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Detalle del Decreto Acuerdo 1009
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 1009  APRUEBASE LA ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 2 Junio 2008

Fecha de publicacion: 11 Julio 2008

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Decreto Acuerdo N° 1009
APRUEBASE LA ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

San Fernando del Valle de Catamarca, 02 de Junio de 2008.

VISTO:
La Ley N° 5239 modificatoria de la Ley Orgánica de Ministerios N° 4693, modificada por las Leyes 4987 y 5107; y

CONSIDERANDO:
Que por la mencionada Ley se crea el Ministerio de Desarrollo Social, el que pasa a integrar el Despacho de la gestión administrativa del Poder Ejecutivo.
Que es necesario en consecuencia aprobar la Estructura Orgánica del mencionado Ministerio, con arreglo a las disposiciones contenidas en el Decreto Acuerdo N° 1544/07, que en su Artículo 4° establece que serán aprobadas por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, en Acuerdo de Ministros, las estructuras orgánicas hasta el nivel de Dirección.
Que corresponde proceder a transferir a dicho Ministerio la dotación de Personal con dependencia presupuestaria de la actual Secretaría de Desarrollo Social y establecer que en materia de liquidación de sueldos será de aplicación toda norma legal y reglamentaria vigente para el Area de Desarrollo Social.
Que es necesario disponer que las competencias asignadas por normas generales de excepción a la Secretaría de Desarrollo Social, serán ejercidas por el Ministerio de Desarrollo Social.
Que en consecuencia corresponde la compatibilización de tales autorizaciones acorde a las nuevas estructuras del Area de Desarrollo Social.
Que el presente acto administrativo se dicta de acuerdo a las atribuciones conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial;

Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA:

ARTICULO 1°. Apruébase la Estructura Orgánica del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL conforme se describe en el ANEXO I que forma parte del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 2°. Apruébanse las Misiones y Funciones del Ministerio de Desarrollo Social, de las Subsecretarías y Direcciones Provinciales que lo integran; los que se explicitan en el ANEXO II, que forma parte del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 3°. Transfiérese al Ministerio de Desarrollo Social la dotación de Personal con dependencia presupuestaria de la Secretaría de Desarrollo Social, quienes mantendrán la remuneración normal, habitual y permanente de su actual situación de revista escalafonaria; siendo de plicación toda norma legal y reglamentaria vigente en materia de liquidación de haberes para el Area de Desarrollo Social.

ARTICULO 4°. Facúltase a la Subsecretaría de Presupuesto, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarias de créditos y planta de personal que resulten necesarias, a fin de poner en ejecución lo dispuesto por el presente instrumento legal. A esos fines el Ministerio de Desarrollo Social, en un plazo de sesenta (60) días, deberá remitir a la Subsecretaría de Presupuesto las plantas nominales correspondiente a las Unidades Orgánicas que de él dependen.

ARTICULO 5°. Créanse con dependencia del Ministerio de Desarrollo Social, nueve Delegaciones Departamentales cuyo ámbito de acción se detalla a continuación: (Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial. ). Las Delegaciones Departamentales tienen como finalidad, el constituirse en vías de comunicación directa y de doble sentido entre las comunidades del interior provincial y la sede ministerial, abiertas a la recepción de las necesidades y demandas de aquellas comunidades, promotoras de la gestión eficaz de las distintas líneas programáticas del Ministerio en sus respectivas jurisdicciones así como del involucramiento del recurso local, en el orden institucional y de la sociedad civil organizada, en el logro de los objetivos globales de las políticas sociales del Gobierno.

ARTICULO 6°. Las Delegaciones Departamentales estarán a cargo de un Delegado Ministerial Indice 0,80 y un SubDelegado Ministerial Indice 0,60.

ARTICULO 7°. Establécese que las competencias asignadas por normas generales de excepción a la Secretaría de Estado de Desarrollo Social serán ejercidas por el Ministerio de Desarrollo Social.

ARTICULO 8°. Derógase el Decreto Acuerdo N° 10 de fecha 10 de Diciembre de 2003 y sus modificatorios.

ARTICULO 9°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y cumplido, Archívese.

ANEXO II
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL COMPETENCIAS, MISIONES Y FUNCIONES

Compete al Ministerio de Desarrollo Social, la diagramación, propuesta y ejecución de los distintos ejes de abordaje programático de la cuestión social, en el contexto del orden jurídico vigente y de los lineamientos políticos y objetivos estratégicos del Gobierno de la Provincia.
En el marco de las políticas provinciales de desarrollo sustentable que ejecuta el Gobierno de la Provincia, es Misión del Ministerio de Desarrollo Social, la generación y articulación interinstitucional de Políticas de Estado Activas e Integrales, orientadas a promover el desarrollo del Capital Humano y Social en tanto condición inexcusable de la sustentabilidad a futuro del modelo.
Son Funciones del Ministerio de Desarrollo Social.
a) Brindar asistencia directa e inmediata a personas y familias en situaciones de emergencia, necesidad y/o vulnerabilidad social.
b) Promover en simultáneo, la generación de oportunidades de inclusión social, restitución de derechos y construcción de ciudadanía para que cada cual, en libertad y desde un nuevo sentido de la dignidad personal, pueda asumirse como agente activo, comprometido y responsable de su propio proyecto de vida y el destino del conjunto.
c) Fortalecer a la familia por que constituye el núcleo social básico, dador primero y primario de alimento y protección, de amor, educación y orientación ética hacia la libertad responsable.
d) Consolidar la constitución e interrelación de redes sociales comunitarias, dando apoyatura material, técnica y funcional, al accionar de la sociedad civil organizada en aras del bien común.
e) Promover el fortalecimiento institucional y afianzar las condiciones del cambio real, de carácter sociocultural, para recrear la cultura del trabajo y la de apego a la legalidad, el espíritu emprendedor e independiente, el compromiso cívico por una nueva justicia contributiva y distributiva que redunde en igualdad de oportunidades y una sólida ética de la solidaridad, en orden a construir cimientos firmes a una infraestructura socio cultural que sea base de proyección eficiente a futuro de una sociedad próspera en el desarrollo pleno de sus potencialidades.
f) Garantizar la restitución de derechos conculcados, la protección y la inclusión de grupos sociales y etáreos en eventual situación de vulnerabilidad: niños, niñas y adolescentes, mujeres, jóvenes, adultos mayores, discapacitados.
g) Planificar, readecuando con carácter territorial, líneas de abordaje de la problemática social según los informes diagnósticos, de seguimiento, control y valuación de impacto de Programas y de variación concomitante del Padrón Unico de Beneficiarios de Políticas Sociales.
h) Promover la constitución de espacios de análisis, seguimiento y planificación participativa, a través del Consejo Consultivo Provincial de Políticas Sociales, del Consejo Provincial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y del Consejo Provincial de Adultos Mayores, instando la constitución de sus respectivos referentes distritales y su participación en representación de la Provincia, en ámbitos homólogos del orden regional y nacional.

La Misión de la Dirección Provincial de Planificación Estratégica es formular para la decisión ministerial, propuestas de planificación programática que conjuguen, desde una visión estratégica global de lo social como Política de Estado, ejes de acción conducentes al logro de la misión encomendada al Ministerio de Desarrollo Social en el contexto de un modelo de Estado presente, promotor y dinamizador de los factores del desarrollo material, humano y social de la Provincia, evitando la dispersión de recursos, la extemporaneidad, superposición o disociación de objetivos a partir de la coordinación de acciones, de circuitos administrativos y gestiones compartidas.

La Misión de la Administración Dirección Provincial de es mantener una relación directa de carácter técnico e informativo con los Organos Rectores del Sistema Presupuestario, de Crédito Público, de Tesorería General de la Provincia, y de Contabilidad Gubernamental, que permita a las Unidades Ejecutoras del Ministerio administrar el Patrimonio el mismo con criterios de economía, eficiencia y eficacia, participando en los aspectos contables, económicos y financieros de cada una de ellas.

La Misión de la Dirección Provincial Unidad de Auditoría Interna es satisfacer las necesidades de control, interviniendo tanto en las operaciones desarrolladas como a desarrollarse (examen previo, concomitante y posterior de las actividades financieras y administrativas de la Jurisdicción), comprobando el cumplimiento de normas y procedimientos vigentes, informando y asesorando a los niveles superiores de la Jurisdicción, y elaborando informes independientes de los emitidos por quienes tienen la responsabilidad directa u operativa sobre dichas operaciones, entre otras.

El Ministerio de Desarrollo Social deberá encarar el cumplimiento de la Misión y Funciones encomendadas, a través de dos Subsecretarías y sus Direcciones dependientes, a saber:
A. Subsecretaría de la Familia
B. Subsecretaría de Inclusión y Desarrollo

SUBSECRETARIA DE LA FAMILIA
Es Misión de la Subsecretaría de la Familia, el fortalecimiento del Capital Humano, en un doble y simultáneo proceso de asistencia directa, apoyatura y promoción de las potencialidades personales, la restitución de derechos conculcados, la construcción de ciudadanía, la protección e inclusión de determinados grupos sociales como mujeres, adultos mayores y discapacitados, la asistencia integral de niños, niñas y adolescentes priorizando la contención del grupo familiar, la asistencia en internación a estos mismos sectores etáreos sin grupo familiar de pertenencia y el desarrollo de políticas alternativas de externación, así como el trabajo en red interinstitucional contra la violencia, el alcoholismo, la drogadependencia u otros flagelos.
La Subsecretaría de la Familia cumplirá sus funciones a través de Cuatro Direcciones Provinciales de su dependencia, las cuales desarrollarán acciones complementarias que coadyuven al eficaz cumplimiento de la misión:
a) Dirección Provincial de Acción Social Directa
b) Dirección Provincial de Promoción Socio Alimentaria
c) Dirección Provincial de Desarrollo Humano y Familia
d) Dirección Provincial de Políticas en Internación y Externación Es Misión de la Dirección Social Directa, Provincial de Acción la satisfacción de necesidades básicas por carencia o emergencia de carácter económico, familiar, alimentaria, habitacional, sanitaria, de indumentaria y equipamiento del hogar, o debidas a siniestros y/o fenómenos naturales extraordinarios.

Es Misión de la Dirección Provincial de Desarrollo Humano y Familia a través de sus Direcciones Mujer, Infancia y Familia y Catamarca Joven, el desarrollo de programas y proyectos que en coordinación interna e interinstitucional, con un fuerte anclaje en el trabajo comunitario, aborden problemáticas específicas y siempre concatenadas en el seno familiar, determinando niveles diferenciados de intervención según el nivel de vulnerabilidad del grupo en sí o de sus miembros en forma particular (mujer, infancia, violencia familiar, trabajo infantil, maternidadpaternidad responsable, embarazo adolescente, adicciones, capacitación, autogestión, etc.).
Es Misión de la Dirección Provincial de Promoción Socio Alimentaria la implementación de un programa de asistencia nutricional de carácter complementario de los recursos financieros y de autogestión propios, de familias en situación de indigencia o de extrema pobreza.
El Programa promoverá el fortalecimiento familiar a partir de su reunión en torno a la mesa familiar y la asunción de roles de responsabilidad de padres y madres para con sus hijos y familiares dependientes.
Extenderá la modalidad de asistencia mediante Vales de Compra a todo el ámbito provincial, con la sola excepción de sitios en los que el nulo desarrollo comercial torne inviable su utilización.
Es Misión de la Dirección Provincial de Políticas de Asistencia en Internación y Externación, implementar los mecanismos institucionales idóneos para que el Estado pueda suplir la carencia de albergue de niños, niñas y jóvenes, algunos de ellos con problemas con la ley penal, así como Hogares de Ancianos para adultos mayores, que no poseen un núcleo familiar propio que les de abrigo y contención.
Además gerenciará líneas de tratamiento alternativo que eviten las consecuencias negativas de la institucionalización.

SUBSECRETARIA DE INCLUSION Y DESARROLLO
Es Misión de la Subsecretaría de Inclusión y Desarrollo, la promoción, el desarrollo y el fortalecimiento del Capital Social, objetivo que conjuga metas interactivas como la de desarrollo del potencial creativo y emprendedor para generar nuevas posibilidades de sustento autogestionario, la asunción de un rol activo en la concreción de proyectos formulados en pro de una mayor calidad de vida a través de una mejora habitacional y/o el equipamiento comunitario en infraestructura básica, de servicios o productiva, todo ello a partir de un bagaje culturaleducativo que define en cada ser, aspectos sustanciales como la actitud personal y grupal frente a los desafíos de la vida y las demandas del proyecto de futuro así como la visión que de sí tiene cada comunidad ya como hacedora responsable, sujeto activo de su destino, ya como receptor pasivo, víctima de una dependencia que inmoviliza y debe, por ello, ser revertida.
La Subsecretaría de Inclusión y Desarrollo ejerce sus funciones orientadas a disminuir el drama social de la pobreza, el desempleo, la marginalidad, la exclusión y la anomia consecuente, a través de tres Direcciones Provinciales de su dependencia:
a) Dirección Provincial de Infraestructura Socio Cultural
b) Dirección Provincial de Infraestructura Social Básica y Productiva.
c) Dirección Provincial de Economía Social para el Desarrollo Local.

Es Misión de la Dirección Provincial Infraestructura Socio Cultural, de el generar ámbitos e instancias de capacitación en oficios pertinentes en orden al perfil sociocultural productivo local así como, habilitar estos mismos espacios de encuentro, a partir de hechos culturales que actúen como disparadores motivacionales del debate respecto de la problemática moral que está en la raíz de la crisis social actual, para suscitar el análisis crítico y la propuesta superadora respecto de temas como libertad y autogestión, cultura del trabajo, ética de la solidaridad, maternidad paternidad responsable, construcción de ciudadanía, violencia, adicciones», entre tantos otros cuya asunción y superación son imprescindibles en orden a lograr verdadero desarrollo humano, con crecimiento material y del capital social que debe sustentarlo.
Es Misión de la Dirección Provincial de Infraestructura Social, Básica y Productiva, en una doble faceta de carácter asistencial y de promoción social, el asistir a familias en situación de vulnerabilidad socioeconómica y habitacional mediante el otorgamiento de subsidios para mejora y/o ampliación de viviendas dignas a cuyo abrigo se consoliden lazos familiares, así como para la realización de obras de infraestructura comunitaria, de servicios, equipamiento institucional y/o infraestructura productiva, en orden al desarrollo comunitario local.
Es Misión de la Dirección Provincial de Economía Social para el Desarrollo Local, el ejecutar líneas programáticas que permitan abordar, en términos de políticas activas del Estado, la generación de trabajo, que no sólo es fuente de recursos propios genuinos sino que desde lo subjetivo, permite al ser humano recuperar su autoestima, asumiéndose como persona libre, digna y valiosa y, desde lo social, es motor de desarrollo y crecimiento local.

 

 

 

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva-Galera-Acuña-Acuña-Aguirre-Mazzoni

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

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