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Título: ADMINISTRACION PROVINCIAL — INCORPORAR COMO PERSONAL PERMANENTE A LOS AGENTES QUE REVISTAN CON CARACTER DE INTERINO
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 18 Junio 1979
Fecha de publicacion: 20 Julio 1979
Cuerpo de Decreto Ley: | Descargar PDF
Nota de Redacción: Norma con Objeto Cumplido. Se agrega Norma en formato pdf
Resúmen: El Poder Ejecutivo puede —por esta única vez— incorporar como personal permanente en la Administración Provincial
a los agentes que vienen revistando con carácter de interino, sin necesidad del requisito exigido por el Artículo 4° de la Ley N° 3198.
Firmantes: BARCENA-Acuña
Gestión: Oscar María Barcena (Gestion 1978-1981)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):