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Detalle del Decreto 996
  

 

Título: Decreto ECyT. N° 996  APRUEBASE CONVENIO ME.  Nº 795/2008  CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE  EDUCACION DE LA NACION  Y EL  MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA  Y TECNOLOGIA DE LA PROVINCIA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 18 Ago. 2010

Fecha de publicacion: 7 Set. 2010

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Decreto ECyT. N° 996 
APRUEBASE CONVENIO ME.  Nº 795/2008 
CELEBRADO ENTRE EL MINISTERIO DE  EDUCACION DE LA NACION
 Y EL  MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA  Y TECNOLOGIA DE LA PROVINCIA

San Fernando del Valle de Catamarca,  18 de Agosto de 2010. 

VISTO:  El Expte. M/11105/2010 por el que se tramita 
la aprobación del Convenio ME. N° 795/2008, 
suscripto el 18.SET.2008 entre el Ministerio de Educación de la Nación y el Ministro de Educación,
  Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia de Catamarca, y

CONSIDERANDO:  

Que por el Convenio ME. N° 795/2008 el 
Ministerio de Educación de la Nación y el 
Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y
Tecnología de la Provincia de Catamarca se
comprometen a aunar esfuerzos orientados al 
desarrollo de acciones que permitan elevar la
calidad de vida de la población, a través de la
educación y el trabajo; promoviendo la educación
permanente de jóvenes y adultos, en concordancia  con los postulados expresados en la Ley de 
Educación Nacional 26.206, Artículos 46°, 47°, 48° y 138°; y en la Ley de Educación Técnico Profesional 26.058, Artículos 17°, 18°, 19° y 20°. 

Que el Ministerio de Educación de la Nación
elaboró el «Plan de Finalización de estudios  Primarios y Secundarios para Jóvenes y Adultos 
(Plan FinES)», de carácter excepcional y de
extensión nacional, a ser desarrollado en todas las 
jurisdicciones del país. 

Que asimismo, asume el compromiso de:  Desarrollar acciones de difusión a través de diversos  medios masivos de comunicación; Articular con los 
sistemas educativos de la Provincia, en particular  con las áreas de gobierno a cargo de la educación
permanente de jóvenes y adultos, la implementación
de aquellas acciones específicas y estrategias que
se acuerden para el cumplimiento de los fines  establecidos en las Cláusulas Primera y Segunda del mencionado Convenio. 

Que el Ministerio de Educación, Ciencia y
Tecnología se compromete a garantizar la prioridad
de la temática de educación de jóvenes y adultos  en su política educativa; Involucrar al sistema
educativo provincial  en su conjunto; Promover la 
inserción de los ciudadanos y ciudadanas en los  distintos niveles del sistema educativo y, en
especial, en las acciones del Plan FinEs; Fomentar  en sus respectivos ámbitos institucionales el 
desarrollo de programas o proyectos educativos  destinados a favorecer la formación profesional y
la finalización de la educación primaria y secundaria 
de jóvenes y adultos; Destinar infraestructura, 
recursos económicos y/o logística, según sus  posibilidades, para la implementación del Plan FinEs en el ámbito provincial.

Que asimismo, promoverá la articulación
sectorial y podrá establecer acuerdos de
colaboración con organizaciones e instituciones  asociadas o vinculadas, interesadas en apoyar la
implementación de los compromisos asumidos en mencionado Convenio. 

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este 
Ministerio en Informe DAJ. N° 203/2010 (fs. 09)  no formula objeciones técnico jurídicas al proyecto
de decreto obrante a fs. 02/03. 

Que Asesoría General  de Gobierno mediante Dictamen AGG. N° 395/2010 (fs. 12/13) considera que el Poder Ejecutivo es competente para aprobar  el Convenio ME N° 795/2008 suscripto entre el 
Ministerio de Educación de la Nación y el 
Ministerio de Educación de la Provincia. 

Que el presente acto se dicta en uso de las 
facultades conferidas en el Artículo 149° de la Constitución Provincial.
 
Por ello, 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA  DECRETA

ARTICULO 1°.­ Apruébase en todas sus partes  el Convenio ME. N° 795/2008, celebrado entre el 
Ministerio de Educación de la Nación y el 
Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y
Tecnología de la Provincia con fecha 18.SET.2008,  que pasa a formar parte del presente decreto. 

ARTICULO 2°.­ Tomen conocimiento:  Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología,  Agencia de Programas Educativos, Subsecretaría 
de Gestión Educativa, y Agencia de Gestión,  Niveles y Modalidades Educativas. 

ARTICULO 3°.­ Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL - Perea

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

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