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Detalle del Decreto 781
  

 

Título: Decreto ECCyT. N° 781  APRUEBASE LA PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE EDUCACION ESPECIAL N° 999 DE LOS ALTOS – SANTA ROSA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 12 Mayo 2008

Fecha de publicacion: 20 Junio 2008

Cuerpo de Decreto:   |       Descargar PDF

  

Decreto ECCyT. N° 781
APRUEBASE LA PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE EDUCACION ESPECIAL N° 999 DE LOS ALTOS – SANTA ROSA

San Fernando del Valle de Catamarca, 12 de Mayo de 2008.

VISTO:
El Expte. M/7432/2006 , por el que se tramita la puesta en funcionamiento de la Escuela de Educación Especial, en la localidad de Los Altos, Departamento Santa Rosa, y

CONSIDERANDO:
Que a fs. 01/08 obra Nota de fecha 23.MAR.2006 del Intendente de la Municipalidad de Los Altos, quien a requerimiento de los padres de niños y jóvenes discapacitados de esa localidad, y otras del Departamento Santa Rosa, solicita la creación de una escuela especial que atienda las necesidades de ese sector de la población que actualmente no tiene contención y educación especializada.
Que en la Séptima Sesión Ordinaria del Período 115°, celebrada el 17.JUN.2004, el Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia sancionaron con fuerza de Ley la Creación de una Escuela para alumnos  con necesidades educativas especiales en Los Altos, Departamento Santa Rosa. Promulgada el 09.AGO.2004 por el Poder Ejecutivo Provincial, la misma fue registrada con el N° 5117(fs. 81/83).
Que entre sus fundamentos puede leerse que: «...en las localidades de Los Altos, Manantiales y Alijilán, Departamento Santa Rosa, sus vecinos claman desde hace más de diez años una solución urgente ante el importante número de niños que, por su situación de discapacidad, carecen de un establecimiento educativo que atienda esta problemática, siendo en el Departamento aproximadamente doscientos sesenta (260) el número de ellos en general, según censo que se adjunta, que están sin poder recibir educación o algún tipo de capacitación que les depare un futuro mejor...».
Que realizado el Estudio de Factibilidad por parte del personal técnico de la Coordinación de Educación Especial de la Dirección Provincial de Educación General Básica (fs. 32/52 y 55/59) surge que el número tentativo de posibles alumnos asciende a un total de treinta y cinco (35), tanto niños en edad escolar como jóvenes y adultos que pueden asistir a los talleres de formación laboral. En esta estimación no se tuvo en cuenta a los alumnos que presentan dificultades en el aprendizaje y que actualmente asisten a escuelas comunes, los que continuarán concurriendo a dichas instituciones a las que se les brindará el apoyo correspondiente.
Que según consta en Informe de fs. 14, la nueva unidad educativa comenzaría a funcionar en las instalaciones de ex Mini Hospital de la zona, el que sería cedido en calidad de préstamo por el Ministerio de Salud, con las refacciones que sean necesarias por parte de la Municipalidad de Los Altos, hasta tanto se construya el nuevo edificio en el terreno donado por el señor Guillaume Philipe Rene Chiffoleau (fs. 15 y 17/19).
Que conforme surge del Proyecto de creación elaborado por las áreas competentes del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología (fs. 63/68), la nueva institución brindará a la comunidad los siguientes servicios: Apoyo a la Integración Escolar: se propiciará la participación de los alumnos con necesidades educativas especiales en ámbitos de la educación general como miembros plenos de la comunidad educativa, para lo cual se contará con personal docente y de gabinete que ofrecerá el asesoramiento a las escuelas comunes y el acompañamiento a los procesos de integración escolar.
Que a su vez, el servicio de Atención Temprana se ocupará de la prevención, la detección precoz y la atención de los niños con discapacidad y/o con alto riesgo psicológico, biológico, o social, desde su nacimiento hasta su incorporación a la educación inicial.
Que mediante la oferta de Escolaridad Especial se brindará educación a los alumnos con necesidades educativas especiales que requieran prestaciones que no pueden ser dadas por la educación común. Por último, a través de los Talleres de Capacitación laboral se realizará la evaluación, orientación, adaptación y formación profesional de los adolescentes y jóvenes con discapacidad.
Que la Planta Orgánica Funcional (POF) propuesta a fs. 75 se adecúa a las exigencias de dotación de personal necesario para cubrir los servicios precedentemente mencionados, teniendo en cuenta el número tentativo de alumnos relevado en el estudio de factibilidad.
Que mediante providencia de fs. 74, la Dirección de Formulación y Control Presupuestario del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología informa que una vez incluido en POF la Escuela de Educación Especial de la localidad de Los Altos, su presupuestación es automática para el ejercicio siguiente, no habiendo inconveniente para la liquidación de los cargos en el presente ejercicio, de disponerlo así la superioridad. A fs. 78 se incorpora una versión preliminar de la correspondiente Planta Orgánica Funcional POF.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos y Legislación del citado Ministerio, en Dictamen DAJ. N° 224/2007 (fs. 87/89) observa que dado que la Escuela funcionaría en sede del Mini Hospital de Los Altos, se debería proceder a efectuar un convenio con el Ministerio de Salud a los fines de su afectación legal. Advierte asimismo, sobre la aceptación formal de la donación de fs. 15, mediante la emisión del correspondiente acto administrativo a los fines de su perfeccionamiento como contrato, y la notificación de dicha aceptación al donatario.
Que una vez cumplimentados dichos aspectos, en virtud de las constancias de hecho y de derecho obrantes en autos, concluye que correspondería dictar el acto administrativo pertinente por el cual se disponga la puesta en funcionamiento de la Escuela de Educación Especial en la localidad de Los Altos, Departamento Santa Rosa.
Que Asesoría General de Gobierno en Informe AGG. N° 221/2007 (fs. 96/97) considera que de manera previa a la continuidad del trámite deberá darse cumplimiento a lo requerido en el Dictamen N° 224/2007 de la Dirección de Asuntos Jurídicos y Legislación.
Que en lo concerniente a lo observado por los organismos de asesoramiento legal intervinientes con relación a la aceptación del terreno donado por el Señor Guillaume Philipe Rene Chiffoleau cabe destacar que, según consta en providencia de fs. 118, mediante Expediente M/8585/2008 se realiza dicho trámite para la construcción del edificio escolar donde funcionará la Escuela de Educación Especial en la localidad de Los Altos. Al respecto, es de resaltar que dicha unidad educacional resulta virtualmente creada por Ley 5117.
Que en cuanto a la instrumentación del correspondiente Convenio con el Ministerio de Salud, con el objetivo que el precitado establecimiento tenga su ámbito funcional en sede el Mini Hospital de Los Altos, el Asesor de Gabinete del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología en Dictamen de fecha 15.ABR.2008 obrante a fs.120/121 pondera que con anterioridad al señalado acuerdo entre esa cartera y el Ministerio de Salud, incluso con la Municipalidad de Santa Rosa, es dable se ordene estrictamente la puesta en funcionamiento de la Escuela en cuestión. Esto, en razón que la realización de tal Convenio constituye una medida entre otras tendiente a que de manera ulterior se proceda a materializar efectivamente dicho funcionamiento, vale decir, a operativizar o concretar en la realidad que tal institución empiece a prestar sus actividades propias.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial, y conforme lo dispuesto por la Ley 5117.

Por ello.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1°. Autorízase la puesta en funcionamiento de la Escuela de Educación Especial N° 999 en la localidad de Los Altos, Departamento Santa Rosa, el que iniciará sus actividades en la sede del ex Mini Hospital, a partir del presente período lectivo.

ARTICULO 2°. Apruébase la Planta Orgánica Funcional de la Escuela de Educación Especial N° 999, según detalle del Anexo Unico que forma parte del presente decreto, a efectos de que se proceda a la designación del personal de conducción y docente, según lo previsto en la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Financiero 2008.

ARTICULO 3°. Facúltase al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, a través de sus organismos competentes, a realizar todas aquellas gestiones conducentes a la concreción de lo dispuesto en el Artículo 1°.

ARTICULO 4°. Tomen conocimiento: Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Educación, Dirección Provincial de Educación General Básica, Coordinación de Educación Especial, Subsecretaría de Gestión Administrativa, Dirección de Formulación y Control Presupuestario, Dirección Provincial de Personal y Dirección de Planeamiento.

ARTICULO 5°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial, Archívese.

Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Galera

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
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