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Detalle del Decreto 115
  

 

Título: Decreto PD. (SAG) N° 115 DECLARASE EN ESTADO DE EMERGENCIA AGROPECUARIA POR EL TERMINO DE UN AÑO A LOS DEPARTAMENTOS DEL INTERIOR PROVINCIAL

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 16 Feb. 2009

Fecha de publicacion: 13 Marzo 2009

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Decreto  PD. (SAG) N° 115

  DECLARASE EN ESTADO DE  EMERGENCIA AGROPECUARIA POR  EL TERMINO DE UN AÑO A LOS  DEPARTAMENTOS DEL INTERIOR  PROVINCIAL

San Fernando el Valle de Catamarca, 16 de Febrero de 2009.

  VISTO:  El expediente Letra «S»­ N° 1502/09 y agregados «C»­ N° 34749/08 y «C»­ N° 30360/08,  por el cual la SUBSECRETARIA DE  AGRICULTURA Y GANADERIA, gestiona la DECLARACION DE EMERGENCIA AGROPE­  CUARIA, en distintos Departamentos de la Provincia; y

CONSIDERANDO:  Que la COMISION PROVINCIAL DE  EMERGENCIA AGROPECUARIA, creada en el  ámbito de la Subsecretaría de Agricultura y Ganadería, informó que durante los últimos meses  del año 2008, se han registrados en el territorio de distintos Departamentos de la Provincia, una serie  de fenómenos climáticos (altas temperaturas y escasas precipitaciones, sequías, heladas tempranas  y tardías, granizo e inundaciones) lo que llevó a la  afectación de la producción agropecuaria y ganadera, con pérdidas de la capacidad productiva de las zonas. 
Que es fundamental destacar que los daños  ocasionados a la producción agropecuaria, trae aparejada graves consecuencias económicas a los  productores de la región, ya que en la mayoría de los casos las producciones se realizan para la auto­  subsistencia. 
Que obra en el presente expediente Informe Técnico, elaborado por la Subsecretaría de Agricultura y Ganadería, detallando porcentaje de pérdidas, que oscilan entre un 60 % y 100% de las  producciones en las distintas regiones. 
Que la COMISION PROVINCIAL DE  EMERGENCIA AGROPECUARIA, en reunión de fecha 05/FEB/2009, en el marco de la Ley N° 4.786,  ha analizado la situación antes descripta,  proponiendo al Poder Ejecutivo Provincial, la declaración de Emergencia Agropecuaria. 
Que la Asesoría Legal  del  MINISTERIO DE  PRODUCCION y DESARROLLO ha tomado intervención mediante Dictamen M.P.yD.  N° 16/  09 como así tambiénAsesoría General de Gobierno,  mediante Dictamen A.G.G. N° 043/09. 
Que el Poder Ejecutivo es competente para el  dictado del presente instrumento legal, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia de Catamarca. 
Por ello, 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA  DECRETA

ARTICULO 1°.­ Declárase en estado de EMERGENCIAAGROPECUARIA, por el término de un año contados a partir del día 05 de Febrero de 2009, a los Departamentos del interior de la provincia que ha continuación se detalla: 
Departamento: LA PAZ. Causa: Sequía.  Producción afectada: Agrícola­Ganadera Promedio Pérdidas:  60% 
Departamento: SANTA ROSA. Causa: Sequía.  Producción afectada: Agrícola­Ganadera Promedio Pérdidas:  60% 
Departamento:ANCASTI. Causa: Sequía.  Producción afectada: Agrícola ­ Ganadera Promedio Pérdidas:  60%
Departamento: EL ALTO. Causa: Sequía.  Producción afectada: Agrícola ­ Ganadera Promedio Pérdidas:  60% 
Departamento: CAPAYAN. Causa:  Sequía­Heladas­Granizo.  Producción afectada: Frutales,  Hortalizas,  Forrajes, Pasturas
Naturales, Ganadera.  Promedio Pérdidas:  60% 
Departamento: AMBATO. Localidades de: El Rodeo, La Puerta, Los  Potrerillos, Los Talas, Los Varelas, Los Castillos,  La Aguada, El Bolsón, Singuil,  Las Chacritas y Humaya.  Causa:  Sequía­Granizo.  Producción afectada: Frutales,  Hortalizas,  Forrajes, Pasturas Naturales, Ganadera.  Promedio Pérdidas:  60% 
Departamento: VALLE VIEJO. Causa:  Sequía­Heladas­Granizo.  Producción afectada: Frutales,  Hortalizas,  Forrajes, Pasturas Naturales, Ganadera.  Promedio Pérdidas:  55% 
Departamento: TINOGASTA. Localidades de Fiambalá,  Medanitos, Tatón y Saujil.  Causa: Heladas tardías.  Producción afectada:  Frutales.  Promedio Pérdidas:  55%

ARTICULO 2°.­ Declárase en estado de DESASTRE AGROPECUARIO por el término de un año contados a partir del día 05 de Febrero de 2009, al Departamento del interior de la provincia  que ha continuación se detalla:  Departamento: SANTA MARIA. Localidades de Las Mojarras y El Puesto.  Causa: Lluvias­Granizos­ Inundaciones.  Producción afectada: Aromáticas­ Hortícolas­  Frutales. Promedio Pérdidas:  100%

ARTICULO 3°.­ Solicítase a la COMISION  NACIONAL DE EMERGENCIA AGROPECUA­  RIA el tratamiento y aplicación de la Ley N° 22.913 en jurisdicción nacional.

ARTICULO 4°.­ Facúltase al MINISTERIO DE  PRODUCCION Y DESARROLLO a destinar  líneas de Crédito del Programa PRODUCIR,  Decreto P. y D. N° 2212/04 y sus modificatorios,  y/o cualquier otro tipo de financiamiento disponible  que resulte necesario, para concurrir en apoyo del  sector  productivo de los distintos Departamentos  de la Provincia. 

ARTICULO 5°.­ Tomen conocimiento:  MINISTERIO DE PRODUCCION Y DESA­  RROLLO, SUBSECRETARIA DE AGRICUL­  TURA Y GANADERIA, y DIRECCION PROVIN­  CIAL DE EXTENSION RURAL  y notifíquese a los municipios de las zonas damnificadas. 

ARTICULO 6°.­ Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial y archívese. 

 

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Mazzoni

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
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