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Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 619
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 619  RECTIFICASE EL ARTICULO 10° DEL DECRETO ACUERDO N° 472/2008 DE CONSTITUCION DE LA «SOCIEDAD AGUAS DE CATAMARCA SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA»

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 16 Abril 2008

Fecha de publicacion: 30 Mayo 2008

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Decreto Acuerdo N° 619
RECTIFICASE EL ARTICULO 10° DEL DECRETO ACUERDO N° 472/2008 DE CONSTITUCION DE LA «SOCIEDAD AGUAS DE CATAMARCA SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA»

San Fernando del Valle de Catamarca, 16 de Abril de 2008.

VISTO:
El Decreto – Acuerdo Nº 472 de fecha 27 de Marzo de 2008, referido a la constitución de la «Sociedad Aguas de Catamarca Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria – (S.A.P.E.M.), y

CONSIDERANDO:
Que en el Artículo 10º del citado Decreto no se consignó en su totalidad la normativa legal aplicable, por lo que resulta necesario efectuar la complementación del mismo, mediante su rectificación.
Que asimismo por el Artículo 11º, se designó al CPN. Juan Carlos MONTENEGROen el cargo de Director de Aguas de Catamarca Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (S.A.P.E.M.), habiéndose deslizado un error involuntario en el Nº del Documento Nacional de Identidad, por lo que corresponde efectuar también la rectificación respectiva.
Que en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149 de la Constitución de la Provincia, resulta procedente el dictado del presente instrumento legal.

Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1º. Rectifícase el Artículo 10º del Decreto – Acuerdo Nº 472/08, el que quedará redactado de la siguiente manera: «ARTICULO 10º. AGUAS DE CATAMARCA SOCIEDAD ANONIMA CON PARTICIPACION ESTATAL MAYORITARIA – (S.A.P.E.M.), se regirá por las normas y principios del Derecho Privado, por lo que no le serán aplicables las disposiciones de la Ley Nº 3559 – Código de Procesamientos Administrativos Provincial – y sus modificatorias, el Régimen de Contrataciones de Estado y sus modificatorias, el Capítulo VI – DEL SISTEMA DE CONTRATACIONES de la Ley Nº 4938, la Ley Nº 2730 de Obras Públicas de la Provincia y sus modificatorias, ni en general, las normas o principios del Derecho Administrativo, sin perjuicio de los controles que resulten aplicables por imperio de la Ley Nº 4938 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Provincial y sus modificatorias en tanto el ESTADO PROVINCIAL tenga participación accionaria en la misma.»

ARTICULO 2º. Retifícase el Artículo 11º del Decreto – Acuerdo Nº 472/08, en lo que respecta al Nº del Documento Nacional de Identidad del CPN. Juan Carlos MONTENEGRO, donde dice DNI. Nº 7.328.600, deberá leerse DNI. Nº 17.328.600

ARTICULO 3º. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva-Acuña-Marcolli-Bellón-Perna-Acuña-Vega

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

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