Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  
  

Inicio / Decreto Acuerdo /

Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 1486
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 1486  DECLARASE DESIERTA LA LICITACION  PUBLICA Nº 01/2012 Y AUTORIZASE  AL MINISTERIO DE HACIENDA Y  FINANZAS LA CONTRATACION DE  UN MUTUO FINANCIERO

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 5 Oct. 2012

Fecha de publicacion: 4 Dic. 2012

Cuerpo de Decreto Acuerdo:   |       Descargar PDF

  

Decreto Acuerdo Nº 1486 

DECLARASE DESIERTA LA LICITACION  PUBLICA Nº 01/2012 Y AUTORIZASE  AL MINISTERIO DE HACIENDA Y  FINANZAS LA CONTRATACION DE  UN MUTUO FINANCIERO

San Fernando del Valle de Catamarca,  05 de Octubre de 2012. 

VISTO: 
El Expediente S­ N° 6541/2012, que dió origen al Decreto Acuerdo N° 998 de fecha 03 de Julio de 2012; y

CONSIDERANDO: 
Que por el citado Instrumento Legal,se autorizó al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Oficina Provincial de Crédito Público, al llamado a Licitación Pública N° 01/2012, para la Contratación de un Mutuo Financiero con Entidades  u Organismos Oficiales ­Centralizados o Descentralizados­, o Entidades Financieras de reconocida solvencia, según la Evaluación de Entidades Financieras emitidas por el Banco Central de la República Argentina, hasta la suma de Pesos  Trescientos Millones ($ 300.000.000,00), o su equivalente en otras monedas,  y a afectar para el  pago de servicio de capital, intereses y demás gastos asociados a este endeudamiento, y/o en garantía de los mismos, cualquier recurso de origen provincial  sin afectación especifica y los Recursos  provenientes del Régimen de Coparticipación Federal del Impuesto, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 1°, 2° y 3° del Acuerdo Nación­  Provincias, sobre la Relación Financiera y Bases  de un Régimen de Coparticipación Federal sobre la Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley N° 25.570, o aquel en el futuro lo sustituya, con el objeto de financiar la ejecución de proyectos de inversión en materia de Salud, Vial, Educación, Seguridad y Servicios Públicos,  actualmente en desarrollo o que se prevean iniciar  durante el Ejercicio Fiscal 2012. 

Que a fs. 94/95 obran notas de la Subsecretaría  de Finanzas e Ingresos Públicos dirigidas a las  Comisiones de Hacienda y Finanzas de las dos  Cámaras del Poder Legislativo. 

Que a fs.  97/105, se adjuntan constancias de recepción de las invitaciones a participar de la Licitación Pública N° 01/2012, a Instituciones de reconocida trayectoria en el mercado financiero. 

Que a fs. 106/129, obran publicaciones  realizadas en el Boletín Oficial y Judicial, y en diarios de amplia circulación Local y Nacional. Que a fs. 130, obra Acta de Apertura de Sobres  de la Licitación Pública N° 01/2012, que se llevó a  cabo el día 30 de Julio, a horas 11.00, en el  Ministerio de Hacienda y Finanzas, sito en la calle  Sarmiento N° 589, 8vo. Piso de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, con los  Integrantes de la Comisión Permanente de Apertura y Preadjudicación para las operaciones de Crédito Público, aconsejando se declare desierta la misma,  en razón de no haberse recepcionado oferta alguna. 

Que el inciso c) del Artículo 95° de la Ley N° 4938, prevé el procedimiento excepcional de Contratación Directa,  Que por la razón expuesta la modalidad de contratación elegida es la Contratación Directa por  Libre Elección por  Negociación Directa, Artículo 98°, inc. b) apartado 2, de la Ley N° 4938. 

Que a fs. 135/136, obra Dictamen N° 56/12, de la Asesoría Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas. 

Que a fs. 139/143,  obra Informe N° 2482/12, de la Contaduría General de la Provincia. 

Que a fs.145/146, toma intervención que le compete, Asesoría General de Gobierno, mediante  Dictamen AGG. N° 1174/12. 

Que a fs. 147, el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas, remite las presentes actuaciones a conocimiento Fiscalía de Estado de la Provincia. 

Que a fs. 148,  obra Providencia F.E. N° 457/  12, mediante la cual el Señor Fiscal de Estado de la Provincia, no hace objeción al presente trámite.

Que el presente acto se dicta en uso de las  facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia. 

Por ello, 

LA GOBERNADORA DE LA  PROVINCIA DE CATAMARCA  EN ACUERDO DE MINISTROS  DECRETA

ARTICULO 1°.­Declárase Desierta la Licitación Pública N° 01/2012, autorizada por  Decreto Acuerdo N° 998 de fecha 03 de Julio de 2012, al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través  de la Oficina Provincial de Crédito Público,  conforme a lo aconsejado por la Comisión Permanente de Apertura y Preadjudicación para las  Operaciones de Crédito Público. 

ARTICULO 2°.­ Autorízase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, a través de la Oficina Provincial de Crédito Público, en forma excepcional, a contratar bajo la modalidad de Contratación Directa por Libre Elección por Negociación Directa ­Artículo 98º ­ inciso b)­  Apartado 2­ de la Ley N° 4938­ la Contratación de un Mutuo Financiero con Entidades u Organismos  Oficiales­ Centralizados o Descentralizados­, o Entidades Financieras de reconocida solvencia,  según la Evaluación de Entidades Financieras  emitidas por el Banco Central de la República Argentina, hasta la suma de Pesos Trescientos  Millones ($300.000.000,00),  o su equivalente en otras monedas, y a afectar para el pago de servicios  de capital, interés y demás gastos asociados a este  endeudamiento, y/o en garantía de los mismos,  cualquier recurso de origen provincial sin afectación especifica y los Recursos del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los Artículos 1°, 2° y 3° del  Acuerdo Nación ­ Provincias sobre la Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley N° 25.570, o aquel que en el futuro lo sustituya, por los motivos expresados en los  considerandos del presente Decreto. 

ARTICULO 3°.­Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Hacienda y Finanzas, Oficina Provincial de Crédito Público, Contaduría General  de la Provincia, Tesorería General de la Provincia  y Tribunal de Cuentas de la Provincia. 

ARTICULO 4°.­ Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial y Archívese. 

 

Firmantes: CORPACCI-Gordillo-Aredes-Mercado-Acosta-Pfeiffer-Molina

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 97/2012

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para este Decreto Acuerdo, envianos tu comentario: