Digesto Legislativo Provincial

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Detalle del Decreto 905
  

 

Título: Decreto OSP. (SAA) N° 905  APRUEBASE  EL  ACTA COMPLEMENTARIA N° 4  EVALUACION DE RECURSOS HIDRICOS SUBTERRANEOS EN CUENCAS DEL FALDEO ORIENTAL DEL ANCASTI Y OTRAS

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 26 Mayo 2008

Fecha de publicacion: 4 Julio 2008

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Decreto OSP. (SAA) N° 905
APRUEBASE EL ACTA COMPLEMENTARIA N° 4 EVALUACION DE RECURSOS HIDRICOS SUBTERRANEOS EN CUENCAS DEL FALDEO ORIENTAL DEL ANCASTI Y OTRAS

San Fernando del Valle de Catamarca, 26 de Mayo de 2008.

VISTO:
El Expediente Letra D N° 28683/07, mediante el cual la Secretaría del Agua y del Ambiente gestiona la aprobación del ACTA COMPLE MENTARIA N° 4 «Evaluación de Recursos Hídricos Subterráneos de las Cuencas Salar de Pipanaco, Cuenca Abaucán Colorado Salado, Cuencas Faldeo Oriental del Ancasti», suscripta entre la SECRETARIA DEL AGUA Y DEL AMBIENTE Y EL INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA I.N.A., en el marco del CONVENIO DE COLABORACION TECNICA RECIPROCA vigente entre las partes desde el 23 de Noviembre de 2001, y

CONSIDERANDO:
Que el CONVENIO MARCO celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Catamarca y el Instituto Nacional del Agua I.N.A., de fecha 23 de Noviembre de 2001, cuya naturaleza es de colaboración técnica de índole pública, tiene como objeto establecer un programa de colaboración, y como objetivo el desarrollo y la utilización de técnicas y estudios en general, orientados al desarrollo sustentable de los recursos hídricos; y especifica la suscripción de Actas Complementarias para el logro de los objetivos, donde reconsignen el programa en particular, sus alcances y plazos de ejecución los recursos económicos, técnicos, humanos, de infraestructura y otras características.
Que mediante Decreto O.y S.P. N° 1325 de fecha 08 de Agosto de 2005, se ratifica dicho Convenio Marco y se dispone que la ejecución de los Programas emergentes del mismo se realizarán a través del procedimiento de Contratación Directa, establecido por el Art. 12, inc. g) de la Ley de Obras Públicas N° 2730 y su Reglamento, aprobado por Decreto O.P. N° 1697/74.
Que corre a fojas 10/14 ACTA COMPLEMENTARIA N° 4 Y ANEXOS «Relevamiento de la Disponibilidad de Recursos Hídricos Subterráneos de: Cuenca Salar de Pipanaco, Cuenca Abaucán Colorado Salado, Cuencas Faldeo Oriental del Ancasti», que tiene por objeto contar con un inventario que permita identificar las áreas potencialmente aptas desde el punto de vista de su cantidad y calidad.
Que ha intervenido Asesoría Legal de la Secretaría del Agua y del Ambiente, quién mediante Dictamen A.L. S.A.yA. N° 459 de fecha 13 de Febrero de 2008 concluye que se debería dar continuidad al trámite tendiente a la aprobación del Acta Complementaria N° 4.
Que obran en las actuaciones Autorización para Gastar y Nota de Pedido y Entrega N° 0150/08 con imputación al Ejercicio 2008 y 2009, desagregada para el ejercicio 2008: PESOS CUATROCIEN TOS CUARENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 ($ 449.000,00) y Ejercicio 2009: PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 ($ 249.000,00).
Que se dio intervención a Contaduría General de la Provincia, quién se expide mediante Informe N° 891 de fecha 19 de Marzo de 2008 de fojas 33/ 34.
Que ha tomado debida intervención Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 329 de fecha 15 de Abril de 2008.
Que en uso de las atribuciones establecidas por la Ley de Obras Públicas N° 2730 y su Reglamento, aprobado por Decreto O.P. N° 1697/74 y el Art. 149° de la Constitución de la Provincia, corresponde el dictado del presente acto administrativo.

Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1° Apruébase el ACTA COMPLEMENTARIA N° 4 «Evaluación de Recursos Hídricos Subterráneos de las Cuencas Salar de Pipanaco, Cuenca Abaucán Colorado Salado, Cuencas Faldeo Oriental del Ancasti», suscripta entre la SECRETARIA DEL AGUA Y DEL AMBIENTE Y EL INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA I.N.A., en el marco del CONVENIO DE COLABORACION TECNICA RECIPROCA vigente entre las partes desde el 23 de Noviembre de 2001, la que como Anexo pasa a formar parte integrante del presente instrumento legal.

ARTICULO 2°. El gasto emergente del presente Decreto deberá afectarse a la Partida Presupuestaria: S.A.F. 005 JUR. 070 PR. 29 UB.G. 4901 FIN. 4 FUNC. 440 INC. 3 PP. 4 Pp 1 M. 1 FF. 361, ($ 698.000,00) Estudios Investigación y Proyectos de Factibilidad, con Montos a ejecutar de la siguiente manera: a) en el Ejercicio Financiero 2008: $ 449.000,00 y b) en el Ejercicio Financiero 2009: $ 249.000,00.

ARTICULO 3° A sus efectos, tomen conocimiento: Secretaría del Agua y del Ambiente, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Tribunal de Cuentas de la Provincia.

ARTICULO 4° Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

CONVENIO INA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA ACTA COMPLEMENTARIA N° 4
Evaluación de los Recursos Hídricos Subterráneos de las Cuenca Salar de Pipanaco Cuenca Abaucán Colorado Salado Cuencas Faldeo Oriental del Ancasti

Entre la Secretaría del Agua y del Ambiente, en adelante «la Secretaría», representada en este acto por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos a cargo de la Secretaría del Agua y del Ambiente, Ing. Juan Cristóbal Acuña, por una parte, y por la otra el INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA, en adelante «el INA», representado en este acto por su Presidente, Doctor Ingeniero Raúl Antonio Lopardo, se conviene celebrar la presente Acta Complementaria N° 4, en el marco del Convenio de Colaboración Técnica Recíproca vigente entre las partes desde el 23 de noviembre de 2001. Queda expresamente establecido que la presente Acta tendrá vigencia a partir del dictado del instrumento legal que la autorice.

CLAUSULA PRIMERA: OBJETO Y ALCANCES.
Objeto: Realizar una «Investigación de los Recursos Hídricos Subterráneos en las Cuencas del Faldeo Oriental Del Ancasti, Abaucán Colorado Salado y Salar de Pipanaco, Etapa I, a fin de contar con un inventario que permita identificar las áreas potencialmente aptas desde el punto de vista de su cantidad y calidad».
Alcances: Este trabajo servirá de base para guiar en el futuro a una gestión sustentable del recurso, orientada a satisfacer las necesidades humanas promoviendo el mejoramiento de su calidad de vida, con aumentos de niveles de productividad primordialmente en las actividades rurales, en base a los criterios generales de la gestión integrada de los recursos hídricos.

CLAUSULA SEGUNDA: APORTES Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
A los efectos del cumplimiento de la Cláusula Primera el INA, a través de su Centro Regional de Aguas Subterráneas (CRAS), se compromete a realizar las tareas que se especifican en el Anexo I: «Plan de Trabajo» que integra la presente Acta. A su vez la Secretaría se compromete a aportar la información técnica de antecedentes especificada en dicho Anexo I, como también el acotamiento y ubicación mediante GPS de todas las manifestaciones de agua subterránea relevadas para el presente estudio y la provisión de personal idóneo para su capacitación en tareas hidrológicas de campo y gabinete a desarrollar por el INA durante la ejecución del estudio. Al mismo tiempo deberá poner a disposición durante la ejecución del presente estudio instrumental específico para mediciones de campo y un vehículo utilitario en los tiempos de acuerdo al cronograma del Anexo II.

CLAUSULA TERCERA: INFORMES.
El INA se compromete a presentar regularmente informes de avance de los trabajos en ejecución, así como los informes técnicos por disciplina y el informe final al concluir las operaciones pactadas en el Anexo I «Plan de Trabajo», de acuerdo al «Cronograma» del Anexo II.

CLAUSULA CUARTA: PLAZO DE EJECUCION.
El plazo previsto para la ejecución de las tareas definidas en el Anexo I mencionado es de 18 (dieciocho) meses de trabajo según Anexo II «Cronograma», siempre que se cumpla el efectivo pago de cada cuota, el cual será prorrogado en función de posibles atrasos en la recepción de las cuotas detalladas, en el CLAUSULA QUINTA, como así también de las actividades comprometidas por la Secretaría según se detalla en la CLAUSULA SEGUNDA. Se debe excluir del plazo el mes de . enero de cada año, en razón del receso anual del INA La fecha de iniciación se define en función de la recepción por parte del INA del efectivo pago inicial estipulado en la CLAUSULA QUINTA común acuerdo las partes podrán decidir la ampliación del plazo de vigencia de la presente ACTA. .

CLAUSULA QUINTA: PRECIO DEL TRABAJO Y FORMA DE PAGO.
El precio total del trabajo a realizar por el INA, a través de su Centro Regional de Aguas Subterráneas, es de pesos SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL ($ 698.000.) La Secretaría acuerda efectuar el pago del precio estipulado en cuotas según el cronograma siguiente:
Cuota l: Pesos Setenta Mil ($ 70.000.) dentro de los 30 días del inicio de las tareas, contra entrega y previa aprobación del Informe Inicial de Evaluación de Antecedentes.
Cuota 2: Pesos Noventa Mil ($ 90.000.) dentro de los 4 meses del inicio de las tareas contra la presentación y previa aprobación del Primer Informe de Avance.
Cuota 3: Pesos Noventa y Cinco Mil ($ 95.000.) dentro de los 5 meses del inicio de las tareas contra la presentación y previa aprobación del Segundo Informe de Avance.
Cuota 4: Pesos Setenta y Cinco Mil ($ 75.000.) dentro de los 6 meses del inicio de las tareas contra la presentación y previa aprobación del Tercer informe de Avance.
Cuota 5: Pesos Setenta y Cuatro Mil ($ 74.000.) dentro de los 8 meses del inicio de las tareas contra la entrega y previa aprobación del Cuarto informe de Avance.
Cuota 6: Pesos Cuarenta y Cinco Mil ($ 45.000.) dentro de los 10 meses del inicio de las tareas contra entrega del Quinto informe de Avance.
Cuota 7: Pesos Treinta y Nueve Mil ($ 39.000.) dentro de los 12 meses del inicio de las tareas contra entrega y previa aprobación del Sexto Informe de Avance.
Cuota 8: Pesos Cincuenta y Cinco Mil ($ 53.000.) dentro de los 14 meses del inicio de las tareas contra entrega del Séptimo Informe de Avance.
Cuota 9: Pesos Cincuenta y Siete Mil ($ 57.000.) dentro de los 16 meses del inicio de las tareas contra entrega y previa aprobación del Octavo Informe de Avance.
Cuota 10: Pesos Cien Mil ($ 100.000.) contra entrega y previa aprobación del Informe Final. Para su aprobación la Secretaría dispondrá de 20 días hábiles. Pasado ese lapso y no habiendo comunicación al respecto se entenderá que el Informe Final ha sido aprobado por parte de la Secretaría.
En todos los casos, las cuotas serán abonadas contra la presentación de los Informes citados, a satisfacción de la Dirección de Hidrología y Evaluación de Recursos Hídricos, quien tendrá a su cargo la evaluación de las tareas desarrolladas, y la correspondiente factura. La Secretaría hará los pagos que se acuerdan por la presente mediante cheques a la orden de FUNDACION ARGENINTA o transferencias a la cuenta Banco Galicia Cta. N° 419 840 813, de FUNDACION ARGENINTA DELEGACION CUYO, en su carácter de Unidad de Vinculación Tecnológica del INA, según Convenio entre este Instituto y la Fundación de fecha 16 de Marzo de 2007. La Secretaría realizará cada transferencia a la presentación de respectiva factura que hará la Fundación por cuenta y orden del INA. Queda estipulado que los pagos que efectúe La Secretaría por esta vía y con esta modalidad resultarán cancelatorios de las obligaciones que le corresponden por la presente ACTA.

CLAUSULA SEXTA: EQUIPO DE TRABAJO Y COORDINACION.
El equipo de trabajo estará conformado por profesionales y técnicos del CRAS (INA) y la conducción técnica del mismo será ejercida por el Lic. Norberto Bucich. La Secretaría designa al Ing. Héctor José Niederle a los efectos de la coordinación de actividades entre las partes.

CLAUSULA SEPTIMA: MARCO DE REFERENCIA.
Todo aspecto derivado de la aplicación de la presente ACTA no contemplado en la misma se regirá por las normas del Convenio de Colaboración Técnica Recíproca vigente entre las partes desde el 23 de Noviembre de 2001.

Se suscriben tres ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto a los 19 días del mes de Octubre de 2007.

Ing. Civil Juan Cristóbal Acuña
Ministro de Obras y Servicios Públicos

Dr. Raúl A.Lopardo
Presidente INA

ANEXO I PLAN DE TRABAJO
Evaluación de los Recursos Hídricos Subterráneos Cuenca Salar de Pipanaco Cuenca Abaucán Colorado – Salado Cuencas Faldeo Oriental del Ancasti

OBJETIVOS: Realizar un reconocimiento de los Recursos Hídricos Subterráneos Cuencas del Cuencas Faldeo Oriental del Ancasti, Abaucán, Colorado, Salado y Salar de Pipanaco Etapa I Provincia de Catamarca a fin de contar con un inventario que permita identificar las áreas potencialmente aptas desde el punto de vista de su cantidad y calidad. Este trabajo servirá de base para guiar en el futuro a una gestión sustentable del recurso, orientada a satisfacer las necesidades humanas promoviendo el mejoramiento de su calidad de vida, con aumentos de niveles de productividad primordialmente en las actividades rurales, en base a los criterios generales de la gestión integrada de los recursos hídricos. Para lograr estos objetivos será necesario finalizado este estudio, continuar con estudios de detalles en las áreas identificadas como potencialmente aptas a fin de definir su disponibilidad hídrica. En el presente estudio se pondrá especial atención a la capacitación de equipos técnicos y profesionales intervinientes de parte de la Provincia de Catamarca en la tecnología moderna de evaluación uso y manejo del agua

TAREAS A DESARROLLAR:
1. Recopilación y evaluación de antecedentes hidrogeológicos en Organismos de la Provincia de Catamarca, Organizaciones no Gubernamentales, Empresas Privadas de Perforaciones, Instituto Nacional del Agua y Otros Organismos o Instituciones Nacionales, etc.
2. Análisis de todos los antecedentes recopilados y evaluación para acceder al conocimiento más preciso posible, para prediagnóstico en las diferentes cuencas.
3. Diseño de una base de datos hidrogeológicos adecuada a la información existente. Proponer los campos de distintas variables necesarios para incorporar a la base de datos.
4. Interpretar las imágenes satelitarias, fotografías aéreas y toda otra información territorial y espacial recopilada.
5. Elaborar mapas preliminares necesarios para iniciar las acciones de campo en cada especialidad involucrada.
6. Reconocimiento geológico de campo en conjunto con profesionales de la provincia.
7. Prospección geofísica mediante SEV.
8. Diseñar la planilla censal para cada variable según las tareas a desarrollar.
9. Relevamiento hidrogeológico de manifestaciones de agua subterránea.
10. Relevamiento hidroquímico de agua subterránea. Análisis químicos de campo y laboratorio. Relevamiento planialtimétrico de manifestaciones con GPS.
11. Elaboración de un Sistema de Información Geográfico SIG. El mismo podrá ser estructurado por cada una de las cuencas hidrográficas de la provincia. El mismo tendrá incorporado toda la información cartográfica desarrollada como toda otra información elaborada y recopilada durante el desarrollo de esta etapa.
12. Definición de las áreas potencialmente aptas.
13. Informe final donde se incluirá toda generada durante el estudio en una copia papel y su correspondiente soporte magnético. Asimismo se detallarán las conclusiones y recomendaciones para desarrollar la segunda etapa.

Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Acuña

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

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