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Título: Decreto Acuerdo N° 1009 PRORROGASE LA VIGENCIA DEL DECRETO ACUERDO N° 545/2009
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 28 Set. 2009
Fecha de publicacion: 27 Oct. 2009
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 28 de Septiembre de 2009.
VISTO: El Expediente Letra «C» N° 9496/2009, el Expediente Letra «C» Nº 14998/2009, el Decreto Acuerdo N° 2248/2008 y el Decreto Acuerdo Nº 545/2009; y,
CONSIDERANDO: Que a fs. 2, Contaduría General de la Provincia en su condición de Organo Rector del Sistema de Contrataciones del Estado Provincial, advierte que a partir del primero de junio del corriente año, comenzará a regir el Reglamento Parcial N° 2 de la Ley N° 4938 que establece y regula la Administración Financiera, las Contrataciones, la Administración de los Bienes y los Sistemas de Control del Sector Público Provincial, y que constituye la reglamentación de ejecución de los Artículos 86° al 105° del Sistema de Contrataciones del Estado Provincial, en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, el que como Anexo I y Apéndice I, fueron aprobados mediante Decreto Acuerdo N° 2248 de fecha 17 de noviembre de 2008.
Que el mencionado Decreto Acuerdo dispone en su Artículo 4°, la derogación a partir de su entrada en vigencia de toda norma que se oponga a dicho régimen.
Que el Decreto Acuerdo N° 545/2009 de fecha 1 de Junio de 2009 dispone en su artículo 1° la prórroga por un plazo de treinta (30) días de los Decretos Acuerdos que establecen montos, escalas y/o procedimientos excepcionales de contrataciones en las distintas Jurisdicciones y entidades del Poder Ejecutivo Provincial.
Que mediante Decreto Acuerdo N° 803/2009 de fecha 14 de Agosto de 2009 se dispone la prórroga del Decreto Acuerdo N° 545/2009 a partir del día 4 de Agosto del corriente y por un plazo de treinta (30) días.
Que habiendo sido el 16 de Septiembre de 2009, el último día de aplicación del Decreto Acuerdo 545/2009 incluyendo la prórroga dispuesta por el Decreto Acuerdo N° 803/2009, resulta necesario otorgar una nueva prórroga del precitado instrumento legal, que gestiona Contaduría General de la Provincia por Nota C.G.P. N° 244/2009.
Que dada la relevancia y significatividad de los actos administrativos referidos a procedimientos de contrataciones que establecen límites y/o escalas excepcionales para los distintos niveles, como así también, condiciones especiales en cuanto a la instrumentación de dichos procedimientos de selección de oferentes, es menester revisar cada uno de esos instrumentos legales, a efectos de determinar su continuidad, supresión y/o enmienda.
Que al mismo tiempo resulta conveniente y necesario mantener transitoriamente la vigencia de los actos administrativos que permiten llevar a cabo procedimientos de contratación excepcionales.
Que a fs. 12, Asesoría Legal del Ministerio de Hacienda y Finanzas mediante Dictamen N° 26 de fecha 26 de Mayo de 2009, manifiesta que: «no presenta observaciones jurídicas que realizar al proyecto de decreto bajo análisis...». Que Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención mediante Dictamen A.G.G. N° 257 de fecha 28 de Mayo de 2009 (fs. 14/15), sin formular ninguna observación.
Que por lo expresado, en el marco de las facultades conferidas por el Artículo N° 149 de la Constitución Provincial, resulta procedente el dictado del presente instrumento legal.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA
ARTICULO 1°. PRORROGASE, a partir del 17 de Septiembre de 2009 y hasta nueva disposición, la vigencia del Decreto Acuerdo N° 545/2009, prorrogado por el Decreto Acuerdo N° 803/2009, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva- Acuña-Bellón -Ferreyra -Galera-Acuña-Vega
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: