Digesto Legislativo Provincial

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Detalle del Decreto Acuerdo 1001
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 1001  IMPLEMENTASE UN «ADICIONAL  POR RIESGO» PARA EL PERSONAL   COMPRENDIDO EN LA LEY N° 5161 –  CARRERA DEL PERSONAL SANITARIO

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 18 Ago. 2010

Fecha de publicacion: 7 Set. 2010

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Decreto Acuerdo N° 1001 
IMPLEMENTASE UN «ADICIONAL  POR RIESGO» PARA EL PERSONAL 
 COMPRENDIDO EN LA LEY N° 5161 –  CARRERA DEL PERSONAL SANITARIO

San Fernando del Valle de Catamarca,  18 de Agosto de 2010. 

VISTO:  El Expte. S­N° 18773/2010; y
.        . 

CONSIDERANDO:  

Que por la citada actuación se gestiona la
extensión del alcance del Suplemento por Riesgo a
todo el Personal comprendido en la Ley N° 5161
«Carrera del Personal Sanitario».  

Que, ello obedece, en razón de que el Artículo
7° del Decreto Acuerdo N° 1901 de fecha 07 de Diciembre de 2006, se dispuso hacer extensivo al 
Personal de la Carrera Sanitaria» el Suplemento por 
Riesgo previsto en el Artículo 49° de la Ley N° 3198 «Escalafón para el Personal Civil de la Administración Pública Provincial», modificado
por la Ley N° 3310.  

Que la percepción del  citado Suplemento está  condicionada al cumplimiento de ciertos requisitos  y a los informes de factibilidad que emitan 
los  Organismos Técnicos competentes.  

Que por lo expuesto, se hace necesario adecuar 
las disposiciones vigentes para el personal  comprendido en la Carrera Sanitaria, por cuanto la 
propia actividad sanitaria pública revista un carácter  de servicio crítico y sometido en general, a mayores 
riesgos y urgencias que otras actividades de la Administración Pública Provincial.

Que en mayor o menor grado, todo el personal 
perteneciente a la Carrera Sanitaria, ya sean
profesionales, enfermeras, personal de limpieza, de mantenimiento,  administrativo, choferes,  etc., son
sujetos pasivos de estas situaciones.  

Que ante lo expresado, es necesario implementar  un Adicional de carácter inclusivo, de modo tal que
sea percibido por todos los agentes comprendidos  en la Carrera del Personal Sanitario, que desempeñan funciones que por su trascendencia y
complementación integrada de servicios, son
consideradas fundamentales para un normal y
efectivo desarrollo de la actividad sanitaria provincial.  

Que han tomado la debida intervención la Subsecretaría de Presupuesto, Nota S. de P. N° 1273/10 y la Asesoría General de Gobierno,  mediante Dictamen A.G.G. N° 461/10.  Que es facultad del Poder Ejecutivo el dictado
del presente Instrumento Legal, conforme a lo
dispuesto por el Artículo 149° de la Constitución
de la Provincia. 

Por ello; 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA  EN ACUERDO DE MINISTROS  DECRETA

ARTICULO 1°.­ Impleméntase, a partir del 01
de Agosto de 2.010, un «Adicional  por Riesgo»,  equivalente a 51 (cincuenta y uno) puntos, para todo
Núm. 72  ­  07/09/2010  BOLETIN  OFICIAL  Y  JUDICIAL Pág. 2911 
el Personal comprendido en la Ley N° 5161
«Carrera del  Personal Sanitario», por las razones  expuestas en el exordio. 

ARTICULO 2°.­ Derógase, a partir  del 01 de Agosto de 2.010, el Artículo 7° del Decreto Acuerdo N° 1.901 de fecha 07 de Diciembre de 2.006. 

ARTICULO 3°.­ Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial y Archívese

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL - Silva - Acuña - Bellon - Marcolli - Perna -Acuña - Vega

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

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