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Detalle del Decreto 189
  

 

Título: Decreto GJ. Nº 189 CREASE LA MESA INTERSECTORIAL PARA LA PREVENCION Y LUCHA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 5 Marzo 2009

Fecha de publicacion: 31 Marzo 2009

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Decreto GJ. Nº 189 

CREASE LA MESA INTERSECTORIAL  PARA LA PREVENCION Y LUCHA  CONTRA LA TRATA DE  PERSONAS

San Fernando del Valle de Catamarca,  05 de Marzo de 2009

VISTO:  El  Expte. L.  S­613/2009,  mediante el  cual la Subsecretaría de Asuntos Institucionales del  Ministerio de Gobierno y Justicia propicia la creación de la Mesa Intersectorial para la Prevención y Lucha contra la Trata de Personas; y

CONSIDERANDO:  Que resulta necesaria generar espacios de ínter  actuación entre los organismos del  Estado y las  Organizaciones No Gubernamentales vinculadas a la problemática de la Trata de Personas que coadyuven a generar acciones tendientes a prevenir  y luchar contra este delito, dentro del marco legal  en materia de Derechos Humanos definido por  el  Estado Provincial, en coincidencia con los  lineamientos fijados por el Gobierno Nacional y la  Ley N° 26.364
Que la prevención, lucha y asistencia a la víctima de la Trata de Personas requiere la intervención activa de los diversos organismos  gubernamentales, entidades no gubernamentales y comunidad en general.
Que la sola intervención de los organismos de seguridad provinciales y nacionales con presencia  en el territorio provincial no es suficiente para combatir  este flagelo. 
Que los ámbitos de actuación de las  organizaciones No Gubernamentales, funda­  mentalmente en relación a grupos considerados  vulnerables a este delito, es de suma importancia  en cuanto al aporte que ello puede significar  al  diseño de las Políticas de Estado en la materia.  Que ha tomado debida intervención Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen AGG  Nº 104/09. 
Que el presente acto se dicta en virtud de las  facultades conferidas en por el Art. 149º de la Constitución Provincial.
Por ello, 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA  DECRETA:

ARTICULO 1°: «CREASE LA MESA  INTERSECTORIAL PARA LA PREVENCION Y  LUCHA CONTRA LA TRATA DE PERSONAS»,  la que estará integrada por: la Subsecretaría de Asuntos Institucionales, Dirección de Derechos  Humanos, El Programa Provincial Anti Impunidad,  Ministerio de Salud, Subsecretaría de Inclusión y Desarrollo Social, Policía de la Provincia,  Subsecretaría de Trabajo y Previsión, el  Coordinador del Programa de Seguridad Ciudadana, Poder Judicial de la Provincia, Consejo Catamarca Joven, Red Interinstitucional, a fin de erradicar la violencia a través de la participación de los citados organismos, los que se encuentran facultados para intervenir por medio de sus  respectivos titulares o por medio de el/los  representantes que éstos designen. 

ARTICULO 2°­  La Mesa Intersectorial, creada por el Artículo 1º, tendrá las siguientes funciones: 
a) Desarrollar tareas de difusión de la problemática de la Trata de Personas. 
b) Analizar e intercambiar información relativa a la problemática en un estricto marco de reserva. 
c) Mantener  un contacto e intercambio de información fluido con entes similares  pertenecientes a otras provincias a fin de coadyuvar  a la investigación y/o resolución de denuncias o posibles  situaciones de trata de personas de las  cuales se tenga conocimiento fundado. 
d) Desarrollar un plan de capacitación sobre la  materia para todos aquellos organismos que pudiesen llegar  a tener participación directa en el  tratamiento de casos vinculados a este delito. 
e) Elevar propuestas al Gobierno de la Provincia  para la elaboración, diseño y ejecución de las  políticas de estado en la materia. 
f) Elaborar un protocolo a actuación para la recepción de denuncias y asistencia a la Víctima de Trata de Personas.

  ARTICULO 3°­ La Mesa Intersectorial para la  prevención y lucha contra la trata de personas  tendrá las siguientes facultades: 
a) Elaborar el reglamento para su funcio­  namiento y metodología de trabajo. 
b) Elaborar un mapa del delito de Trata de Personas en el territorio provincial.
c) Emitir recomendaciones a los distintos  poderes del Estado Provincial  y Nacional en cuestiones relativas a la Prevención, Lucha y Asistencia a la Víctima de Trata de Personas. 

ARTICULO 4°­ Invítase a participar, por medio de sus representantes al Poder Judicial de la Nación,  Ministerio Público Fiscal de la Nación, Ministerio Público de la Defensa de la Nación, INADI, Policía  Federal y Gendarmería Nacional.

ARTICULO 5º­ Tome conocimiento a sus  efectos: Subsecretaría de Seguridad, Subsecretaría  de Asuntos Institucionales, Dirección de Derechos  Humanos, Dirección de Administración del  Ministerio de Gobierno y Justicia. 

ARTICULO 6°­ Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial y Archívese. 

 

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
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