Digesto Legislativo Provincial

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Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 2138
  

 

Título: Decreto Acuerdo N° 2138  CREASE EL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA I.P.A.P.

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 3 Nov. 2008

Fecha de publicacion: 26 Dic. 2008

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Decreto Acuerdo N° 2138
CREASE EL INSTITUTO PROVINCIAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA I.P.A.P.

San Fernando del Valle de Catamarca, 03 de Noviembre 2008.

VISTO:
Las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por la Ley 4639 de Reforma del Estado, su complementaria Ley 4693 de Reorganización de la Estructura Orgánica de los Ministerios y sus modificatorias 4987, 5107 y 5239; y

CONSIDERANDO:
Que el artículo 2° de la Ley 4639 faculta al Poder Ejecutivo a disponer la Transformación, Descentralización, Privatización, Creación, Escisión, Fusión, Supresión y Liquidación total o parcial de los organismos del Poder Ejecutivo.
Que el artículo 2° de la Ley 4693, de Reorganización de la Estructura Orgánica de los Ministerios, faculta al Poder Ejecutivo a establecer mediante Decreto las Misiones y Funciones, Ambito de Competencia y Estructuras Orgánicas de los Ministerios, como asimismo, lo relacionado con las Secretarías y Subsecretarías de Estado y demás organismos y Entes que dependen directamente del Poder Ejecutivo, Ministerios o que integren la Administración Central y Descentralizada del Gobierno Provincial.
Que el Decreto Acuerdo N° 1544/07 dispone que serán aprobadas por Decreto del Poder Ejecutivo, en Acuerdo de Ministros, las estructuras orgánicas hasta nivel de Dirección.
Que el Decreto Acuerdo N° 2364/93 dispone la creación del Programa de Capacitación para la Administración Pública Provincial PROCAP.
Que la transformación del citado Programa resulta conveniente, ya que debe considerarse que la capacitación de los agentes es una inversión, no solo de desarrollo personal, sino orientada a lograr mayor capacidad de respuesta para brindar servicios de calidad.
Que es necesario que la Provincia de Catamarca cuente con un organismo cuyas funciones constituyan un auténtico apoyo a las múltiples tareas que se encaran a partir de la reforma y reorganización del Estado, asistiendo a la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública en las actividades que hacen a la administración de personal, su jerarquización y perfeccionamiento para la función pública, basando las acciones en la ética pública sustentada en la responsabilidad de sus funcionarios.
Que el presente acto administrativo se dicta de acuerdo a las facultades otorgadas por los instrumentos legales mencionados y las atribuciones conferidas por el artículo 149° de la Constitución Provincial.

Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA EN ACUERDO DE MINISTROS DECRETA:

ARTICULO 1°. Transfórmase el actual Programa de Capacitación para la Administración Pública Provincial PROCAP en el INSTITUTO PROVINCIAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA (I.P.A.P.), con dependencia de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública, de acuerdo con los Objetivos y Acciones que como Anexo I se agrega y forma parte del presente instrumento legal.

ARTICULO 2°. El Director del Instituto Provincial de la Administración Pública mantendrá, durante el Ejercicio 2008, la remuneración actual correspondiente a Coordinador índice 1 (uno).

ARTICULO 3°. Derógase el Artículo 4° del Decreto Acuerdo N° 2364/93.

ARTICULO 4°. Déjase establecido que las partidas presupuestarias previstas en el Ejercicio 2008 para el Programa de Capacitación para la Administración Pública PROCAP, integrarán las partidas del I.P.A.P. creado por el Artículo 1°, las que se adecuarán a las necesidades operativas del Area.

ARTICULO 5°. Comuníquese, Publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

ANEXO I INSTITUTO PROVINCIAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

OBJETIVOS:

1. Posibilitar la adecuada formación, capacitación y motivación del personal de la Administración Pública Provincial.

2. Lograr acuerdos institucionales que permitan realizar y transferir actividades formativas con otras organizaciones públicas de gestión estatal o no gubernamental.

ACCIONES:

1. Intervenir en el diseño y ejecución del diagnóstico de necesidades de capacitación y promover e implementar actividades de capacitación, formación, perfeccionamiento, actualización y entrenamiento de los agentes públicos (en las modalidades presencial, semipresencial y a distancia) conforme a las demandas específicas de las distintas jurisdicciones y los objetivos generales de capacitación fijados por la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública.

2. Elaborar anualmente el plan de capacitación y desarrollo para el personal de la Administración Pública Provincial.

3. Planificar y ejecutar programas de capacitación, especialización, actualización y formación de integrantes de organizaciones públicas de gestión estatal o no gubernamental que surjan de convenios celebrados.

4. Planificar y ejecutar los programas de capacitación, permanentes y especiales, asociados a los lineamientos establecidos para la modernización del Estado y profesionalización del empleo público.

5. Planificar o coordinar programas de formación para los niveles superiores, directivos y gerenciales del Sector Público Nacional, Provincial o Municipal.

6. Participar en la implementación, ejecución y evaluación de las actividades de capacitación.

7. Propiciar la celebración de acuerdos de apoyo e intercambio en materia de capacitación con entidades públicas o privadas y coordinar su realización.

8. Intervenir en todas las iniciativas generadas por las distintas jurisdicciones en materia de capacitación y fortalecimiento institucional.

9. Propiciar la compra de material bibliográfico referido a Administración Pública y centralizar, actualizar y asegurar la difusión de la documentación relativa a temáticas de Administración Pública, articulando con otras instituciones acciones de intercambio y cooperación en la materia.

10. Supervisar el diseño del material pedagógico necesario para el apoyo a las actividades de formación y capacitación.

11. Gestionar la adquisición de recursos de capacitación y mantener un inventario actualizado de los mismos.

12. Realizar la coordinación de las actividades de los recursos humanos, y administrar los recursos físicos necesarios para el funcionamiento general del Instituto, acorde a las normativas vigentes.

13. Requerir y brindar asistencia técnica y de cooperación mediante programas especiales a organismos provinciales, nacionales, municipales y no gubernamentales.

14. Promover la integración de redes de instituciones educativas relacionadas con Administración Pública, a fin de intercambiar información, material didáctico y bibliográfico, programas, resultados, experiencias, banco de casos, técnicas, metodologías, entre otras.

15. Colaborar con el Programa de Selección y Evaluación en los procesos de evaluación de recursos humanos públicos.

16. Elaborar propuestas que permitan el reconocimiento de los agentes que participen de las actividades de capacitación.

17. Elevar informes de gestión que permitan la evaluación de los resultados obtenidos.

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL-Silva-Galera-Acuña-Acuña-Ferreyra-Mazzoni-Vega

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletín Oficial 104/2008

  • Sin temas relacionados

  • Este decreto no ha sido derogado

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

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