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Título: Decreto PD. (ST) N° 2013 APRUEBASE LA CARTA INTENCION DEL CONVENIO MARCO DE COOPERACION PARA LA PUESTA EN MARCHA DEL PROYECTO «CONSOLIDACION DE ENOTURISMO EN LA ARGENTINA»
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 15 Oct. 2008
Fecha de publicacion: 2 Dic. 2008
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 15 de Octubre de 2008.
VISTO:
El Expte. «S» 6467/2008, mediante el cual la Secretaría de Turismo solicita la aprobación de la Carta Intención para la firma del Convenio Marco de Cooperación entre la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación, Bodegas de Argentina Asociación Civil, El Consejo Federal de Inversiones y las Provincias de San Juan, Mendoza, Neuquén, Río Negro, Salta, Catamarca y La Rioja; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2/6 obra copia de la Carta Intención de referencia de fecha 08 de agosto de 2007.
Que los Gobiernos de las Provincias Vitivinícolas entienden que es de fundamental importancia aunar esfuerzos para posicionar al enoturismo o turismo del vino en el mercado interno e internacional, ya que es producto de alto potencial para generar el desarrollo en las distintas regiones vitivinícolas de nuestro país.
Que el Programa de Consolidación del Enoturismo en la Argentina presentado por Bodegas de Argentina Asociación Civil con el aporte del BID/ FOMIN, tiene como objetivo mejorar el desempeño de los actores asociados al turismo del vino e implementar un modelo de gestión integral del enoturismo específico para Argentina, alineándose con el Plan Estratégico de Turismo Sustentable y con la estrategia Marca País, determinados por la Ley Nacional de Turismo 25.997.
Que Bodegas de Argentina Asociación Civil cuenta con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo BID/FOMIN para financiar parte del Proyecto con la participación de la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación y los gobiernos provinciales de las rutas pilotos (Mendoza, San Juan, Río Negro y Neuquén) y el resto de las rutas vitivinícolas (Salta, Catamarca y La Rioja) para financiar el resto del proyecto.
Que las partes se comprometen, dentro de sus respectivas competencias, a prestar cooperación y colaboración mutua en virtud de la citada Carta Intención, para establecer mecanismos de trabajos que fortalezcan el desarrollo del turismo enológico en la Argentina, a través de la puesta en marcha del PROYECTO DE CONSOLIDACION DEL ENOTURISMO.
Que asimismo, mantendrán un canal de comunicación permanente que permita la adecuada coordinación de las iniciativas tendientes a la ejecución de los fines sostenidos en común y a su seguimiento a través de la conformación de un organismo de conducción y ejecución conjunto, comprometiéndose a realizar el máximo esfuerzo para firmar un Convenio Marco de Colaboración Mutua, en el cual se detallará las diversas etapas que comprende el proyecto y los aportes que deberán hacer las partes firmantes, lo cual deberá ser detallado en el mismo o en las futuras Actas Complementarias que se firmen.
Que a fs. 11/12 Asesoría Legal de la Secretaría de Turismo emite Dictamen N° 10 de fecha 05 de Agosto de 2008.
Que a fs. 15/16 Asesoría General de Gobierno ha tomado debida intervención mediante el Dictamen AGG N° 834/2008.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 149° de la Constitución de la Provincia.
ARTICULO 1°. Apruébase la Carta Intención de fecha 08 de agosto de 2007 del Convenio Marco de Cooperación celebrada entre la Secretaría de Turismo de la Presidencia de la Nación, Bodegas de Argentina Asociación Civil, El Consejo Federal de Inversiones y las Provincias de San Juan, Mendoza, Neuquén, Río Negro, Salta, Catamarca y la Rioja, para la puesta en marcha del Proyecto «Consolidación de Enoturismo en la Argentina, la que como Anexo pasa a formar parte del presente Instrumento Legal.
ARTICULO 2°. Tomen conocimiento a sus efectos: Secretaría de Turismo y Dirección Provincial de Administración del área.
ARTICULO 3°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
CARTA INTENCION PARA LA FIRMA DE CONVENIO MARCO DE COOPERACION ENTRE LA SECRETARIA DE TURISMO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION (SECTUR), BODEGAS DE ARGENTINA ASOCIACION CIVIL, EL CONSEJO FEDERAL DE INVERSIONES Y LAS PROVINCIAS DE SAN JUAN, MENDOZA, NEUQUEN, RIO NEGRO, SALTA, CATAMARCA Y LA RIOJA
En la Ciudad de Mendoza a los 8 días del mes de agosto del año 2007, entre la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, representada en este acto por su Secretario, Dn. Carlos Enrique MEYER, constituyendo domicilio en la calle Suipacha 1111, piso 20 de la misma ciudad en adelante LA SECRETARIA, y representantes de LAS PROVINCIAS VITIVINICOLAS que forman parte de las Rutas Piloto (San Juan, Mendoza, Neuquén y Río Negro) dentro del Programa de Consolidación del Enoturismo, Coop. Técnica No ATN/ME10068 AR, firmado entre el Fondo Multilateral de InversionesBID y BODEGAS DE ARGENTINA AC; y representantes del resto de las PROVINCIAS VITIVINICOLAS que no forman parte de las rutas piloto (Salta, Catamarca y La Rioja), todos ellos adreferéndum de los Sres. Gobernadores de cada Provincia; el CONSEJO FEDERAL DE INVERSIONES, y BODEGAS DE ARGENTINA ASOCIACION CIVIL (BdeA), representada en el mismo acto por su Presidente, Dn. Juan José Canay, con domicilio en la calle Rivadavia 592 de la Ciudad de Mendoza en adelante BODEGAS DE ARGENTINA, y en conjunto las mismas en adelante LAS PARTES, CONSIDERAN:
Que le cabe a la SECRETARIA DE TURISMO DE LA NACION como organismo nacional, encaminar medidas que permitan el desarrollo turístico del país y la promoción de sus atractivos, posicionando al país con una oferta turística rica y diversa que abarque las expectativas de la demanda interna y externa.
Que el turismo ha sido definido por el Gobierno Nacional como sector estratégico para el desarrollo económico y social del país y, como tal, para la promoción de determinados productos claves en la economía nacional.
Que los Gobiernos de las Provincias Vitivinícolas entienden que es de fundamental importancia encaminarse hacia un proyecto de colaboración mutua y unificación de los esfuerzos hacia un objetivo común que posicione a las mismas en el mercado interno como así también internacionalmente, con una propuesta rica y diversa en el mediano y largo plazo.
Que el enoturismo o turismo del vino, es un producto con un alto potencial para generar desarrollo en las distintas regiones vitivinícolas de la Argentina y que LA SECRETARIA ha venido trabajando en ello con el objeto de desarrollar y fomentar la actividad del turismo del vino en el mercado interno e internacional.
Que el programa de Consolidación del Enoturismo en la Argentina presentado por BODEGAS DE ARGENTINA, con el aporte de cooperación técnica con fondos no reembolsables del FOMIN/BID, tiene como objeto mejorar el desempeño de los actores asociados al turismo del vino e implementar un modelo de gestión integral del enoturismo, específico para la Argentina, alineándose con el Plan Estratégico de Turismo Sustentable y con la estrategia Marca País, determinados en la Ley Nacional de Turismo N° 25.997.
Que los actores involucrados en la puesta en marcha de este proyecto representan los intereses de las regiones involucradas en el universo público y privado, siendo la unidad ejecutora Bodegas de Argentina Asociación Civil.
Que Bodegas de Argentina Asociación Civil cuenta con el apoyo del BIDFOMIN para financiar parte del proyecto, y con la participación de la Secretaría de Turismo de la Nación y los gobiernos provinciales de las rutas pilotos (Mendoza, San Juan, Río Negro y Neuquén) y del resto de las rutas vitivinícolas (Salta, Catamarca y La Rioja) para financiar el resto del proyecto.
POR TODO ELLO, las partes firmantes acuerdan celebrar la presente CARTA INTENCION conforme a las siguientes Cláusulas y Condiciones:
PRIMERA: LAS PARTES se comprometen, dentro de sus respectivas competencias, a prestar cooperación y colaboración mutua en virtud de la presente CARTA INTENCION, para establecer un mecanismo de trabajo común que fortalezca el desarrollo del turismo enológíco en la Argentina, a través de la puesta en marcha del PROYECTO DE CONSOLIDACION DEL ENOTURISMO.
SEGUNDA: LAS PARTES mantendrán un canal de comunicación permanente que permita la adecuada coordinación de las iniciativas tendientes a la ejecución de los fines sostenidos en común y, posteriormente, a su seguimiento a través de la conformación de un organismo de conducción y ejecución conjunto.
TERCERA: A los fines de implementar lo estipulado en la CLAUSULA SEGUNDA, LAS PARTES se comprometen a realizar el máximo esfuerzo para firmar un Convenio Marco de Colaboración Mutua, dentro de un plazo de no más de 30 días de suscrita la presente, en el cual se detallará las diversas etapas que comprende el proyecto y los aportes que deberán hacer las partes firmantes, lo cual deberá ser detallado en el mismo o en las futuras Actas Complementarias que se firmen.
CUARTA: La presente podrá ser denunciado por las partes en cualquier momento. Asimismo podrán rescindirlo de mutuo acuerdo y/o unilateralmente por cualquiera de ellas, cuando mediaran acontecimientos imprevisibles y /o probadas razones de fuerza mayor, debiendo comunicarlo previamente por escrito por medio fehaciente, sin que dicha rescisión genere indemnización alguna para ninguna de LAS PARTES.
QUINTA: LAS PARTES acuerdan que para el caso de controversias que pudieran originarse en cuanto a la aplicación y/o interpretación del presente, deberán agotar en primera instancia medidas pacíficas para las diferencias que pudieren generarse, utilizando para ello la herramienta de la mediación.
En su defecto, se someterán a la Jurisdicción de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal de la Capital Federal, renunciando expresamente a cualquier otra competencia.
En prueba de conformidad, previa lectura y conformidad, se firman 10 (diez) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
Nota: Constan 8 firmas.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Mazzoni
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: