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Título: Decreto Acuer do N° 979 ACTUALIZASE EL VALOR DEL PUNTO PARA LA DETERMINACION DEL ADICIONAL POR TAREAS ESPECIFICAS DE LA OBRA SOCIAL
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 17 Ago. 2010
Fecha de publicacion: 31 Ago. 2010
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Decreto Acuer do N° 979
ACTUALIZASE EL VALOR DEL PUNTO PARA LA DETERMINACION
DEL ADICIONAL POR TAREAS ESPECIFICAS DE LA OBRA SOCIAL
San Fernando del Valle de Catamarca, 17 de Agosto de 2010.
VISTO: El Expte. S9631/2010; y
CONSIDERANDO:
Que por las mencionadas actuaciones se gestiona la actualización del Valor del Punto para
la determinación del «Adicional Por Tareas Específicas de Obra Social», el que fuera fijado en Pesos Tres ($ 3), por Decreto Acuerdo N° 1798 de
fecha 12 de Septiembre de 2008.
Que a fs. 10/11 obra informe de factibilidad
presupuestaria y financiera emitido por la Gerencia
Económico Financiera que fuera ratificado a fs. 12
por el Titular de la Obra Social de los Empleados Públicos.
Que es voluntad del Poder Ejecutivo
incrementar el Valor del Punto, costo que será
afrontado con recursos genuinos del Organismo,
sin que ello produzca una alteración y/o variación
en las prestaciones a los afiliados de la OSEP.
Que ha tomado la intervención que le compete el Ministerio de Hacienda y Finanzas Nota S. de P. N° 1267/10 y
la Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen A.G.G. N° 462/10. Que el presente acto se dicta en uso de las
facultades y atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo 149° de la Constitución
de la Provincia.
Por ello,
El GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA:
ARTICULO 1°. Fíjase, a partir del 01 de Agosto de 2010, en Pesos Cuatro ($ 4) el Valor del
Punto para la determinación del «Adicional por Tareas Específicas de Obra Social», que percibe el
Personal de la Obra Social de los Empleados Públicos O.S.E.P., de conformidad al Puntaje
asignado a cada Tramo de Cargos, por Decreto Acuerdo N° 1798/2008, por las razones expuestas en el exordio.
ARTICULO 2°. Tomen conocimiento a sus efectos: Obra Social de los Empleados Públicos, Dirección
Provincial de Recursos Humanos, Dirección Provincial de Gestión de la Información
y Dirección de Liquidación de Haberes.
ARTICULO 3°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL - Silva - Acuña - Bellon - Marcolli - Perna -Acuña - Vega
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: