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Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 1159
  

 

Título: Decreto Acuer do N° 1159  CREASE UN ADICIONAL DE CARACTER  NO REMUNERATIVO NO  BONIFICABLE  DENOMINADO «ELABORACION Y  PRESENTACION DEL  PROYECTO DE  LEY DE PRESUPUESTO DE LA  ADMINISTRACION PUBLICA   PROVINCIAL» PARA EL PERSONAL DE  LA SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 15 Set. 2010

Fecha de publicacion: 22 Oct. 2010

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Decreto Acuer do N° 1159 
CREASE UN ADICIONAL DE CARACTER  NO REMUNERATIVO NO 
BONIFICABLE  DENOMINADO «ELABORACION Y  PRESENTACION DEL
 PROYECTO DE  LEY DE PRESUPUESTO DE LA  ADMINISTRACION PUBLICA  
PROVINCIAL» PARA EL PERSONAL DE  LA SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO

San Fernando del Valle de Catamarca,  15 de Septiembre de 2010. 

VISTO:  El Expediente S­19913/2010, mediante el cual 
se gestiona el otorgamiento de un Adicional a los  agentes de la SUBSECRETARIA  DE PRESU­  PUESTO, durante los meses de octubre/2010 a diciembre/2010; y

CONSIDERANDO:  

Que el Artículo 15° de la Ley N° 4938, que
establece y regula «la Administración Financiera, 
las Contrataciones, la Administración de los Bienes  y los Sistemas de Control del Sector Público Provincial», fija que la SUBSECRETARIA  DE 
PRESUPUESTO será el Organo Rector del Sistema Presupuestario del Sector Público Provincial.
Que por el Artículo 16° de la citada norma legal  se determinan las competencias que tiene la SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO, entre las  
cuales se destaca la de preparar el Proyecto de Ley
de Presupuesto General y fundamentar su
contenido.  Que a los fines de la preparación del Presupuesto
de la Administración Pública Provincial, se hace necesario llevar a cabo el análisis y los ajustes  necesarios de los anteproyectos que sean
presentados por las Jurisdicciones y Entidades del 
Sector Público Provincial.

Que en función de ello en los meses de octubre,  noviembre y diciembre del presente año las tareas 
se verán notablemente incrementadas,  en función
de tener que preparar el Proyecto de Ley de Presupuesto para el Ejercicio 2011, 
lo cual requiere un esfuerzo adicional por parte de los agentes que prestan funciones en forma efectiva en la 
Subsecretaría de Presupuesto, razón por la cual tal  esfuerzo merece ser reconocido y compensado
económicamente.  Que no existen impedimentos legales para el 
dictado del presente Instrumento Legal, ya que es  un acto discrecional del Poder Ejecutivo, conforme
las facultades otorgadas por el Artículo 149° de la 
Constitución Provincial.

Por ello, 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA  EN ACUERDO DE MINISTROS  DECRETA

ARTICULO 1°.­ Créase con vigencia a partir 
del 01 de octubre de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2010, un adicional de carácter no remunerativo
y no bonificable,  denominado «ELABORACION 
Y  PRESENTACION DEL PROYECTO DE LEY 
DE PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION 
PUBLICA PROVINCIAL», que será percibido por  el personal con efectiva prestación de servicios en
la SUBSECRETARIA DE  PRESUPUESTO. 

ARTICULO 2°.­ El Adicional creado por el 
Artículo 1° del presente Instrumento Legal se
liquidará conforme el siguiente detalle: 
FUNCI ONES  IMPORTE
PERSONAL FUERA DE NIVEL  $  800,00 
PROFESIONALES  $  750,00 
ADMINISTRATIVOS Y TECNICOS  $  700,00 
PERSONAL  DE SERVICIOS  $  600,00 

ARTICULO 3°.­ El personal incluido en las  disposiciones del presente Decreto, deberá cumplir 
funciones adicionales durante dos (2) horas diarias  como mínimo, en los horarios que a tal efecto
disponga la Subsecretaría de Presupuesto. 

ARTICULO 4°.­ Facúltase al Subsecretario de Presupuesto, a disponer mediante comunicación
expresa a la Dirección Provincial de Recursos  Humanos, la no liquidación del Adicional otorgado
por  el Artículo 1°, a los agentes que no cumplan
con las tareas que les fueran otorgadas a efectos de
la formulación del Proyecto de Ley de Presupuesto
para el ejercicio 2011 o con los horarios de trabajo
asignados. 

ARTICULO 5°.­ Autorízase a la Dirección Provincial de Recursos Humanos a practicar la
liquidación correspondiente, conforme lo dispuesto
por el Artículo 1° del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 6°.­ Tomen conocimiento a sus  efectos: SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO,  DIRECCION PROVINCIAL DE RECURSOS
HUMANOS y DIRECCION PROVINCIAL DE 
GESTION DE LA INFORMACION. 

ARTICULO 7°.­ Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial y Archívese

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL - Silva - Acuña - Bellon - Marcolli - Perna -Acuña - Vega

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 85/2010

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