Digesto Legislativo Provincial

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Decreto Acuerdo
  
    

  
Detalle del Decreto Acuerdo 1618
  

 

Título: Decreto Acuerdo Nº 1618  IMPLEMENTASE UN «ADICIONAL  POR ACTIVIDAD TECNICA  –   ADMINISTRATIVA» EN EL AMBITO DE  LA SECRETARIA GENERAL  DE LA  GOBERNACION Y ORGANISMOS DE  SU DEPENDENCIA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 6 Dic. 2010

Fecha de publicacion: 17 Dic. 2010

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Decreto Acuerdo Nº 1618 
IMPLEMENTASE UN «ADICIONAL  POR ACTIVIDAD TECNICA  – 
 ADMINISTRATIVA» EN EL AMBITO DE  LA SECRETARIA GENERAL 
DE LA  GOBERNACION Y ORGANISMOS DE  SU DEPENDENCIA

San Fernando del Valle de Catamarca,  06 de Diciembre de 2010. 

VISTO:  El Expediente A­15428/2006 Agregados E­  1744/2007, P­17578/2008, P­14050/2010, A­  21143/2010; y

CONSIDERANDO:  

Que por las mencionadas actuaciones agentes  dependientes de las distintas Areas de la Secretaría 
General de la Gobernación solicitan el incremento
de adicionales vigentes a la fecha en el ámbito de
Organismos dependientes de la Subsecretaría de Recursos Humanos y Gestión Pública o implemen­ 
tación de un adicional para el personal que desempeña tareas en dependencias de la Subsecretaría de Coordinación y Despacho.  

Que analizadas las peticiones formuladas, el 
Poder Ejecutivo a través de la Secretaría General 
de la Gobernación, en el marco de las posibilidades  presupuestarias y financieras de la Jurisdicción, ha merituado la conveniencia de implementar un
adicional de carácter remunerativo no bonificable 
que beneficie a todos los agentes de su dependencia 
y no a un sector específico y que tienda además a premiar el compromiso de los agentes con los  objetivos institucionales.  

Que a tal fin se elaboró un esquema de funciones  y montos del Adicional que se propicia que prevea
el reconocimiento de las mayores responsabilidades  y conocimientos específicos que deben acreditar,  en razón de la especialidad en la gestión
administrativa y técnica.  

Que ha tomado intervención el  Ministerio de Hacienda y Finanzas por medio de los Organismos 
técnicos de su dependencia.  

Que se ha expedido favorablemente Asesoría 
General de Gobierno, mediante Dictamen A.G.G.  N° 785/10, no formulando objeciones para la
continuidad del presente trámite.  Que el presente acto se dicta en uso de las 
facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia. 

Por ello, 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA  DE CATAMARCA  EN ACUERDO DE MINISTROS  DECRETA:

ARTICULO 1°.­ Impleméntase a partir del 01
de Noviembre de 2.010, un Adicional de Carácter  Remunerativo y No Bonificable, denominado
«Adicional por Actividad Técnica­Administrativa»
que será percibido por  el personal del Escalafón General ­Ley 3198­ que reviste en calidad de Personal Permanente y No Permanente 
­Contratado Locación de Servicios­ con dependencia
presupuestaria y efectiva prestación de servicios,  en la Secretaría General de la Gobernación y
Organismos de su dependencia, el que será
compatible con la percepción de cualquier otro
adicional; en los montos y funciones que a
continuación se indican: 

ARTICULO 2°.­ Exceptúase de las disposi­  ciones del Artículo 1° a los Profesionales  Universitarios que cumplan funciones de Auditor 
 y que perciben el Adicional establecido por Decreto
Acuerdo N° 1597/2010. 

ARTICULO 3°.­ Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial y Archívese

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL - Silva - Acuña - Bellon - Marcolli - Perna -Acuña - Vega

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 101/2010

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