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Detalle del Decreto 1328
  

 

Título: Decreto S. N° 1328  APRUEBANSE  CONTRATOS DE  LOCACION DE SERVICIOS DE  PERSONAL  PARA DESEMPEÑAR  FUNCIONES EN LA MATERNIDAD  PROVINCIAL «25 DE MAYO»

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 25 Oct. 2010

Fecha de publicacion: 19 Nov. 2010

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Decreto S. N° 1328 
APRUEBANSE  CONTRATOS DE  LOCACION DE SERVICIOS DE  PERSONAL
 PARA DESEMPEÑAR  FUNCIONES EN LA MATERNIDAD  PROVINCIAL «25 DE MAYO»

San Fernando del Valle de Catamarca,  25 de Octubre de 2010. 

VISTO:  El Expediente M­  19515­2010, por  el  cual se gestiona la Contratación del Personal para desempeñar funciones en la MATERNIDAD 
PROVINCIAL «25 DE MAYO»,  dependiente del 
MINISTERIO DE SALUD,  y; 

CONSIDERANDO:  

Que el artículo 6° de la Ley N° 5303 de Presupuesto para el corriente Ejercicio Financiero, 
prevé dentro de sus excepciones, la posibilidad de
cobertura de servicios esenciales debidamente
justificados en las áreas de Salud, Desarrollo Social,
Educación, Justicia, Seguridad, Servicios Públicos  y Funciones Técnicas y Profesionales,
 en las demás  áreas del estado.  Que el Personal contratado, se regirá conforme
la Ley N° 5161 de la Carrera del Personal Sanitario
y su Decreto Reglamentario N° 1659 de fecha 31OCT2006.  Que ha tomado intervención Asesoría General 
de Gobierno,  en Dictamen N° 635 de fecha 19 de octubre de 2010.  Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado
para el dictado del presente instrumento legal,  conforme lo dispuesto por  el artículo 149° de la 
Constitución de la Provincia.  

Por ello, 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA  DECRETA:

ARTICULO 1°.­ Apruébense los Contratos de Locación de Servicios, suscriptos Ad referéndum
del Poder Ejecutivo, entre el Ministerio de Salud y
el Personal  que se detalla en el Anexo que forma parte integrante del presente instrumento legal, a
efectos que cumplan funciones en la MATERNIDAD PROVINCIAL  25 DE MAYO,  dependiente del  MINISTERIO DE SALUD; los  
mismos tendrán vigencia a partir  de la fecha del 
presente instrumento legal y caducarán el 31 de diciembre de 2010. 

ARTICULO 2°.­ Molifíquense parcialmente las  Cláusulas PRIMERA,  de los contratos aprobados  por el Artículo 1° del 
presente Decreto, donde dice:  «carácter interino, Artículo 15° de la Ley N° 5161
de la Carrera del Personal Sanitario», deberá decir:  «carácter no permanente, conforme art.  97° del 
Decreto Acuerdo N° 1659/06, reglamentario de la 
Ley N° 5161, Carrera del Personal Sanitario.»

ARTICULO 3°.­ El gasto emergente de las  presentes contrataciones se afectará a las Partidas  de Personal Temporario del Presupuesto vigente del 
Organismo de destino.
 
ARTICULO 4°.­ Tomen conocimiento a sus  efectos: MINISTERIO DE SALUD, MATER­  NIDAD PROVINCIAL 25 DE MAYO,  SUBSECRETARIA DE RECURSOS HUMANOS
Y  GESTION PUBLICA, SUBSECRETARIA DE 
PRESUPUESTO, DIRECCION PROVINCIAL 
DE RECURSOS HUMANOS, DIRECCION 
PROVINCIAL DE GESTION DE LA INFORMA­  CION, DIRECCION AREA  PROGRAMATICA 
N° 10 Y UNIDAD CENTRO DE CONTROL DEL
GASTO EN PERSONAL.

ARTICULO 5°.­  Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL - Marcolli

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
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