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Título: Decreto PD. N° 1348 RATIFICASE CONVENIO DE COOPERACION TECNICA ENTRE EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DE LA NACION Y LA PROVINCIA DE CATAMARCA
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 26 Oct. 2010
Fecha de publicacion: 26 Nov. 2010
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Decreto PD. N° 1348
RATIFICASE CONVENIO DE COOPERACION TECNICA ENTRE EL
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DE LA NACION
Y LA PROVINCIA DE CATAMARCA
San Fernando del Valle de Catamarca, 26 de Octubre de 2010.
VISTO: El Expediente Letra «M»N° 20508/2010, mediante el cual se gestiona la ratificación del
Convenio de Cooperación Técnica suscripto entre
el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DE LA NACION y el
MINISTERIO DE PRODUCCION Y
DESARROLLO; y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 09 de Agosto de 2010, se
suscribió un Convenio de Cooperación Técnica
entre el MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA DE LA NACION y el
MINISTERIO DE PRODUCCION Y
DESARROLLO, el que consta de doce (12) cláusulas, y cuya finalidad es la Ejecución del
Subcomponente «APOYO TECNICO PARA EL
FORTALECIMIENTO DE LA INSTITUCIO NALIDAD RURAL PROVINCIAL» del Compo nente Fortalecimiento Institucional del Programa PROINDER ADICIONAL.
Que la Cláusula Primera establece «Reconocer como objetivo del convenio: generar capacidad
institucional para implementar la estrategia, proyectar y ejecutar acciones de desarrollo rural a nivel provincial de
manera tal que favorezca la participación de las organizaciones gremiales y de
la comunidad, municipios e instituciones de apoyo, a la vez que promover la descentralización de la
gestión del desarrollo rural».
Que en el Anexo I del convenio utsupra mencionado se especifica la problemática a tratar,
indicando los objetivos, resultados y actividades.
Que asimismo las partes acordaron ejercer todas
las acciones tendientes al cumplimiento del objetivo
propuesto. Que obra informe expedido por la DIRECCION
PROVINCIAL DE EXTENSION RURAL
dependiente de la SUBSECRETARIA DE
AGRICULTURA Y GANADERIA, de donde surge que «...Dicho convenio tiene como marco el
PROINDER. Este es un proyecto de cobertura nacional, financiado por el BIRF y ejecutado por
la SAGPyA en forma descentralizada en todo en el
país. Tiene dos componentes principales, Apoyo a
las Iniciativas Rurales (AIR), a cargo del Programa Social Agropecuario; y Fortalecimiento
Institucional, implementado por la Dirección de Desarrollo Agropecuario....
En el Componente Fortalecimiento Institucional, la participación de los beneficiarios y las instituciones de apoyo está
prevista en los cinco subcomponentes que lo
integran, entre ellos, el Fortalecimiento de la
institucionalidad rural provincial. En sus objetivos
se propone favorecer la participación de las organizaciones gremiales y de la comunidad, e
instituciones de apoyo, en la gestión, planificación
e implementación del desarrollo rural.... por todo
lo antes expuesto, esta Dirección considera viable
y beneficioso para esta provincia la ratificación de dicho convenio...».
Que la ratificación del Convenio, constituye una
facultad discrecional del Poder Ejecutivo, a ser adoptada por cuestiones de mérito, oportunidad y/ o conveniencia.
Que Asesoría Legal del MINISTERIO DE
PRODUCCION Y DESARROLLO han tomado
intervención en materia de su competencia.
Que ASESORIA GENERAL DE GOBIERNO, que se ha expedido mediante Dictamen A.G.G. N° 559/10.
Que el Poder Ejecutivo es competente para el
dictado del presente instrumento legal, de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 149° de Constitución de la Provincia de Catamarca.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA DECRETA
ARTICULO 1°.. Ratifícase en todas sus partes el CONVENIO DE COOPERACION TECNICA
ENTRE EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA Y LA PROVINCIA DE
CATAMARCA PARA LA EJECUCION DEL
SUBCOMPONENTE «APOYO TECNICO PARA
EL FORTALECIMIENTO DE LA INSTITUCIO NALIDAD RURAL PROVINCIAL» DEL
COMPONENTE FORTALECIMIENTO INSTI TUCIONAL DEL PROGRAMA PROINDER
ADICIONAL, suscripto entre el MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y el
MINISTERIO DE PRODUCCION Y
DESARROLLO, de fecha 09 de Agosto del año
2010, por los motivos expuestos en el exordio, el
que como Anexo pasa a formar parte del presente
instrumento legal.
ARTICULO 2°. Tomen conocimiento: MINISTERIO DE PRODUCCION Y
DESARROLLO, SUBSECRETARIA DE AGRI CULTURA Y GANADERIA, y DIRECCION
PROVINCIAL DE EXTENSION RURAL.
ARTICULO 3°. Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL - Bellon
Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)
Observaciones: