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Título: Decreto Acuerdo N° 1214 CREASE CON NIVEL DIRECCION PROVINCIAL LA MATERNIDAD «25 DE MAYO»
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 28 Set. 2010
Fecha de publicacion: 29 Oct. 2010
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Decreto Acuerdo N° 1214
CREASE CON NIVEL DIRECCION PROVINCIAL
LA MATERNIDAD «25 DE MAYO»
San Fernando del Valle de Catamarca, 28 de Septiembre de 2010.
VISTO: El Expediente S20405/2010 y las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por la
Ley 4639 de Reforma del Estado, su complementaria Ley 4693
de Reorganización de la Estructura Orgánica de los Ministerios y sus modificatorias 4987, 5107 y 5239;
y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2° de la Ley 4639 faculta al Poder Ejecutivo a disponer la Transformación,
Descentralización, Privatización, Creación, Escisión, Fusión, Supresión y Liquidación total o
parcial de los organismos del Poder Ejecutivo.
Que el artículo 2° de la Ley 4693, de Reorganización de la Estructura Orgánica de los Ministerios,
faculta al Poder Ejecutivo a establecer mediante Decreto las Misiones y Funciones, Ambito
de Competencia y Estructuras Orgánicas de los Ministerios, como asimismo, lo relacionado con las
Secretarías y Subsecretarías de Estado y demás Organismos y Entes que dependen directamente del
Poder Ejecutivo, Ministerios o que integren la Administración Central y Descentralizada del
Gobierno Provincial.
Que el Decreto Acuerdo N° 1544/07 dispone que serán aprobadas por Decreto del Poder Ejecutivo,
en Acuerdo de Ministros, las estructuras orgánicas hasta nivel de Dirección.
Que en función de promover el respeto por la mujer embarazada, su hijo y su familia,
se debe proporcionar las condiciones que resguarden, mantengan y prevengan su salud, asegurando el
proceso de parto y también preservando la salud
del recién nacido.
Que en razón de las características y las necesidades de sus destinatarios, existe consenso
en modificar los parámetros existentes, procurando
crear un clima de atención y cuidado familiar bien
diferente a enfermedad u hospital.
Que en virtud de ello resulta conveniente la
creación de la Maternidad Provincial con el fin de garantizar el derecho a la vida de la madre y del niño recién nacido, brindando servicios de calidad.
Que es importante que la Provincia de Catamarca cuente con un Organismo como la Maternidad Provincial «25 de Mayo», en el año del
Bicentenario de la Patria; fortaleciendo el vínculo
padreshijos.
Que el presente acto administrativo se dicta de
acuerdo a las facultades otorgadas por los
instrumentos legales mencionados y las atribuciones conferidas por el artículo 149° de la
Constitución Provincial;
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA:
ARTICULO 1°. Créase, con nivel de Dirección Provincial, la MATERNIDAD PROVINCIAL «25
DE MAYO», como Organismo dependiente de la
Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública del
Ministerio de Salud, de acuerdo con el
Organigrama, Objetivo y Acciones que como Anexos I, II y III forman parte del presente
instrumento legal.
ARTICULO 2°. Créanse las Direcciones: Asistencial, de Administración y de Mantenimiento, dependientes del Organismo creado por el Artículo
1°.
ARTICULO 3°. Facúltase a la Subsecretaría
de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y
Finanzas, a adoptar las medidas pertinentes y
efectuar las adecuaciones y reasignaciones
presupuestarias que resulten necesarias, a fin de poner en ejecución lo dispuesto por el presente
instrumento legal.
ARTICULO 4°. Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL - Silva - Acuña - Bellon - Marcolli - Perna -Acuña - Vega
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: