Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  
  

Inicio / Decreto Acuerdo /

Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 1758
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 1758  INCORPORASE A LA PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE DE LA ADMINISTRACION PUBLICA A PERSONAL CONTRATADO

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 11 Set. 2008

Fecha de publicacion: 30 Set. 2008

Cuerpo de Decreto Acuerdo:   |       Descargar PDF

  

Decreto Acuerdo N° 1758
INCORPORASE A LA PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE DE LA ADMINISTRACION PUBLICA A PERSONAL CONTRATADO

San Fernando del Valle de Catamarca, 11 de Setiembre de 2008.

VISTO:
El Expte. S/12005/2008, por el que se tramita la incorporación a Planta Permanente del personal que actualmente revista como contratado en la Administración Pública Provincial Adminis tración Central, y

CONSIDERANDO:
Que es decisión del Poder Ejecutivo equiparar la situación de revista de los agentes públicos temporarios con la de aquellos que gozan de la estabilidad inherente a su condición de agentes permanentes.
Que la prolongación en el tiempo de las relaciones de empleo público, caracterizadas como transitorias, implica de por si una distorsión de la finalidad prevista al disponerse tal modalidad de contratación.
Que esta gestión de gobierno ha orientado su accionar hacia las políticas de empleo que aseguren la estabilidad del trabajador, en el marco de los principios y derechos consagrados por la Constitución Provincial.
Que la Dirección Provincial de Personal del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología ha realizado los informes técnicos de su competencia para determinar la nómina de agentes a incorporar a la planta de personal permanente.
Que el Artículo 7° de la Ley N° 5234 de Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio Fiscal 2008, faculta al Poder Ejecutivo a disponer reestructuraciones y modificaciones de los créditos presupuestarios y de la planta de personal, con la única limitación de no modificar el total de erogaciones.
Que mediante Dictamen de fecha 02.JUL.2008 (fs. 30/31) se expide el Asesor de Gabinete del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, quien expresa que una vez determinado con exactitud quienes son los agentes que se encontrarían en condiciones de acceder al derecho a la estabilidad laboral consagrado en el Art. 17°, inc. a) del Estatuto para el Personal Civil de la Administración Pública Provincial Ley 3276 nada obsta para la continuidad del trámite, que es de exclusiva incumbencia de las autoridades superiores del Poder Ejecutivo.
Que Asesoría General de Gobierno, en Dictamen AGG. N° 736/2008 no formula observaciones de índole jurídica para la emisión del acto administrativo que formalice la incorporación a la Planta de Personal Permanente de la Administración Pública Provincial de los agentes que se desempeñan como contratados, y cuyo ingreso se hubiera producido hasta el 30.JUN.2007 inclusive y que continúen a la fecha.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 149° de la Constitución Provincial.

Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA

ARTICULO 1 °. Incorpórase a la Planta de Personal Permanente de la Administración Pública Provincial a los agentes que se desempeñan como Personal Contratado (Temporario) comprendidos en el Estatuto para el Personal Civil de la Administración Pública Provincial Ley 3276 TO. Decreto CEPRE N° 1238/92, designados hasta el 30 de junio de 2007 inclusive, y que continúen a la fecha en relación de dependencia con el Poder Ejecutivo en idéntica situación de revista.

ARTICULO 2°, Dispónese que la incorpo ración a Planta Permanente otorgada por el artículo precedente se realiza en la Dependencia, Categoría y Agrupamiento, según corresponda, que se indican en los ANEXOS I y II que forman parte integrante del presente decreto.

ARTICULO 3°. Facúltase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las reestructu raciones y modificaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente instrumento legal.

ARTICULO 4°. Tomen conocimiento: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Gestión Administrativa, Dirección Provincial de Personal, Dirección de Formulación y Control Presupuestario del área, Secretaría de Estado de Cultura y Dirección Provincial de Recursos Humanos.

ARTICULO 5°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva-Galera-Acuña-Acuña-Aguirre-Mazzoni-Vega

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 79/2008

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para este Decreto Acuerdo, envianos tu comentario: