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Detalle del Decreto 478
  

 

Título: RATIFÍCASE EL CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA ASESORÍA GENERAL DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA ASESORÍA GENERAL DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 14 Marzo 2023

Fecha de publicacion: 31 Marzo 2023

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Decreto GJyDH. Nº 478
RATIFÍCASE EL CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA ASESORÍA GENERAL DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA ASESORÍA GENERAL DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA

San Fernando del Valle de Catamarca, 14 de marzo de 2023.

    VISTO:
    El Expediente EX-2022-02227940-CAT-AGG, por el cual Asesoría General de Gobierno, gestiona la ratificación del «Convenio de Colaboración Académica entre la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Catamarca»; y

    CONSIDERANDO:
    Que a orden 02, obra Copia Digitalizada N° COPDI-2022-02227716-CAT-AGG de fecha 15 de Noviembre de 2022, en la que se adjunta el «Convenio de Colaboración Académica entre la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Catamarca», el que tiene por objeto la capacitación y el perfeccionamiento de quienes integran la planta de personal dedicado a tareas jurídicas, asimismo, estimular la colaboración conjunta, en aras de perfeccionar los mecanismos de asistencia jurídica y su correlato en el afianzamiento de los vínculos federales que fortalecen la institucionalidad.
    Que a través de la Escuela de Abogacía de la Administración Pública Provincial, se desarrollarán actividades de capacitación para el personal de la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Catamarca, y determinaran quienes serán sus destinatarios, garantizando así la formación continua de los que representan y defienden los intereses del Estado, así como también de la sociedad en general.
    Que a orden 04, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen de Firma Conjunta N° IF-2022-02328496-CAT-AGG de fecha 28 de Noviembre de 2022, manifestando que las partes considerán que en función de los análogos propósitos que tienen asignados, las mismas son contestes en que la instrumentación de la cooperación recíproca coadyuvará a sus respectivos desarrollos institucionales, al incrementar sus capacidades de difusión, investigación, capacitación y perfeccionamiento, puntualmente en este caso, en el ámbito de la Abogacía pública. Reconocen el potencial que entraña este modo de vinculación y el interés común que representa, toda vez que contribuirá al fortalecimiento y optimización de las capacidades estatales en lo que se refiere al servicio que brindan a la ciudadanía aquellos operadores jurídicos. La procuración del Tesoro ha dicho en su Dictamen 221/2008; Tomo: 267, Página: 16 «La ratificación es el acto por el cual la autoridad competente reconoce como propios los actos realizados por otra autoridad que no era competente para dictarlos, no es un acto constitutivo sino declarativo de derechos, y tiene efectos retroactivos, es decir, que sus consecuencias se proyectan hacia el pasado hasta la fecha de emisión del acto objeto de ratificación. El acto necesitado de ratificación es un acto administrativo regular, que produce desde su nacimiento efectos jurídicos, sólo que está viciado, ese vicio es eliminado por la ratificación. En tal sentido, la ratificación, mantiene los efectos ya existentes del acto administrativo, es decir, que los efectos que cumplió hasta la ratificación son válidos y los legitima para el futuro». Concluye que por todo lo expuesto, estima procedente que el Poder Ejecutivo, en uso de las facultades conferidas por el art. 149° de la Constitución de la Provincia de Catamarca, podrá emitir el acto administrativo (Decreto) por cual se ratifique el Convenio de Colaboración entre la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Catamarca y la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires de fecha 10 de Noviembre de 2022.
    Que el presente acto se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase en todas sus partes el «Convenio de Colaboración Académica entre la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Catamarca», celebrado en el mes de Noviembre del 2022, el que pasa a formar parte integrante del presente instrumento legal.

ARTÍCULO 2°.- Tome conocimiento a sus efectos: Asesoría General de Gobierno quién mediante Nota de Estilo notificará del presente Decreto a la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 


CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE LA
ASESORÍA GENERAL DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Y LA ASESORÍA GENERAL DE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA

Entre la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por su titular, Santiago Carlos PÉREZ TERUEL, con domicilio en Calle 9 N° 1117, ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, y La Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Catamarca, representada en este acto por titular, Nicolás ROSALES MATIENZO con domicilio en Sarmiento 613, San Fernando del Valle de Catamarca, convienen presente Convenio Colaboración, sobre la base de las siguientes consideraciones.
PRIMERA: Ambos Organismos atienden, con sus diferencias específicas, cuestiones relativas al asesoramiento jurídico en el ámbito del poder Ejecutivo provincial.
SEGUNDA: La Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, cuenta con capacidad y experiencia en formación laboral específica, por intermedio de la Dirección Provincial de la Escuela de Abogacía de la Administración Pública.
TERCERA: La Asesoría General de Gobierno de la provincia de Catamarca, observa que sería de utilidad para el perfeccionamiento de quienes integran la planta de personal dedicado a tareas jurídicas, contar con la colaboración de dicha Escuela.
CUARTA: Ambos organismos entienden la importancia de la capacitación, y comparten la idea estimular la colaboración conjunta, en aras de perfeccionar los mecanismos de asistencia jurídica; y su correlato en el afianzamiento de los vínculos federales que fortalecen la institucionalidad; en la medida que las acciones no comprometan las respectivas responsabilidades que la ley les asigna.
QUINTA: La firma del presente Convenio de Colaboración entre ambas Asesorías Generales, no produce por sí, otros efectos ni obligaciones de tipo jurídica ni económica, que las derivadas de la cooperación en materia de capacitación.
SEXTA: Las partes acuerdan que La Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Escuela de Abogacía de la Administración Pública Provincial, desarrollará actividades de capacitación para el personal de la Asesoría General de Gobierno de la Provincia de Catamarca, quién determinará quienes serán sus destinatarios.
SÉPTIMA: Toda declaración de compromisos futuros a través de acciones en el marco del presente Convenio se efectuarán a través de Protocolos Adicionales, que se suscribirán a tal efecto.
En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de..... días del mes de noviembre del año 2022.

Nicolás Rosales Matienzo
Asesor General de Gobierno
Provincia de Catamarca

Dr. Santiago Carlos Pérez Teruel
Asesor General de Gobierno
Asesoría General de Gobierno

 

Firmantes: JALIL-Miranda

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

Observaciones:

   
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