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Detalle del Decreto 2035
  

 

Título: Decreto GJ. N° 2035  ADJUDICASE EN DONACION CON CARGO, PARCELAS UBICADAS EN EL BARRIO 33 VIVIENDAS  – CAPITAL A SUS OCUPANTES

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 17 Oct. 2008

Fecha de publicacion: 9 Dic. 2008

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Decreto GJ. N° 2035
ADJUDICASE EN DONACION CON CARGO, PARCELAS UBICADAS EN EL BARRIO 33 VIVIENDAS – CAPITAL A SUS OCUPANTES

San Fernando del Valle de Catamarca, 17 de Octubre de 2008.

VISTO:
El Expediente «D» N° 2325/06, mediante el cual la Unidad Técnica de Coordinación de Acciones de Saneamiento de Título y Regularización Dominial, solicita la regularización Dominial de los ocupantes de las parcelas ubicadas en el Barrio 33 Viviendas de esta Ciudad; y

CONSIDERANDO:
Que se inician las actuaciones por éste organismo la regularización dominial de los vecinos del Barrio 33 viviendas, sito en esta ciudad capital, ante el pedido efectuado por la responsable del área Legal de U.E.P. PRO.ME.BA, quien expresa que el citado barrio se encuentra en el marco del Programa de Mejoramiento de Barrios (PRO.ME.BA) y uno de los objetivos resulta ser la regularización dominial del mismo. Adjunta listado y documentación de los posibles beneficiarios por lo que se dispone la formación de expediente.
Que con fecha 09 de Junio de 2006 personal de la División Estudio e Inspección de Obras de Administración General de Catastro se constituyen en las parcelas identificadas en la planilla elaborada por la repartición, expresando que los lotes están comprendidos dentro del barrio 33 viviendas, los que responden al Plano de Rectificación de Mensura, Unificación y Loteo Archivo N° 921 Departamento Capital, Resolución N° 997/04, los que conforman una superficie aproximada de 27m2, cada uno, en términos generales, existiendo ampliaciones en algunos lotes.
Que el REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMOBILIARIA Y DE MANDATOS, mediante informe obrante a fs.177/180, informa que las parcelas determinadas por Plano de Mensura aprobado por Disposición N° 997 de fecha 06/12/04, Archivo N° 921, se encuentran inscriptas en las Matrículas de Folio Real N° 37510 al N° 37542, Departamento Capital, a nombre del Estado Provincial,
Que en virtud de los objetivos que se amparan y el fin que se persigue «vivienda propia» para cada solicitante, surge la necesidad de resolver la adjudicación subordinándola al cumplimiento de las exigencias de la Ley.
Que ASESORIA GENERAL DE GOBIERNO, mediante Dictamen A.G.G. N° 346/07, obrante a fs. 265/266, considera que puede procederse la donación con cargo únicamente, para aquellos inmuebles cuyos ocupantes reúnan los requisitos exigidos por la Ley N° 4370 y su Decreto Reglamentario N° 1411/93.
Que el presente instrumento se dicta en uso de las facultades establecidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.

Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA:

ARTICULO 1º. Adjudícanse en donación con cargo, las Parcelas ubicadas en el Barrio 33 Viviendas de esta Ciudad Capital, según Plano de Rectificación de Mensuras, Unificación y Loteo, aprobado por Resolución Catastral N° 997 de fecha 06/12/04 Archivo N° 921, Departamento Capital; e inscriptas en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria y de Mandatos a nombre del Estado Provincial, a los ocupantes conforme al detalle obrante en ANEXO I que forma parte del presente Instrumento Legal.

ARTICULO 2°. Impónense a los adjudicatarios las siguientes obligaciones bajo condición resolutoria de la donación:
Inc. a) Construir una vivienda para uso propio y de su familia.
Inc. b) No enajenación del inmueble por el término de diez (10) años.
Inc. c) Construir como mínimo veinte (20) metros cuadrados, contados desde su adjudicación.
Inc. d) El vencimiento del plazo estipulado en el Inc. b), presumirá el cumplimiento de todos los cargos por parte de los destinatarios, caducando automáticamente el derecho de revocar que las normas acuerdan a los donantes.

ARTICULO 3°. Encomiéndase a Escribanía General de Gobierno a faccionar y autorizar la Escritura Traslativa de Dominio con los cargos que anteceden a sus Adjudicatarios.

ARTICULO 4°. Tomen conocimiento a sus efectos: Dirección U.P.E. Unidad Técnica de Coordinación de Acciones de Saneamiento de Títulos y Regularización Dominial, Registro de la Propiedad Inmobiliaria y de Mandatos y Subsecretaría de Asuntos Institucionales.

ARTICULO 5°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

ANEXO I EXPTE «D2325/06 DIR DE ADM. DE TIERRAS FISC. COORD. SANEAM. DE TITULOS S/ REGULARIZACION DOMINIAL DE LOS OCUPANTES DE LAS PARCELAS UBICADAS EN EL BARRIO 33 VIVIENDAS – CAP» – PLANO DE RECTIFICACION DE MENSURAS, UNIFICACION Y LOTEO DE LAS MATRICULAS CATASTRALES 0725245628 Y 0725245832 (Parte mayor superficie) R.P.I. y M. DOMINIO 367 AL 373 DEL AÑO 1968 DPTO. CAPITAL (RES. 997/04 ARCHIVO DPTO CAPITAL N° 921

Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

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