Digesto Legislativo Provincial

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Detalle del Decreto 1973
  

 

Título: Decreto ECyT. N° 1973  DEROGASE EL DECRETO C.E. N° 195/2000 – REGLAMENTO DEL ARTICULO 29°, INCISO e) DE LA LEY N° 4843

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 10 Oct. 2008

Fecha de publicacion: 25 Nov. 2008

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Decreto ECyT. N° 1973
DEROGASE EL DECRETO C.E. N° 195/2000 – REGLAMENTO DEL ARTICULO 29°, INCISO e) DE LA LEY N° 4843

San Fernando del Valle de Catamarca, 10 de Octubre de 2008.

VISTO:
El Expte. D/17261/2007, caratulado: «Iniciador: Dirección de Planeamiento. Extracto: E/anteproyecto de decreto para regular el mecanismo de los Proyectos de Capacitación», y

CONSIDERANDO:
Que por Decreto C.E. N° 195 de fecha 17.FEB.2000, se reglamenta el Artículo 29°, Inc. e) de la Ley 4843 referente a las acciones de capacitación, actualización y perfeccionamiento docente que no cuenten con financiamiento del Estado, según texto normativo del Anexo Unico de dicho Decreto.
Que asimismo, por su Artículo 2° se determina que la exDirección Provincial de Planeamiento y Desarrollo Educativo (actual Dirección de Planeamiento del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología) actuará como órgano natural de control y asesoramiento de dichas acciones.
Que al respecto, es de resaltar que por la norma mencionada, el Estado evaluaba, aprobaba y por último a través del acto jurídico emitido por la máxima jerarquía ministerial se auspiciaba formalmente; se le reconocía a la misma una carga horaria a fin de que los certificados emitidos por la entidad organizadora a favor de los participantes, sean oportunamente valorados por las respectivas Juntas de Clasificación.
Que a fs. 52 el Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología manifiesta que es decisión de la actual Gestión de Gobierno no intervenir, mediante el otorgamiento de auspicios, en las ofertas de capacitación, perfeccionamiento o actualización desarrolladas por instituciones privadas de la Provincia o de otras jurisdicciones.
Que resulta ponderable en esta circunstancia de consideración, que la legislación que se instrumenta y aprueba de acuerdo con la competencia establecida institucionalmente, puede y debe ser modificada cuando ha perdido su aplicabilidad y vigencia o como en el presente caso su objeto.
Que en concordancia con esto, es de enfatizar que la Administración puede derogar o modificar un reglamento en todo momento para adecuarlo a las conveniencias públicas.
Que asimismo, con relación a esto, es de realzar que un reglamento también puede perder su validez ante los cambios verificados en el contexto fáctico, siendo necesario modificarlos cuando no respondan a un rediseño en los fines asignados al Estado.
Que a fs. 53/55 ha tomado intervención el Asesor de Gabinete del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, quien emite el Dictamen correspondiente en el que considera que la consignada decisión de índole política ha afectado el objeto del referido acto jurídico, al quedar el mismo sin su contenido material que sirvió para individualizarlo, y aconseja que debe precederse formalmente a derogar el Decreto C.E. N° 195 de fecha 17.FEB.2000.
Que mediante Dictamen AGG. N° 613/2008 (fs. 58/59) Asesoría General de Gobierno considera que de las actuaciones cumplidas y la competencia otorgada al Poder Ejecutivo por la Constitución de la Provincia, corresponde se instrumente la derogación del Decreto C.E. N° 195/2000 a través del acto administrativo de rigor.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 149° de la Constitución Provincial.

Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1°. Derógase el DECRETO C.E. N° 195 de fecha 17.FEB.2000 y su respectivo ANEXO, por los motivos expuestos en el exordio.

ARTICULO 2º. Tomen conocimiento: Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, Subsecretaría de Educación, Direcciones Provinciales de Nivel del área educativa, Dirección de Educación y Trabajo, Dirección de Planeamiento y Juntas de Clasificación.

ARTICULO 3°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Galera

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

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