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Título: Decreto OSP. N° 2108 ESTABLECESE NUEVO CUADRO TARIFARIO PARA EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS DE MEDIA Y LARGA DISTANCIA DEL INTERIOR DE LA PROVINCIA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 29 Oct. 2008
Fecha de publicacion: 19 Dic. 2008
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 29 de Octubre de 2008.
VISTO:
El Expte. D 27340/2008, mediante el cual la Dirección Provincial de Transporte, tramita la implementación de un Nuevo Cuadro Tarifario para el Servicio de Transporte Público de Pasajeros de Corta, Media y Larga Distancia de las trazas del Interior de la Provincia.
CONSIDERANDO:
Que la actual situación económica imperante ha proyectado sus impactos en los diversos ámbitos; produciendo un desfasaje económico que perjudica a los permisionarios del servicio de transporte público de pasajeros, que han debido asumir la suma de los costos para continuar con la normal prestación del servicio.
Que las empresas de Transporte expresaron la necesidad de actualización de la Tarifa, manifestando un desfasaje superior al 60% por debajo de los costos de la explotación del servicio.
Que la variación del costo de los insumos y de los medios necesarios para la prestación del servicio se encuentran fehacientemente comprobados, de conformidad a la comunicación cursada por la Unión Tranviarios Automotor Seccional Catamarca de la nueva escala salarial aplicable a los trabajadores de la actividad; y del informe técnico obrante a fojas 05/07 de autos.
Que ante la situación configurada, y a fin de evitar la suspensión del servicio y lograr la normal continuidad de su prestación, resulta necesario y justo readecuar en forma inminente los valores tarifarios vigentes.
Que han tomado la debida intervención las Asesorías Contables y Legales de las dependencias competentes del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
Que ha tomado la debida intervención Legal la Asesoría General de Gobierno mediante Dictamen A.G.G. N° 1099 de fecha 23 de Octubre de 2.008; expidiéndose en forma favorable sobre la continuidad del trámite.
Que el presente Instrumento Legal se dicta en uso de las competencias y facultades otorgadas por el Art. 149 inc. 25 de la Constitución Provincial y el Art. 21 de la Ley N° 4963 del 14 de Mayo de 1997, y su Decreto Reglamentario H.F. N° 2032 del 09 de Diciembre de 1997.
ARTICULO 1°. Establécese a partir de la cero hora (00:00 hs.) del día 01 de Noviembre de 2.008 el incremento de la Tarifa del Trasporte Público de Pasajeros de Media y Larga Distancia del Interior de la Provincia.
ARTICULO 2°. Establécese que el índice y el valor de la tarifa que corresponda a su recorrido, traza y Localidad del Interior de la Provincia, son los consignados en la Planilla que como Anexo I forma parte integrante del presente Instrumento Legal.
ARTICULO 3°. Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Obras y Servicios Públicos; Subsecretaría de Servicios Públicos y Dirección Provincial de Transporte.
ARTICULO 4°. Comuníquese, publíquese, y dése al Registro Oficial y archívese.
Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección de Boletín Oficial.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Acuña
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: