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Título: Decreto ECyT. N° 1886 CREASE LA ESCUELA ESPECIAL DE CAPACITACION LABORAL PARA JOVENES Y ADULTOS «NIÑO DE PRAGA» DE LA CIUDAD DE SANTA MARIA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 24 Set. 2008
Fecha de publicacion: 14 Nov. 2008
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 24 de Septiembre de 2008.
VISTO:
El Expte. C/22661/2006, por el que la Comunidad Educativa del Instituto Diferencial «Niño de Praga» de la ciudad de Santa María, Departamento del mismo nombre, solicita la creación, en el ámbito de la Gestión Pública Provincial, de la mencionada institución, y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 01/02 obra Nota de fecha 25.SET.2006, suscripta por la Directora y demás integrantes de la comunidad educativa del «Instituto Diferencial Niño de Praga» de la ciudad de Santa María, por la que solicitan al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología el reconocimiento y oficialización de la tarea institucional que realizan desde el 05.MAR.2002.
Que conforme surge del Proyecto de creación de la citada institución incorporado a fs. 03/14, la misma lleva a cabo acciones educativas de Formación Integral, Laboral y de Integración Social destinadas a personas con necesidades educativas especiales. Cuenta con un plantel de docentes con los perfiles adecuados y altamente capacitado en el dictado de los talleres de Panadería; Cocina y Pastelería; Cestería; Cerámica; Huerta Orgánica y Jardinería; Tejido y Labor Artesanal; Cotillón y Souvenir; y Peluquería.
Que tales acciones educativas son el resultado de la articulación de los diseños curriculares exigidos por las leyes nacionales y provinciales de educación, teniendo en cuenta la especificidad de la misión y buscando la complementariedad entre la formación personal, la alfabetización y la capacitación laboral, a fin de dar respuestas a las necesidades educativas especiales de los adolescentes, jóvenes y adultos con discapacidades mentales y motoras del Departamento Santa María.
Que tanto el plantel docente como el personal no docente que se desempeña en la institución desde el inicio de sus actividades en el año 2002 cumple sus funciones de modo adhonorem. Los Talleres de Formación Laboral son los que hacen posible el cumplimiento de los objetivos de formación, ya que el producto de los mismos es destinado en un cincuenta por ciento (50 %) para el alumno y el porcentaje restante a la compra de materiales para su continuidad. De tal modo que cumple una doble función: Pedagógica (formación práctica laboral); y Económica (Rédito financiero para los alumnos).
Que por lo expuesto, solicitan la creación y el respectivo financiamiento de la institución dentro del circuito educativo público de la Provincia, lo cual constituirá un verdadero apoyo a las personas con necesidades educativas especiales del Departamento Santa María, posibilitará que el personal docente legalmente nombrado pase a ser remunerado y entre en el circuito normativo en el cumplimiento de sus funciones, y que los sujetos formados en la misma alcancen el reconocimiento oficial de las competencias que acreditan el recorrido pedagógico realizado.
Que en apoyo de esta iniciativa concurre también la Cámara de Senadores del Poder Legislativo Provincial la cual, mediante Resolución Parlamentaria CS. N° 0005/08 (fs. 95), solicita al Poder Ejecutivo la creación del Instituto Diferencial Niño de Praga en el Departamento Santa María. Asimismo, se prevea la construcción y puesta en funcionamiento de un nuevo edificio a fin de dar respuestas a las demandas y necesidades de un grupo social vulnerable, con necesidades básicas insatisfechas, en lo que respecta a Educación Especial, lo cual es un derecho inalienable de los jóvenes y Adultos con necesidades educativas especiales.
Que a fs. 37, 59/60 y 76 consta la intervención de la Coordinación de Educación Especial dependiente de la Dirección Provincial de Educación General Básica del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, organismo que oportunamente procedió a evaluar, desde lo metodológico y disciplinar el Proyecto Educativo Institucional que lleva a cabo el Instituto Diferencial «Niño de Praga», y a efectuar las consideraciones pertinentes sobre aquellos aspectos que era necesario revisar y redefinir a fin de adecuarlo a los requerimientos del sistema educativo provincial.
Que al respecto, esa Coordinación expresa que sería pertinente contar en la ciudad de Santa María con un Servicio de Formación y Capacitación Laboral para Jóvenes y Adultos con discapacidad, a fin de posibilitar una continuidad en la formación de aquellos ciudadanos que no tienen oportunidad de integrarse en otros ámbitos educativos y de formación laboral. Se expide asimismo sobre la viabilidad del Proyecto, la necesidad de apoyar desde el Estado Provincial esta iniciativa y destaca el compromiso evidenciado por los profesionales en su labor en estos años de vida de la institución.
Que por ello, considera un acto de justicia y reconocimiento autorizar la creación de la institución como «Escuela Especial de Capacitación Laboral para Jóvenes y Adultos», con la Planta Orgánica Funcional sugerida y con la Planta Orgánica Nominal que ya está desempe ñándose en la institución, las cuales obran a fs. 75 y 67, respectivamente.
Que sobre la sede, destaca que se adjuntó Informe Técnico del edificio en construcción (fs. 74), realizado con el esfuerzo y el aporte de toda la comunidad, en donde funcionará en el futuro, ya que actualmente las actividades se desarrollan en el salón comunitario de la parroquia de «Nuestra Señora de Fátima».
Que sobre el particular cabe resaltar también que, conforme surge de la documentación incorporada a fs. 100/102, la Asociación Civil «Niño de Praga» mediante Expediente A/14625/ 2008 ha dado inicio al trámite de donación al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de un inmueble de su propiedad, para que sea destinado exclusivamente a la continuación, hasta su finalización, del edificio donde funcione el Instituto Diferencial «Niño de Praga».
Que habiéndose contemplado los aspectos observados por la Dirección de Asuntos Jurídicos y Legislación del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología en Dictamen DAJyL. N° 336/07 (fs. 82/84), en lo referido al aspecto edilicio, la Planta Orgánica Funcional y la Planta Orgánica Nominal, se estima procedente la continuidad del trámite.
Que Asesoría General de Gobierno, en Dictamen AGG. N° 807/2008 (fs. 112/113) expresa que habiéndose concretado la intervención necesaria de las áreas educativas especializadas, no existen objeciones legales que manifestar para que se refrende el acto administrativo de rigor que permita la creación de la institución educativa.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.
ARTICULO 1°. Créase la Escuela Especial de Capacitación Laboral para Jóvenes y Adultos «Niño de Praga» en la ciudad de Santa María, Departamento Santa María, a partir del presente período lectivo.
ARTICULO 2°. Apruébase la Planta Orgánica Funcional y la Planta Orgánica Nominal de la Escuela Especial de Capacitación Laboral para Jóvenes y Adultos «Niño de Praga», según detalle de los Anexos I y II , respectivamente, que formanparte del presente decreto, a efectos de que se proceda a la designación del personal, según lo previsto en la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Financiero 2008.
ARTICULO 3°. Facúltase al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, a través de sus organismos competentes, a realizar todas aquellas gestiones conducentes a la concreción de lo dispuesto en el Artículo 1°.
ARTICULO 4°. Tomen conocimiento: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Educación, Dirección Provincial de Educación General Básica, Coordinación de Educación Especial, Subsecretaría de Gestión Administrativa, Dirección de Formulación y Control Presupuestario, Dirección Provincial de Personal y Dirección de Planeamiento.
ARTICULO 5°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial, Archívese.
Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Galera
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: