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Detalle del Decreto 1631
  

 

Título: Decreto OSP. Nº 1631  ESTABLECESE  UN INCREMENTO EN LA  TARIFA  DEL TRANSPORTE PUBLICO  DE  PASAJEROS  DE MEDIA  Y  LARGA  DISTANCIA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 7 Dic. 2010

Fecha de publicacion: 17 Dic. 2010

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Decreto OSP. Nº 1631 
ESTABLECESE  UN INCREMENTO EN LA  TARIFA 
DEL TRANSPORTE PUBLICO  DE  PASAJEROS 
DE MEDIA  Y  LARGA  DISTANCIA

San Fernando del Valle de Catamarca,  07 de Diciembre de 2010. 

VISTO:  El  Expte.  D­17848/2010,  mediante el cual la Dirección Provincial de Transporte dependiente de
la Subsecretaría de Servicios Públicos del 
Ministerio de Obras y Servicios Públicos, tramita 
la implementación de un Nuevo Cuadro Tarifario
para el Servicio de Transporte Público de Pasajeros  de Media y Larga Distancia de las trazas del Interior  de la Provincia; y

CONSIDERANDO:  
Que la actual situación económica imperante ha proyectado sus impactos en los diversos ámbitos,  produciendo un defasaje económico que perjudica
a los permisionarios del Servicio de Transporte Público de Pasajeros, que han debido asumir  la
suma de los costos para continuar con la normal 
prestación del servicio. 

Que las empresas de transporte expresaron la  necesidad de actualización de la Tarifa,  manifestando que debido al incremento 
en insumos  básicos y salarios más compromisos tributarios,  sufren un defasaje perjudicial y de alto impacto en
el Servicio Públicos de Transporte Pasajeros,  generando una alteración en la economía y en la  continuidad del servicio. 

Que ante la situación configurada y a fin de
evitar la suspensión del servicio y lograr la normal  continuidad de su prestación, resulta necesario y
justo readecuar en forma inminente los valores 
tarifarios vigentes, concediendo un incremento en
la tarifa de un treinta y cuatro por ciento (34%). 

Que han tomado la debida intervención las  Asesorías Contables y Legales de las dependencias  competentes del Ministerio de Obras y Servicios  Públicos. 

Que Asesoría General de Gobierno emite Dictamen A.G.G. N° 711/10, expidiéndose en forma
favorable sobre la continuidad del trámite. 

Que el presente Instrumento Legal se dicta en
uso de las competencias y facultades otorgadas por  el Artículo 149 de la Constitución Provincial y el 
Artículo 21° de la Ley N° 4906 y su Decreto Reglamentario N° 2032/97. 

Por ello; 

EL GOBERNADOR DE  LAPROVINCIA  DE CATAMARCA  DECRETA

ARTICULO 1°.­ Establécese a partir de la cero
hora (00:00 hs.) del día 11 de Diciembre de 2010,  un Incremento en la Tarifa del Transporte Público
de Pasajeros de Media y Larga Distancia del Interior  de la Provincia,  por los motivos expuestos en el  exordio. 

ARTICULO 2°.­ Establécese que el valor de la 
tarifa que corresponda a su recorrido, traza y
Localidad del Interior de la Provincia, son los  consignados en las Planillas que como Anexo I 
forman parte integrante del  presente Instrumento
Legal. 

ARTICULO 3°.­ Tomen conocimiento a sus  efectos: Ministerio de Obras y Servicios Públicos,  Subsecretaría de Servicios Públicos y Dirección Provincial de Transporte. 

ARTICULO 4°.­ Comuníquese, publíquese,  dése al Registro Oficial y Archívese. 

 

Firmantes: BRIZUELA DEL MORAL - Acuña

Gestión: Eduardo Brizuela del Moral (Gestion 2007-2011)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 101/2010

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