Digesto Legislativo Provincial

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Detalle del Decreto Acuerdo 1214
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 1214  CREASE CON NIVEL DIRECCION  PROVINCIAL  LA MATERNIDAD  «25 DE MAYO»

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 28 Set. 2010

Fecha de publicacion: 29 Oct. 2010

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Decreto Acuerdo N° 1214 
CREASE CON NIVEL DIRECCION  PROVINCIAL
 LA MATERNIDAD  «25 DE MAYO»

San Fernando del Valle de Catamarca,  28 de Septiembre de 2010. 

VISTO:  El  Expediente S­20405/2010 y las facultades  conferidas al Poder Ejecutivo por la 
Ley 4639 de Reforma del Estado, su complementaria Ley 4693
de Reorganización de la Estructura Orgánica de los  Ministerios y sus modificatorias 4987, 5107 y 5239; 
y
CONSIDERANDO: 

 Que el artículo 2° de la Ley 4639 faculta al Poder  Ejecutivo a disponer la Transformación, 
 Descentralización, Privatización, Creación,  Escisión, Fusión, Supresión y Liquidación total o
parcial de los organismos del Poder Ejecutivo. 

Que el artículo 2° de la Ley 4693, de Reorganización de la Estructura Orgánica de los  Ministerios,
 faculta al Poder Ejecutivo a establecer  mediante Decreto las Misiones y Funciones, Ambito
de Competencia y Estructuras Orgánicas de los  Ministerios, como asimismo, lo relacionado con las 
 Secretarías y Subsecretarías de Estado y demás  Organismos y Entes que dependen directamente del 
Poder Ejecutivo, Ministerios o que integren la Administración Central y Descentralizada del 
Gobierno Provincial.

Que el Decreto Acuerdo N° 1544/07 dispone que serán aprobadas por Decreto del Poder  Ejecutivo, 
en Acuerdo de Ministros, las estructuras  orgánicas hasta nivel de Dirección. 

Que en función de promover el respeto por la  mujer embarazada, su hijo y su familia, 
se debe proporcionar las condiciones que resguarden,  mantengan y prevengan su salud, asegurando el 
proceso de parto y también preservando la salud
del recién nacido.

Que en razón de las características y las  necesidades de sus destinatarios, existe consenso
en modificar los parámetros existentes, procurando
crear un clima de atención y cuidado familiar bien
diferente a enfermedad u hospital.

Que en virtud de ello resulta conveniente la
creación de la Maternidad Provincial con el fin de garantizar el derecho a la vida de la madre y del  niño recién nacido, brindando servicios de calidad. 

Que es importante que la Provincia de Catamarca cuente con un Organismo como la Maternidad Provincial «25 de Mayo», en el año del 
Bicentenario de la Patria; fortaleciendo el vínculo
padres­hijos. 

Que el presente acto administrativo se dicta de
acuerdo a las facultades otorgadas por los 
instrumentos legales mencionados y las  atribuciones conferidas por  el  artículo 149° de la 
Constitución Provincial;

Por ello: 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA  EN ACUERDO DE MINISTROS  DECRETA:

ARTICULO 1°.­ Créase, con nivel de Dirección Provincial, la MATERNIDAD PROVINCIAL «25
DE MAYO», como Organismo dependiente de la 
Subsecretaría de Asistencia en Salud Pública del 
Ministerio de Salud, de acuerdo con el 
Organigrama, Objetivo y Acciones que como Anexos I, II y III forman parte del presente
instrumento legal.

ARTICULO  2°.­   Créanse   las  Direcciones:  Asistencial, de Administración y de Mantenimiento,  dependientes del Organismo creado por el Artículo
1°. 

ARTICULO 3°.­  Facúltase a la Subsecretaría 
de Presupuesto del  Ministerio de Hacienda y
Finanzas, a adoptar las medidas pertinentes y
efectuar las adecuaciones y reasignaciones
presupuestarias que resulten necesarias,  a fin de poner en ejecución lo dispuesto por el presente
instrumento legal.

ARTICULO 4°.­ Comuníquese, Publíquese,  Dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL - Silva - Acuña - Bellon - Marcolli - Perna -Acuña - Vega

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 87/2010

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