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Detalle del Decreto Acuerdo 1727
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 1727  REUBICASE PRESUPUESTARIAMENTE A PERSONAL DEL MINISTERIO DE SALUD

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 4 Set. 2008

Fecha de publicacion: 24 Oct. 2008

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Decreto Acuerdo N° 1727
REUBICASE PRESUPUESTARIAMENTE A PERSONAL DEL MINISTERIO DE SALUD

San Fernando del Valle de Catamarca, 04 de Septiembre de 2008.

VISTO:
El Expediente M27581/07 y el Decreto Acuerdo N° 1661 de fecha 31 de octubre de 2006; y

CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto Acuerdo se reubica a partir del 1 de noviembre de 2006 al personal dependiente del Ministerio de Salud, comprendido en la Ley N° 5161 Carrera del Personal Sanitario en los Grupos y Grados correspondientes.
Que a fs. 3/53, obran solicitudes de modificación de datos referidos a Grupos, Grado y dependencia de revista, interpuestas por los agentes, acreditando la documentación respaldatoria.
Que a fs. 54/71, la Dirección Provincial de Recursos Humanos procedió a verificar nuevamente los antecedentes laborales de los agentes de acuerdo al legajo personal, agregando a las actuaciones situación de revista y planillas en la cual describe la situación actual de los agentes y la que corresponde de acuerdo a la normativa vigente.
Que Asesoría de Gabinete de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, emite Dictamen S.S.R.H y G.P. N° 169/08, considerando que lo actuado reúne las condiciones formales para su dictado.
Que Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen N° 779/08, no formula objeciones para la continuidad del presente trámite.
Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 149 de la Constitución Provincial.

Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA:

ARTICULO 1 ° Reubícase presupuesta riamente, al personal dependiente del Ministerio de Salud en el grupo, grado, dependencia y fecha de acuerdo al Anexo I que forma parte integrante del presente instrumento legal.

ARTICULO 2° Facúltase a la Subsecretaría de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las reestructuraciones presupuestarias pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1°.

ARTICULO 3° Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva-Galera-Acuña-Acuña-Aguirre-Mazzoni-Vega

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 86/2008

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