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Título: Decreto DS. N° 1542 MODIFICASE EL REGLAMENTO DEL «SISTEMA DE PROMOCION DE ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL DESARROLLO SOCIAL» DECRETO S. Nº 1394/04
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 8 Ago. 2008
Fecha de publicacion: 12 Set. 2008
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 08 de Agosto de 2008.
VISTO:
El Decreto S. Nº 1394/2004 y sus modificatorios los Nros. 1861/04, 1628/05, 136/06 y 2173/05; y
CONSIDERANDO:
Que mediante los referidos instrumentos legales se crea el «Sistema de Promoción de Actividades Relacionados con el Desarrollo Social» (SI.PA. DES.) y aprueba su Reglamentación.
Que en el referido Reglamento se especifica entre otros aspectos el Estímulo Económico (punto VI), conforme a las tareas que desarrollen los beneficiarios del Sistema y la duración del estímulo (punto IV), resultando necesario modificar el monto del estímulo económico y otros aspectos de la normativa a fin de optimizar la aplicación del Sistema.
Que han tomado la debida intervención Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen AGG Nº 720/08.
Que el Poder Ejecutivo es competente para el dictado del presente Instrumento, conforme a lo previsto por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
ARTICULO 1º. Modifícase el Reglamento del «Sistema de Promoción de Actividades Relacionadas con el Desarrollo Social» (SI.PA. DES.) aprobado por el Artículo 2º. del Decreto S. Nº 1394/04 y su modificatorios los Nros. 1861/04, 1628/05, 136/06 y 2173/05, en los puntos IV y VI, el que quedará redactado de la siguiente forma:
«IV DE LA DURACION Los beneficios otorgados bajo normativa del Sistema de Promoción de Actividades Relacionadas con el Desarrollo Social (SI.PA.DES.), caducarán el 30 de JUNIO y el 31 de DICIEMBRE de cada año, con opción a prórroga, a instancia del Ministerio de Desarrollo Social o la Secretaría Privada de la Gobernación, según el caso, por Resolución fundada.»
«VI – DEL ESTIMULO ECONOMICO Estímulo Económico a percibir por los beneficiarios del Sistema a partir del 01JUN08 será: 1. Por tareas administrativas, técnicas o servicios generales PESOS QUINIENTOS ($ 500) mensua les. 2. Por tareas vinculadas a la supervisión, depósito, de carga y descarga, estibadores, armadores de módulos alimentarios PESOS SEISCIENTOS ($ 600) mensuales.»
ARTICULO 2º. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Vega
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: