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Título: RECATEGORIZACIÓN DE AGENTES DE ACUERDO A LEY Nº 4130
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 21 Marzo 1985
Fecha de publicacion: 21 Marzo 1985
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 21 de Marzo de 1985.
VISTO:
La necesidad de reglamentar la Ley Nº 4130, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de una recategorización de los agentes que se encuentran encuadrados en la norma legal;
Que a tales fines es necesario un estudio serio y responsable de la situación de revista de los posibles beneficiarios habida cuenta la difícil situación económica que padece la provincia de Catamarca, de modo ta1 que no se acuerde el beneficio a quienes en realidad no encuadran en la preceptiva legal;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO DE MINISTROS
DECRETA:
Art. 1.- Se considerará "Inspectores" o "Verificadores" (Full-Time) a los efectos de la presente ley, los agentes que al 16OCT84, hayan cumplido en forma real y efectiva dichas funciones y/o percibieran los beneficios adicionales fuera de escalafón contemplado en el art. 4 de la Ley 3630 y sus modificatorias Leyes 3890 y 4026.
Art. 2.- A los efectos de esta determinación, el Organismo respectivo informará cuáles son los agentes que resultaren beneficiarios de la recategorización, debiendo coincidir este informe con las constancias existentes en el legajo personal de cada posible beneficiario en Dirección General de Personal.
Art. 3.- En el supuesto que algún agente se sienta omitido en los respectivos informes, podrá acreditar su calidad a gozar del beneficio en forma sumaria, mediante el sistema recursivo normado por la Ley de Procedimiento Administrativos 3559.
Art. 4.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese,
Firmantes: SAADI-Díaz Martínez-Casas-Herrera
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones: