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Detalle del Decreto 262
  

 

Título: Decreto S. N° 262  CREASE EL COMPLEMENTO INCENTIVO PLAN NACER PARA AGENTES DEPENDIENTES DE EFECTORES PUBLICOS DEL MINISTERIO DE SALUD

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 19 Feb. 2008

Fecha de publicacion: 18 Marzo 2008

Cuerpo de Decreto:   |       Descargar PDF

  

Decreto S. N° 262
CREASE EL COMPLEMENTO INCENTIVO PLAN NACER PARA AGENTES DEPENDIENTES DE EFECTORES PUBLICOS DEL MINISTERIO DE SALUD

San Fernando del Valle de Catamarca, 19 de Febrero de 2008.

VISTO:
El Expediente M031522007, mediante el cual se gestiona la creación del Complemento Incenti vo del Plan Nacer, para agentes dependientes de Efectores Públicos del Ministerio de Salud, vincu lados a las prestaciones sanitarias del Proyecto Plan Nacer Catamarca, y

CONSIDERANDO:
Que la Provincia de Catamarca con fecha 16FEB2005 ha suscripto un Convenio Marco con el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación, mediante el cual ingresa al Proyecto Plan Nacer y se compromete a dictar las normas necesarias para su funcionamiento.
Que el Proyecto Plan Nacer Catamarca recibe del Gobierno Nacional fondos provenientes del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomen to, para fines específicos, como la adquisición de prestaciones sanitarias a efectores públicos o pri vados destinados a los beneficiarios del Proyecto (población sin cobertura de obra social).
Que el Decreto S Nº 784 de fecha 12MAY2005, aprueba el Convenio Marco de ad hesión al Proyecto de Inversiones en Salud Mater no Infantil firmado entre el Estado Nacional y la Provincia con fecha 16FEB2005, para la implementación y ejecución del Proyecto Plan Na cer Catamarca.
Que los objetivos generales del Proyecto Plan Nacer Catamarca reafirman la voluntad de la Nación y la Provincia de reducir la mortalidad infantil y materna en la Provincia, aumentar la accesibili dad y la cobertura formal de la población en mate ria de salud y a la conformación de nuevos esque mas de gestión, financiamiento y asignación de re cursos para salud.
Que este Proyecto de Seguro Materno Infantil prevé optimizar la cobertura médica asistencial a una población tan expuesta como son las embara zadas y los niños y niñas hasta seis (6) años de edad que no tienen cobertura explicita de salud, tendien do a fortalecer los Centros de Atención Primaria de la Salud, crear mecanismos de promoción social que fomente la prevención y disminuyan el núme ro de muertes por causas evitables, mejorar las con diciones de acceso a la salud de las mujeres emba razadas y niños, identificar la población beneficia ria y conformar un padrón único de beneficiarios.
Que la Provincia de Catamarca implementó el Seguro Materno Infantil, mediante Resolución Mi nisterial S Nº 37 de fecha 30DIC2003 y creó la Unidad de Gestión del Seguro Provincial con fa cultades para dirigir y administrar el Seguro de Maternidad e Infancia a nivel provincial.
Que los fondos recibidos por los efectores públicos contratados por la U.G.S.P. como consecuen cia de las prestaciones facturadas por los mismos, pueden ser utilizados para mejorar la calidad y cantidad de los servicios sanitarios facturados, pudien do destinar a la adquisición de bienes, servicios, insumos, y/o recursos humanos e incentivos al per sonal dependiente de los efectores, de conformi dad a lo previsto en el compromiso anual vigente, con el objetivo de mejorar la calidad de la presta ción dada a la población.
Que la provincia de Catamarca a través de la Unidad de Gestión de Seguro Provincial (U.G.S.P.) y en el marco del Proyecto Plan Nacer, ha suscripto compromiso de gestión con los efectores de la Provincia y de los distintos Municipios, habiéndose previsto en dichos convenios la posibilidad de que los efectores contratados puedan abonar incentivos al personal con los fondos que perciben en cumplimiento del Proyecto.
Que a los fines de alcanzar satisfactoriamente los objetivos propuestos del Proyecto Plan Nacer Catamarca, resulta más eficaz implementar un estiímulo económico vinculado al cumplimiento de las metas preestablecidas de variables de control (Trazadoras) cuya evaluación se efectúa periódica mente según el convenio vigente.
Que a fs 78, obra Dictamen Nº 59/07, produci do por Asesoría Legal del Ministerio de Salud.
Que ha tomado intervención Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen AGG Nº 150/07, obrante a fs. 80/81 de autos.
Que el presente acto administrativo se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 149º de la Constitución Provincial.

Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1º. Créase el Complemento Incentivo Plan Nacer, No Bonificable y No Remunerati vo, financiado con fondos de asignación específica del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, el cual tendrá vigencia hasta la finalización de esta fuente de financiamiento, destinado a los agentes comprendidos en la Ley de la Carrera del Personal Sanitario y otro personal como Promotores de la Salud, Becarios, Voluntarios adhonorem, beneficiarios de Programas de Asisten cia Social Plan Trabajar, dependiente de los efectores públicos efectivamente vinculados al Pro yecto Plan Nacer, a través de los distintos conve nios y/o acuerdos celebrados por la Unidad de Gestión de Seguro Provincial (U.G.S.P.)

ARTICULO 2º. Facúltase al Ministerio de Salud a reglamentar la distribución del Incentivo crea do en el Artículo precedente en el marco de los com promisos anuales de gestión correspondientes.

ARTICULO 3º. Establécese que el incentivo creado en el Artículo 1º será financiado con los fon dos de las recaudaciones de cada efector público en concepto de prestaciones y capitas del Proyecto Plan Nacer Catamarca provenientes del Banco In ternacional de Reconstrucción y Fomento

ARTICULO 4º. Tomen conocimiento a sus efectos : MINISTERIO DE SALUD, UNIDAD DE GESTION DEL SEGURO MATERNO INFANTIL, SUBSECRETARIA DE RECURSOS HUMA NOS Y GESTION PUBLICA, DIRECCION PRO VINCIAL DE RECURSOS HUMANOS, DIREC CION PROVINCIAL DE GESTION DE LA IN FORMACION Y SUBSECRETARIA DE PRE SUPUESTO.

ARTICULO 5º. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Aguirre

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
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