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Título: Decreto Acuer do Nº 665 DISPONESE SUSPENSION PREVENTIVA DE LAS ACTIVIDADES ESCOLARES PARA TODOS LOS NIVELES, CICLOS Y MODALIDADES DE ESTABLECIMIENTOS DE GESTION PUBLICA Y PRIVADA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 30 Junio 2009
Fecha de publicacion: 7 Julio 2009
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 30 de Junio de 2009.
VISTO: La situación planteada por la presencia e impacto de la Influenza A H1N1 en nuestro País y Provincia y la necesidad de adoptar medidas de prevención y contención, y
CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Salud de la Provincia ha solicitado una Suspensión Preventiva de las actividades escolares para todos los niveles, ciclos y modalidades del Sistema Educativo Provincial de establecimientos de gestión pública y privada, a partir del 01.JUL.2009 y hasta el inicio del Receso Escolar de Invierno 20.JUL.2009, en virtud del surgimiento de la epidemia de Influenza A H1N1 y la posibilidad de su avance.
Que con esta medida preventiva se procura evitar la probable diseminación virológica por los casos detectados en provincias vecinas y un caso confirmado en la ciudad de Icaño, Departamento La Paz.
Que en este período se procederá a la desinfección de los establecimientos educativos y a la información pertinente de dicha patología a través de Educadores Sanitarios del Ministerio de Salud de la Provincia.
Que la Unidad Coordinadora de la Gripe A Nacional autoriza a las jurisdicciones provinciales que por razones fundadas del Ministerio de Salud y del Ministerio de Educación pueda proceder a ampliar el período de vacaciones.
Que esta medida tiene por objetivo resguardar a los integrantes de las instituciones escolares de la Gripe A teniendo en cuenta la alta vulnerabilidad del grupo. Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 64°, 65° pto. III, inc. 3) y 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA
ARTICULO 1°. Dispónese la Suspensión Preventiva de las actividades escolares para todos los niveles, ciclos y modalidades del Sistema Educativo Provincial de establecimientos de gestión pública y privada, a partir del 01.JUL.2009 y hasta el inicio del Receso Escolar de Invierno 20.JUL.2009, por los motivos expresados en el exordio.
ARTICULO 2°. Encomiéndase al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología a través de la Subsecretaría de Educación a adecuar las actividades y Cronogramas educativos en función a lo dispuesto en el artículo 1°.
ARTICULO 3°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL- Galera - Acuña -Bellón- Silva-Acuña -Vega
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: