Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  
  

Inicio / Decreto /

Decreto
  
    

  
Detalle del Decreto 1982
  

 

Título: Decreto GJ. N° 1982  ADJUDICASE EN DONACION  A  SUS ACTUALES  OCUPANTES  TERRENOS QUE CONFORMAN EL BARRIO HIPODROMO

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 10 Oct. 2008

Fecha de publicacion: 28 Nov. 2008

Cuerpo de Decreto:   |       Descargar PDF

  

Decreto GJ. N° 1982
ADJUDICASE EN DONACION A SUS ACTUALES OCUPANTES TERRENOS QUE CONFORMAN EL BARRIO HIPODROMO

San Fernando del Valle de Catamarca, 10 de Octubre de 2008.

VISTO:
El Expediente «U» N° 24418/05 mediante el cual Unidad Técnica de Coordinación de Acciones de Saneamiento de Títulos y Regularización Dominial, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Institucionales del Ministerio de Gobierno y Justicia solicita la adjudicación y escrituración de los terrenos ubicados en el denominado Barrio Hipódromo de esta ciudad capital para sus actuales ocupantes.

CONSIDERANDO:
Que los lotes solicitados se encuentran registrados en Administración General de Catastro con la Matrícula Catastral 0725243049 determinada Plano de Loteo en Base a Plano Registrado aprobado por Resolución Catastral N° 91 de fecha 31 de Marzo de 1995 Archivo Dpto. Capital N° 629; con las Matrículas Catastrales 07 25244259, 4261, 4262, 4163, 4065, 3966, 3868, 4158, 3957, 3959 determinadas por Plano de Loteo en Base a Plano Registrado aprobado por Resolución Catastral N° 495 de fecha 23 de Octubre, de 1995 Archivo Dpto. Capital N° 648 y Resolución Complementaria N° 125 de fecha 30 de Abril de 1998 Archivo Dpto. Capital N° 648; con las Matrículas Catastrales 0725245367, 5067, 4967, 4867, 4766, 4466, 4566, 5065, 4562 determinadas por Plano de Loteo en Base a Plano Registrado aprobado por Resolución Catastral N° 220 de fecha 6 de Junio de 1995 Archivo Dpto. Capital N° 632 y Resolución Complementaria N° 128 de fecha 30 de Abril de 1998 Archivo Dpto. Capital N° 632; con las Matrículas Catastrales 07 25244472, 4172, 4072, 4675, 4575, 4475, 4174, 4176, 4178, 4078 determinadas por Plano de Loteo en Base a Plano Registrado aprobado por Resolución Catastral N° 494 de fecha 23 de Octubre de 1995 Archivo Dpto. Capital N° 647.
Que los referidos inmuebles se encuentran inscriptos a nombre del Estado Provincial, en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria y de Mandatos con relación a la Matrícula 22.992, 26.890, 26.889, 26.891, 26.892, 26.894, 26.895, 26.898, 26.899, 26,901, 26,902, 26.559, 26,575, 26.574, 26.573, 26,572, 26,569, 26.570, 26.561, 26.565, 26.581, 26.578, 26.577, 26.595, 26.593, 26.592, 26.588, 26.590, 26.597, 26.596 Folio Real Departamento Capital; respectivamente.
Que en virtud de los objetivos que se amparan y el fin que se persigue «Vivienda Propia» para cada ocupante, surge la necesidad de resolver la adjudicación en el marco de las previsiones de la Ley 4370 y su Decreto Reglamentario 1411/93.
Que Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G. N° 819/07, obrante a fs. 288 se expide en el sentido de que no existe ningún impedimento para que se efectúen las donaciones.
Que la autorización legislativa se encuentra otorgada por la Ley N° 4370 (Decreto Reglamentario G y J N° 1411/93).
Que el presente instrumento se dicta en uso de las facultades establecidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.

Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA

ARTICULO 1°. Adjudícase en donación los terrenos que conforman el denominado Barrio Hipódromo ubicado en esta Ciudad Capital, conforme Plano de Loteo en Base a Plano Registrado aprobado por Resolución Catastral N° 91 de fecha 31 de Marzo de 1995 Archivo Dpto. Capital N° 629 (M.C. 0725243049); Plano de Loteo en Base a Plano Registrado aprobado por Resolución Catastral N° 495 de fecha 23 de Octubre de 1995 Archivo Dpto. Capital N° 648 y Resolución Complementaria N° 125 de fecha 30 de Abril de 1998 Archivo Dpto. Capital N° 648 (M.C. 0725244259, 4261, 4262, 4163, 4065, 3966, 3868, 4158, 3957, 3959); Plano de Loteo en Base a Plano Registrado aprobado por Resolución Catastral N° 220 de fecha 6 de Junio de 1995 Archivo Dpto. Capital N° 632 y Resolución Complementaria N° 128 de fecha 30 de Abril de 1998 Archivo Dpto. Capital N° 632 (M.C. 0725 245367, 5067, 4967, 4867, 4766, 4466, 4566, 5065, 4562); Plano de Loteo en Base a Plano Registrado aprobado por Resolución Catastral N° 494 de fecha 23 de Octubre de 1995 Archivo Dpto. Capital N° 647 (M.C. 0725244472, 4172, 4072, 4675, 4575, 4475, 4174, 4176, 4178, 4078) inscriptas en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria y de Mandatos a nombre del Estado Provincial en relación a las Matrículas 22,992, 26.890, 26,889, 26,891, 26,892, 26,894, 26,895, 26,898, 26,899, 26.901, 26,902, 26.559, 26.575, 26.574, 26.573, 26.572, 26.569, 26.570, 26=561, 26.565, 26.581, 26.578, 26.577, 26,595, 26.593, 26,592, 26.588, 26,590, 26,597, 26.596 Folio Real Departamento Capital respectivamente; a las personas que se detallan en PLANILLA ANEXA el que pasa a formar parte del presente decreto.

ARTICULO 2°. Impónense a los adjudicatarios las siguientes obligaciones, bajo condición resolutoria de la donación:
Inc. a) Construir una vivienda para uso propio y de su familia y habitar la misma en forma permanente.
Inc. b) No enajenación del inmueble por el término de diez (10) años.
Inc. c) Construir como mínimo veinte (20) metros cuadrados, en un plazo no mayor de (2) años contados desde su adjudicación. Inc. d) El vencimiento del plazo estipulado en el inc. b) presumirá el cumplimiento de todos los cargos por parte de los destinatarios, caducando automáticamente el derecho de revocar que las normas acuerdan a los donantes.

ARTICULO 3°. Encomiéndase a Escribanía General de Gobierno a otorgar y autorizar las escrituras traslativas de dominio a favor de las personas detalladas en la Planilla Anexa.

ARTICULO 4°. Tomen conocimiento a sus efectos: Dirección U. P. E. Unidad Técnica de Coordinación de Acciones de Saneamiento de Títulos y Regularización Dominial y Subsecretaría de Asuntos Municipales.

ARTICULO 5°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 96/2008

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para este Decreto, envianos tu comentario: