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Título: Decreto GJ. N° 1023 PROMUEVESE EN ASCENSO A PERSONAL SUPERIOR DEL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 3 Junio 2008
Fecha de publicacion: 15 Julio 2008
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 03 de Junio de 2008.
VISTO:
El Expediente Letra «S» N° 796/08 mediante el cual el Director General del SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL, solicita se promueva en ascenso al Personal Superior de la Institución en las distintas jerarquías; y
CONSIDERANDO:
Que el Director General del SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL, a fs. 5 y 5 vta., mediante Resolución Interna N° 302/07, designa a los integrantes de la Junta de Calificaciones para el Personal Policial, conforme lo establece el Dcto. «G. y J.» N° 1501/99, de aplicación supletoria por imperio del Artículo 152° de la Ley N° 4673 del Personal Penitenciario.
Que a fs. 07 y 08 vta. obra Acta N° 1 de la Junta de Calificaciones para el Personal Superior que resuelve considerar apto para ascender al grado inmediato superior a quienes detalla.
Que a fs. 09/09 vta. obra Resolución Interna S.P.P. N° 03/08, por la cual el Director del Servicio Penitenciario Provincial, solicita la promoción en ascenso del Personal Superior que se detalla, de conformidad al Art. 76° de la Ley del Personal Penitenciario N° 4673/91, en concordancia con el similar 77° del referenciado instrumento reglamentario, a partir del 01 de Enero del 2.008, y el ascenso al grado de Oficial Adjutor Principal con retroactividad al 01/01/2005, del Oficial Adjutor RAMON ANTONIO BAZAN, por haber desaparecido las causales de inhabilitación.
Que a fs. 14 obra Dictamen N° 10/08 del Asesor Jurídico de la SUBSECRETARIA DE SEGURI DAD manifestándose favorablemente para la prosecución del presente trámite.
Que ASESORIA GENERAL DE GOBIERNO en Dictamen N° 034/08, a fs. 16/17, manifiesta que por lo expuesto y normas legales citadas, puede el PEP dictar el Decreto correspondiente.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
ARTICULO 1°. Promuévese en ascenso al grado inmediato superior, a partir del 01 de Enero de 2008, al Personal Superior del Servicio Penitenciario Provincial conforme a lo normado por los Artículos 76° y 77° de la Ley del Personal Penitenciario N° 4673, concordante con el Art. 10° Inciso 4) de la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario Provincial N° 4672, que se menciona en el ANEXO I que forma parte integrante del presente instrumento legal.
ARTICULO 2°. Promuévese en ascenso al grado de Oficial Adjutor Principal con retroactividad al 01 de Enero de 2005 al Oficial Adjutor RAMON ANTONIO BAZAN, D.N.I. N° 20.588.429, por haber desaparecido las causales que lo inhabilitaban.
ARTICULO 3°.Tomen conocimiento: SUBSECRETARIA DE SEGURIDAD y SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL.
ARTICULO 4°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: