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Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 1615
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 1615  CREASE UN ADICIONAL DENOMINADO  ELABORACION Y PRESENTACION DEL  PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO  DE LA ADMINISTRACION PUBLICA  PROVINCIAL QUE PERCIBIRA  EL PERSONAL DE LA SUBSECRETARIA  DE PRESUPUESTO

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 26 Oct. 2012

Fecha de publicacion: 18 Dic. 2012

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Decreto Acuerdo Nº 1615 

CREASE UN ADICIONAL DENOMINADO ELABORACION Y PRESENTACION DEL  PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO  DE LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL QUE PERCIBIRA EL PERSONAL DE LA SUBSECRETARIA  DE PRESUPUESTO

San Fernando del Valle de Catamarca, 26 de Octubre del 2012. 

VISTO: 
El Expediente S­19849/2012, mediante el cual  se gestiona el otorgamiento de un Adicional a los  agentes de la SUBSECRETARIA DE PRESU­  PUESTO, durant e los me s e s de Oc t ubre ,  Noviembre y Diciembre/2012; y

CONSIDERANDO: 
Que a fs. 01, obra nota S. de P. N° 1837 de fecha 14 de Agosto de 2012, mediante la cual la Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas solicita el otorgamiento de un Adiciona l Espe cífico por elaboración y presentación de Proyecto de Ley de Presupuesto de la Administración Pública Provincial. 
Que a fs. 02, obra planilla de costo de implementación del Adicional Específico por  elaboración y presentación de Proyecto de Ley de Presupuesto de la Administración Pública Provincial. 
Que a fs. 23/23, vta. Obra Dictamen N° 65/12 de Asesoría Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas por el cual manifiesta que estima conveniente el reconocimiento del Adicional de elaboración y presentación del proyecto de ley de Presupuesto de la  Administración Pública Provincial al Personal con efectiva prestación de servicio en la Subsecretaría de Presupuesto. 
Que a fs. 26/27, toma intervención que le compete Asesoría General  de Gobierno mediante Dictamen A.  G.  G.  N° 1167/12, mediante el  cual  manifiesta que los Beneficiarios del Adicional  de elaboración y presentación del proyecto de ley de Presupuesto de la Administración Pública Provincial, deberán cumplir una mayor carga horaria mínima de 2 horas diarias. 
Que la Ley N° 4938, establece que la SUBSECRETARIA  DE  PRESUPUESTO será el  Organo Rector del Sistema Presupuestario del  Sector Público Provincial.
Que el Artículo 16° de la citada norma determina las competencias que tiene la SUBSECRETARIA  DE PRESUPUESTO, entre las cuales se destaca la  de preparar el Proyecto de Ley de Presupuesto General y fundamentar su contenido. 
Que a los fines de la preparación del  Presupuesto de la Administración Pública Provincial,  se hace necesario  llevar  a  cabo el  análisis y los ajustes necesarios de los  anteproyectos que sean presentados por las  Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Provincial. 
Que en función de ello en los meses de Octubre,  Noviembre y Diciembre del presente año las tareas  se verán notablemente incrementadas,  en función de tener que preparar el Proyecto de Ley de Presupuesto para el Ejercicio 2013, lo cual requiere un esfuerzo adicional por parte de los agentes que prestan funciones en forma efectiva en la Subsecretaría de Presupuesto. 
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades  conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial. 

Por ello, 

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1°.­Créase con vigencia a partir del 01 de octubre de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2012, un adicional de carácter no remunerativo y no bonificable,  denominado «ELABORACION Y PRESENTACION  DEL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTO DE  LA ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL»,  que será percibido por elpersonal conefectiva prestación de servicios en la SUBSECRETARIA DE  PRESUPUESTO. 

ARTICULO 2°.­ El Adicional creado por el  Artículo 1° del presente Instrumento Legal, se liquidará conforme el siguiente detalle: 

FUNCIONES                                            IMPORTE
PROFESIONALES                                  $ 800,00
ADMINISTRATIVOS Y TECNICOS          $ 750,00
PERSONAL DE SERVICIOS                    $ 650,00

(Planta Permanente y Contratados de la Administración Pública Provincial) 

ARTICULO 3°.­ Quedan exceptuados de percibir el Adicional por Elaboración y Presentación del Proyecto de Ley de Presupuesto de la Administración Pública Provincial Autoridades  Superiores, Funcionarios Fuera de Nivel y Personal  de Gabinete. 

ARTICULO 4°.­El personal incluido en las  disposiciones del presente Decreto, deberá cumplir  funciones adicionales durante dos (2) horas diarias  como mínimo, en los horarios que a tal efecto disponga la Subsecretaría de Presupuesto. 

ARTICULO 5°.­ Facúltase a la Subsecretaría  de Presupuesto, a disponer mediante comunicación

expresa a la Dirección Provincial de Recursos  Humanos, la no liquidación del Adicional otorgado por el Artículo 1°, a los agentes que no cumplan con las tareas que les fueran otorgadas a efectos de la formulación del Proyecto de Ley de Presupuesto para el ejercicio 2013 o con la carga horaria de trabajo asignados.  ARTICULO 6°.­ Autorízase a la Dirección Provincial de Recursos Humanos a practicar la liquidación correspondiente, conforme lo dispuesto por el Artículo 1° del presente instrumento Legal.  ARTICULO 7°.­ Tomen conocimiento a sus  e fec tos: MINISTERIO DE HACIENDA Y  FINANZAS, SUBSECRETARIA DE PRESU­  PUESTO, DIRECCION PROVINCIAL DE RE­  CURSOS HUMANOS, CENTRO DE CONTROL  DEL GASTO EN PERSONAL Y DIRECCION  PROVINCIAL DE GESTION DE LA INFOR­  MACION.  ARTICULO 8°.­ Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: CORPACCI-Gordillo-Aredes-Mercado-Villagra-Acosta-Pfeiffer-Molina

Gestión: Dra. Lucía B.Corpacci (Gestion 2012-2015)

Observaciones:

   
Complementos

 

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