepto, evolución y pronóstico de reinserción so cial denotado. La «Progresividad del Régimen Pe nitenciario» será dividida en a) Período de Obser vación, b) Período de Tratamiento (Fase de Socia lización, Consolidación, Confianza), c) Período de Prueba (Autodisciplina, salidas transitorias y ex traordinarias, régimen de semilibertad, d) Período de Libertad Condicional.
-Informar y Asesorar a las autoridades compe tentes sobre los resultados del continuo seguimiento del interno, a fin de adoptar decisiones de acuerdo a las reglamentaciones vigentes (beneficios de sa lidas transitorias, extraordinarias, semilibertad, libertad condicional, indulto, conmutación de pena etc.)
-Lograr el objetivo específico, ello es, que a través del tratamiento del interno, éste se conozca a si mismo y comprenda la naturaleza autodestructiva de su conducta delictiva, con la fi nalidad de que modifique su conducta agresiva y antisocial, se haga consciente de su proceso pato lógico de destrucción de sí mismo y de los demás, adquiriendo conciencia del daño causado; sensibi lización en cuando a su afectividad.
Favoreciendo las relaciones interpersonales sanas y estables. El desarrollo de psicoterapia, laborterapia con el aprendizaje de diferentes oficios, la extensión cultural, religiosa, aprendizaje y materialización de actos relacionados con los va lores morales y éticos de la sociedad, deberán ser elementos constantes de desarrollo y análisis. El desarrollo de diversas actividades pedagógicas, recreativas, deportivas, culturales, el teatro, la música, permite la expresión y proyección del in dividuo. Todo en busca de una transformación de la comunicación del individuo hacia el medio o los demás, en donde ya no debería recurrir a la violencia.
-Establecer para aquellos internos próximos a egresar en libertad entre los 60 o 90 días antes de la fecha, sean incorporados a determinados grupos de tratamiento intensivo en el denominado Progra ma de Prelibertad, con el objeto de brindar una efec tiva orientación a fin de establecer los logros del tratamiento, relacionarlos con el Patronato de Li bertados, su entorno familiar, social, analizando cada caso en particular y su problemática, los tro piezos de que deberá afrontar inmediatamente a su egreso, como asimismo prepararlos para una efec tiva asistencia post penitenciaria.
-Elaborar conjuntamente con las autoridades competentes, oficiales, organizaciones sociales etc., programas de formación y reconversión social del interno.
-Desarrollar conjuntamente con el Patronato de Liberados; programas de contención y supervi sión de los internos con prisión domiciliaria y/o discontinua.

DIRECCION DE SEGURIDAD
OBJETIVO:
Planificar, coordinar y fiscalizar la cobertura integral de la seguridad de la Institución y de las personas sometidas a su custodia. Además de pre ver las necesidades de seguridad, proponiendo y ejecutando las medidas adecuadas.

ACCIONES
-Planificar, organizar y fiscalizar los planes en materia de seguridad, aislamiento de llamadas de lucha contra incendio, de iluminación de emergen cia y todo otro que asegure una eficaz e inmediata intervención del personal, en situación de emer gencia, los cuales deberán ser actualizados perió dicamente.
-Ejecutar las directivas que en el área de seguridad, se impartan con fin de instruir al personal destinado en las Unidades Penitenciarias y demás dependencias del Servicio Penitenciario Provincial.
-Evaluar e informar periódicamente al Direc tor General del Servicio Penitenciario, las necesidades del personal que realiza la cobertura de se guridad de las Unidades Penitenciarias y de los ele mentos necesarios específicos.
-Verificar la existencia de la totalidad de los elementos necesarios para el control y supervisión de los internos, a los fines de garantizar el estricto cumplimiento de las disposiciones judiciales que se impartan al respecto.
-Intervenir en casos de alteración del orden en Unidades y Dependencias del Servicio Penitencia rio, cuando lo crea conveniente a modo de preven ción y adoptar toda medida de seguridad.
-Formar un grupo de personal específico que actuará y tendrá a su cargo la cobertura y manteni miento de la seguridad en todo el Establecimiento.
-Brindar capacitación al personal por los Ins tructores especializados.Propiciar la participación del personal a los Cursos de capacitación que se dicte en otras F.F.S.S. o F.F.A.A., otras Institucio nes, etc.
-Supervisar el armamento, municiones y todo elemento de seguridad, mantenidos en depósito. También debe supervisar los Registros de Cargos que mantienen las Unidades Penitenciaria y el per sonal del Servicio Penitenciario Provincial.
-Adquirir, almacenar y proveer el armamento y elementos de seguridad necesarios al personal de servicio, a los fines del cumplimiento de la fun ción encomendada.
-Organizar todo lo relativo a la flota de auto motores, supervisando el cumplimiento de las nor mas reglamentarias respectivas.
-Planificar, organizar y mantener el control y enlace de las comunicaciones, con el Poder Judi cial y otras Instituciones Provinciales y Naciona les, que resulten necesarios para el cumplimiento del servicio.
-Controlar el estricto cumplimiento del perso nal a su cargo en lo relativo a la vigilancia interna, policía e higiene, disciplina y seguridad de los pe nados. La observancia de la vida de los penados, su prontuario, su aseo y el de su celda, recepción de nuevos penados a los que formará un prontua rio, reparto de víveres, ropas y demás objetos, in tervención en la irregularidad de los penados orde nando medidas preventivas oportunas, velar por la requisa de los presos, orden del establecimiento, movimiento de entrada y salida de los penados, registro de testimonios y sentencias.
-Determinar el servicio de vigilancia interna, arbitrando las funciones de los consejeros, en lo relativo al ingreso y egreso de penados, personal, visitas oficiales y particulares, objetos, vehículos, requisa, etc.
-Adoptar las medidas necesarias a fin de la conservación del orden y el mantenimiento estric to de la disciplina por parte de los Celadores, quie nes requisarán a los presos, pabellones, rejas, puer tas, muros etc., vigilando que los presos cumplan su reglamento y las disposiciones internas.
-Integrar grupos de prestación de servicio, de acuerdo a la cantidad de personal con el que cuen ta, de manera tal que el personal asignado por tur no es el suficiente para la cobertura de las necesi dades de servicio.
-Disponer de los puestos y controles de vigi lancia, con personal y medios manuales, electróni cos, digitales y otra tecnología de avanzada, que para cada caso se requiera.
-Supervisar y controlar en forma permanente el estado del material usado para cercos perimetrales, alarmas, monitoreos electrónicos y digitales, scanner y del personal destacado en cada misión.
-Coordinar con el personal de mantenimiento sobre la correcta iluminación de los sectores que así lo requieran.
-Disponer medidas de prevención con señalamientos y educación, para todo el personal que transita dentro del establecimiento, como así también con los eventuales visitantes para evitar confusiones y accidentes.
-Disponer de sistemas de controles de perso nas que concurren al establecimiento por distintos trámites, como así también un especial control y requisa a las personas que concurran por visitas a los internos, tanto en su ingreso como egreso de las mismas, haciendo cumplir estrictamente las medidas de seguridad previstas.
-Tomar los recaudos pertinentes para los tras lados de internos, cuidando que el personal y me dios, sean los adecuados.
-Elaborar, actualizar y adecuar permanente mente, planes, sobre medidas a adoptar en caso de motines, fugas y demás situaciones de emergencias.
-Confeccionar un informe de antecedentes de los delitos perpetrados por los internos, a los fines de elaborar patrones de conductas de los mismos y de su modo de actuación, para así poder establecer el accionar del personal penitenciario.
-Elaborar, actualizar y adecuar permanente mente un plan de disuasión de motines y demás circunstancias de emergencia que pudieren llegar a suscitarse en el establecimiento carcelario toman do en cuenta el informe de antecedentes delictual confeccionado.
-Elaborar un plan coordinado con la policía provincial y demás organismos de seguridad y policiales, como gendarmería nacional, policial federal, etc., de actuación en caso de fuga de los internos tomando en cuenta el informe de antece dentes delictual.
-Adoptar las medidas necesarias establecida por la Reglamentación vigente en todo lo relativo al ingreso del Penado al establecimiento (inscripción del penado, higienización, examen médico, exa men de instrucción que posee, instrucción sobre deberes y derechos del interno, inventario de ele mentos que lleve el penado, establecer el período de observación de conducta).
-Realizar y llevar un control del legajo perso nal de cada uno de los internos.
-Velar en forma permanente por los Derechos y Deberes del Penado en lo concerniente a su hos pedaje, alimentación, asistencia médica, recreo, trabajo, disciplina, educación etc.
-Llevar un registro de internos, con permiso de salidas laborales y otros beneficios, para el es tricto control de su cumplimiento.
-Coordinar la actividad de laborterapia con la Dirección de Gabinete Criminológico e Interdisci plinario en lo relativo a la actividad de la Sección Talleres, a fin de un permanente control del inven tario de elementos, estado y funcionamiento de maquinarias, vigilar constantemente a los Maes tros de Talleres a fin de que éstos enseñen con provecho a los obreros recluidos los diferentes oficios, velar por el orden, aplicación, disciplina y cumpli miento de las disposiciones reglamentarias de los recluidos a su cargo durante las horas de trabajo.
- Efectuar un plan de seguimiento de los inter nos con permiso de salidas laborales y otros bene ficios, a través de pedidos de informes que puedan asegurar el estricto control del beneficio.

DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA Y MANTENIMIENTO
OBJETIVO:
Identificar la demanda y materializar el mante nimiento de la infraestructura edilicia del Servicio Penitenciario Provincial.

ACCIONES:
-Realizar el estudio, proyecto y ejecución de las obras de mantenimiento de la infraestructura edilicia de las distintas áreas que componen el es tablecimiento carcelario.
-Propender el uso de nuevas tecnologías ten dientes a eficientizar los recursos disponibles.
-Administrar, dirigir, controlar, inspeccionar y fiscalizar todas las actividades referentes al man tenimiento y contrataciones de obras que hagan al mantenimiento del edificio carcelario y sus depen dencias.
-Controlar el cumplimiento de las normativas vigentes para la correcta ejecución de las obras.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Cippitelli-Galera-Acuña-Acuña-Aguirre-Mazzoni

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 22/2008

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para este Decreto Acuerdo, envianos tu comentario: