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Título: Decreto IDySP. N° 2080 CONFÍRMASE EL PROYECTO DE SISTEMAS AGROALIMENTARIOS CLIMÁTICAMENTE INTELIGENTE E INCLUSIVOS (CIAF)
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 29 Ago. 2023
Fecha de publicacion: 8 Set. 2023
Cuerpo de Decreto: | Descargar PDF
San Fernando del Valle de Catamarca, 29 de Agosto de 2023.
VISTO:
El Expediente EX-2023-01900031-CAT-MIDSP, mediante el cual se gestiona la aprobación del Convenio suscripto entre el Ministerio de Economía de la Nación y la Provincia de Catamarca, para la ejecución del «Proyecto de Sistemas Agroalimentarios Climáticamente Inteligentes e Inclusivos»; y
CONSIDERANDO:
Que el Convenio suscripto entre el Ministerio de Economía de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Catamarca suscripto con fecha 07 de Febrero de 2023, el que tiene por objeto establecer un marco de colaboración mutua y asistencia técnica, asumiendo las partes el compromiso de ejecutar el subcomponente del proyecto de conformidad a las disposiciones contenidas en el presente Convenio de Préstamo y el Manual de Operaciones del Proyecto con sus respectivos anexos.
Que por la cláusula tercera se establece que el Ministerio de Economía de la Nación, a través de la Secretaría de Planificación del Desarrollo y la Competitividad Federal en coordinación con la DIPROSE, será el organismo ejecutor del proyecto.
Que asimismo, en la cláusula cuarta se establece que la Provincia a través de la UPE (Unidad Provincial de Ejecución) que deberá conformar tendrá a su cargo la apertura de una cuenta provincial del proyecto y entre otras funciones deberá transferir los recursos a las comunidades o entidades beneficiarias de acuerdo a los subproyectos de Medios de Vida Rurales aprobados y supervisar su ejecución.
Que por la cláusula quinta se establece que el financiamiento para el subcomponente del proyecto se realizará por el Ministerio de Economía de la Nación, a través de la Secretaría de Planificación del Desarrollo y la Competitividad Federal pondrá a disposición de la Provincia fondos de carácter de Aportes No Reembolsables hasta la suma en pesos equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL (USD 1.400.000). La Provincia aportara recursos provinciales propios o su equivalente en bienes o servicios hasta la suma en pesos equivalente a DOLARES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO (USD 228.148) durante el periodo de vigencia del presente Convenio.
Que a su vez, por la cláusula novena y décima se destacan los compromisos asumidos por ía Provincia con relación a la ejecución del subcomponente y monitoreo del proyecto ajustado al Manual de Operaciones, en particular en materia de diseño y cronograma de informe.
Que a orden 03, obra Nota N° NO-2023-01900060-CAT-MIDSP de fecha 14 de Agosto de 2023 suscripta por el Ministro de Inclusión Digital y Sistema Productivos, el cual adjunta como archivo embebido el convenio suscripto entre el Ministerio de Economía de la Nación y la Provincia de Catamarca, para la ejecución del «Proyecto de Sistemas Agroalimentarios Climáticamente Inteligentes e Inclusivos».
Que a orden 06, interviene Asesoría Legal de la Secretaría de Coordinación Institucional dependiente del Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos mediante Dictamen N° IF-2023-01900438-CAT-SCI#MIDSP de fecha 15 de Agosto de 2023, expresando que ante todo, cabe poner de resalto que de los antecedentes reseñados, se desprende que en las presentes actuaciones la Nación y Provincia se encuentran persiguiendo mediante el convenio suscripto, la mutua colaboración para contribuir al mejoramiento de la población rural mediante la inversión de subproyectos de Medios de Vida Rurales aprobados y supervisar su ejecución. A partir de esta comprensión, la competencia para suscribir acuerdos con la Nación, Provincias y Municipios, se encuentra específicamente atribuida por la Constitución Provincial al Gobernador de la Provincia. Asimismo, conforme a las obligaciones asumidas por la Provincia en las distintas cláusula contractuales, a los fines de procurar la operatividad del Convenio, el Gobernador de la Provincia debería encomendar al Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos que actué como organismo ejecutor del Convenio, con facultades suficientes para disponer de los fondos que sean transferidos por la nación a la provincia con destinos al financiamiento del Proyecto Especifico; suscribir acuerdos con personas de derecho público con la finalidad de ejecutar el Proyecto que dio origen al Convenio; establecer el organismo dependiente del Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos que tendrá a su cargo presentar ante el Ministerio de Nación la rendición de cuenta final detallada y debidamente documentada y todas aquellas medidas que fueren necesarias para lograr el cumplimiento efectivo del Convenio. Asimismo agrega que sobre la base de las consideraciones a las que he arribado en el apartado anterior; entiende que a los efectos de otorgar eficacia en el plano interno provincial al Convenio de Ejecución del «Proyecto de Sistemas Agroalimentarios Climáticamente Inteligentes e Inclusivos», suscripto con fecha 07 de Febrero de 2023 entre el Ministerio de Economía de la Nación y la Provincia de Catamarca en el marco del Programa AGRO XXI, corresponde sea aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, con la delegación de facultades suficientes al Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos para actuar como organismo ejecutor de dicho Convenio.
Que a orden 11, interviene Contaduría General de la Provincia mediante Informe N° IF-2023-01910007-CAT-SCGC#CGP de fecha 15 de Agosto de 2023.
Que a orden 21, obra Nota Firma Ológrafa N° NO-2023-01959635-CAT-FISES de fecha 22 de Agosto de 2023 en el cual se adjunta la intervención de Fiscalía de Estado mediante Dictamen F.E. N° 31538 de fecha 22 de Agosto de 2023 por el que expresa que la mutua colaboración tiene por finalidad contribuir al mejoramiento de la población rural mediante la inversión de subproyectos de Medios de Vida Rurales aprobados y supervisar su ejecución. El Ministerio de Economía de la Nación a través de la Secretaría de Desarrollo y la Competitividad Federal en coordinación con la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales (DIPROSE), será el organismo ejecutor del proyecto. Agrega que a efectos de otorgar eficacia al Convenio de Ejecución del «PROYECTO DE SISTEMAS AGROALIMENTARIOS CLIMÁTICAMENTE INTELIGENTES E INCLUSIVOS» suscripto con fecha 07 de Febrero de 2023, entre el Ministerio de Economía de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Catamarca en el marco del Programa Agro XXI, corresponde que el mismo sea aprobado por Decreto, con delegación de facultades al Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos para actuar como organismo ejecutor del mencionado Convenio.
Que a orden 24, toma intervención que le compete Asesoría General de Gobierno, mediante Dictamen de Firma Conjunta N° IF-2023-01996032-CAT-AGG de fecha 25 de Agosto de 2023, manifestando que la Nación y la Provincia se encuentran persiguiendo mediante el convenio suscripto, la mutua colaboración para contribuir al mejoramiento de la población rural mediante la inversión de subproyectos de Medios de Vida Rurales aprobados y supervisar su ejecución. Que la competencia para suscribir acuerdos con la Nación, Provincias y Municipios, se encuentra específicamente atribuida por la Constitución Provincial al Gobernador de ía Provincia. En ese orden de ideas a los efectos de otorgar eficacia en el plano interno provincial, correspondería que el mismo sea aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial y debidamente ordenado su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, la Constitución Nacional garantiza el principio de publicidad de los actos de Gobierno y el derecho de acceso a la información pública a través del Artículo 1°, de los Artículos 33°, 41 °, 42° y concordantes del Capítulo Segundo y del Artículo 75° inciso 22) que incorpora con jerarquía constitucional diversos tratados internacionales. Asimismo, conforme a las obligaciones asumidas por la Provincia en las distintas cláusulas contractuales, a los fines de procurar la operatividad del Convenio, el Gobernador de la Provincia debería encomendar al Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos que actué como organismo ejecutor del Convenio, con facultades suficientes para disponer de los fondos que sean transferidos por la nación a la provincia con destinos al financiamiento del Proyecto Especifico; suscribir acuerdos con personas de derecho público con la finalidad de ejecutar el Programa que dio origen al Convenio; establecer el organismo dependiente del Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos que tendrá a su cargo presentar ante el Ministerio de Nación la rendición de cuenta final detallada y debidamente documentada y todas aquellas medidas que fueren necesarias para lograr el cumplimiento efectivo del convenio. Por las razones precedentemente expuestas considera que podrá el Poder Ejecutivo emitir el acto administrativo correspondiente a fin de aprobar el Convenio de Ejecución del «Proyecto de Sistemas Agroalimentarios Climáticamente Inteligentes e Inclusivos», suscripto con fecha 07 de Febrero de 2023;, entre el Ministerio de Economía de la Nación y la Provincia de Catamarca en el marco del Programa Agro XXI.
Que a orden 27, obra Convenio de Firma Ológrafa N° CONVE-2023-02016324-CAT-DDRO#SEG de fecha 29 de Agosto de 2023 en el cual se adjunta el Decreto N° 843 de fecha 09 de Diciembre de 2021 por el cual se aprueba el modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 9313-AR celebrado entre la República Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF).
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 149° de la Constitución de la Provincia.
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Confirmase en todas sus partes el Convenio suscripto entre el Ministerio de Economía de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Catamarca, en el marco del «PROYECTO DE SISTEMAS AGRO ALIMENTARIOS CLIMÁTICAMENTE INTELIGENTES E INCLUSIVOS (CIAF) - Convenio de Préstamo BIRF N° 9313 -AR» con fecha 07 de Febrero de 2023, el que como Anexo forma parte integrante del presente instrumento legal.
* ARTÍCULO 2°.- Autorícese al Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos a actuar como organismo ejecutor del Convenio, con facultades suficientes para crear la Unidad Provincial de Ejecución (UPE) y suscribir acuerdos con personas de derecho público que considere conveniente a efectos de ejecutar el programa que dio origen al Convenio mencionado en el artículo anterior y establecer que será el Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos el responsable de rendir cuentas ante el Ministerio de Economía de la Nación.
* Modificado por Art. 1 Decreto ID y SP Nº 2299/23 - B.O. 90 10/11/2023
ARTÍCULO 3°.- Autorícese al Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos a disponer de los fondos y transferir a las personas de derecho público con quien convenga para la ejecución del PROGRAMA hasta la suma de DOLARES UN MILLÓN CUATROCIENTOS o su equivalente en Pesos (USD 1.400.000) que en el marco del Convenio el Ministerio de Economía de la Nación le transfiera a la Provincia de Catamarca a la cuenta propia del proyecto.
ARTÍCULO 4°.- Autorizase al Ministerio de Economía a adoptar las medidas pertinentes y a efectuar las adecuaciones y reasignaciones presupuestarías de créditos que resulten necesarios a fin de poner en inmediata ejecución lo dispuesto en el presente instrumento legal.
ARTÍCULO 5°.- Tomen conocimiento a sus efectos: Ministerio de Inclusión Digital y Sistemas Productivos y Ministerio de Economía.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, Publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.
Nota: Convenio para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección Provincial Boletín Oficial, Judicial e Imprenta
Firmantes: JALIL-Mera
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones: