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Detalle del Decreto 1888
  

 

Título: Decreto GJyDH. Nº 1888 DECLÁRESE INHÁBILES ADMINISTRATIVOS LOS DÍAS COMPRENDIDOS DESDE EL 10 AL 14 Y 17 AL 21/07/2023 A LOS FINES DEL CÓMPUTO DE LOS TÉRMINOS PROCESALES

Estado: Vigente

Fecha de sanción: 5 Julio 2023

Fecha de publicacion: 14 Julio 2023

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Decreto GJyDH. Nº 1888
DECLÁRESE INHÁBILES ADMINISTRATIVOS LOS DÍAS COMPRENDIDOS DESDE EL 10 AL 14 Y 17 AL 21/07/2023 A LOS FINES DEL CÓMPUTO DE LOS TÉRMINOS PROCESALES

San Fernando del Valle de Catamarca, 05 de julio de 2023.


    VISTO:
    El Expediente EX-2023-01550543- -CAT-MEC y el Decreto T.P. y R.H. N° 1829 de fecha 26 de Junio de 2023; y

    CONSIDERANDO:
    Que por Decreto T.P. y R.H. N° 1829 de fecha 26 de Junio de 2023, se dispuso acordar la «Feria Invernal» en todo el sector de la Administración Pública Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados y/o Autárquicos), la que se cumplirá en dos (2) períodos iguales de cinco (5) días hábiles cada uno entre los períodos 10/07/23 al 14/07/23 y 17/07/23 al 21/07/23.
    Que como consecuencia de lo expresado y resultando obligatorio el cumplimiento de los plazos establecidos en el Código de Procedimientos Administrativo de la Provincia de Catamarca, de los distintos Estatutos y Escalafones vigentes, el Régimen de Licencias, Justificaciones y Franquicias -Decreto Acuerdo N° 1875/1994 y demás disposiciones legales vigentes, resulta necesario declarar inhábiles administrativos los días comprendidos en el Artículo 1° del Decreto T.P. y R.H. N° 1829 de fecha 26 de Junio de 2023 (10/07/23 al 14/07/23 y 17/07/23 al 21/07/23), a los fines del cómputo de los términos procesales, este último, sin perjuicio de la validez de los actos que pudieran ejecutar o cumplirse durante ese período.
    Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución Provincial.

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Declárese inhábiles administrativos los días comprendidos desde el 10/07/23 al 14/07/23 y 17/07/23 al 21/07/23, correspondientes a la Feria Invernal 2023, a los fines del cómputo de los términos procesales, este último sin perjuicio de la validez de los actos que pudieran ejecutarse o cumplirse durante ese período.

ARTÍCULO 2º.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Poder Legislativo, Poder Judicial, Organismos Nacionales y Municipios de la Provincia de Catamarca.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, Publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

 

 

Firmantes: JALIL-Miranda

Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil

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