Inicio / Decreto /
Título: Decreto ECyT. N° 996 APRUEBASE CONVENIO ME. Nº 795/2008 CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION Y EL MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA DE LA PROVINCIA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 18 Ago. 2010
Fecha de publicacion: 7 Set. 2010
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
Decreto ECyT. N° 996
APRUEBASE CONVENIO ME. Nº 795/2008
CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION
Y EL MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA DE LA PROVINCIA
San Fernando del Valle de Catamarca, 18 de Agosto de 2010.
VISTO: El Expte. M/11105/2010 por el que se tramita
la aprobación del Convenio ME. N° 795/2008,
suscripto el 18.SET.2008 entre el Ministerio de Educación de la Nación y el Ministro de Educación,
Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Catamarca, y
CONSIDERANDO:
Que por el Convenio ME. N° 795/2008 el
Ministerio de Educación de la Nación y el
Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y
Tecnología de la Provincia de Catamarca se
comprometen a aunar esfuerzos orientados al
desarrollo de acciones que permitan elevar la
calidad de vida de la población, a través de la
educación y el trabajo; promoviendo la educación
permanente de jóvenes y adultos, en concordancia con los postulados expresados en la Ley de
Educación Nacional 26.206, Artículos 46°, 47°, 48° y 138°; y en la Ley de Educación Técnico Profesional 26.058, Artículos 17°, 18°, 19° y 20°.
Que el Ministerio de Educación de la Nación
elaboró el «Plan de Finalización de estudios Primarios y Secundarios para Jóvenes y Adultos
(Plan FinES)», de carácter excepcional y de
extensión nacional, a ser desarrollado en todas las
jurisdicciones del país.
Que asimismo, asume el compromiso de: Desarrollar acciones de difusión a través de diversos medios masivos de comunicación; Articular con los
sistemas educativos de la Provincia, en particular con las áreas de gobierno a cargo de la educación
permanente de jóvenes y adultos, la implementación
de aquellas acciones específicas y estrategias que
se acuerden para el cumplimiento de los fines establecidos en las Cláusulas Primera y Segunda del mencionado Convenio.
Que el Ministerio de Educación, Ciencia y
Tecnología se compromete a garantizar la prioridad
de la temática de educación de jóvenes y adultos en su política educativa; Involucrar al sistema
educativo provincial en su conjunto; Promover la
inserción de los ciudadanos y ciudadanas en los distintos niveles del sistema educativo y, en
especial, en las acciones del Plan FinEs; Fomentar en sus respectivos ámbitos institucionales el
desarrollo de programas o proyectos educativos destinados a favorecer la formación profesional y
la finalización de la educación primaria y secundaria
de jóvenes y adultos; Destinar infraestructura,
recursos económicos y/o logística, según sus posibilidades, para la implementación del Plan FinEs en el ámbito provincial.
Que asimismo, promoverá la articulación
sectorial y podrá establecer acuerdos de
colaboración con organizaciones e instituciones asociadas o vinculadas, interesadas en apoyar la
implementación de los compromisos asumidos en mencionado Convenio.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este
Ministerio en Informe DAJ. N° 203/2010 (fs. 09) no formula objeciones técnico jurídicas al proyecto
de decreto obrante a fs. 02/03.
Que Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen AGG. N° 395/2010 (fs. 12/13) considera que el Poder Ejecutivo es competente para aprobar el Convenio ME N° 795/2008 suscripto entre el
Ministerio de Educación de la Nación y el
Ministerio de Educación de la Provincia.
Que el presente acto se dicta en uso de las
facultades conferidas en el Artículo 149° de la Constitución Provincial.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA
ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes el Convenio ME. N° 795/2008, celebrado entre el
Ministerio de Educación de la Nación y el
Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y
Tecnología de la Provincia con fecha 18.SET.2008, que pasa a formar parte del presente decreto.
ARTICULO 2°. Tomen conocimiento: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Agencia de Programas Educativos, Subsecretaría
de Gestión Educativa, y Agencia de Gestión, Niveles y Modalidades Educativas.
ARTICULO 3°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL - Perea
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: