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Título: INSTITUTO PROVINCIAL DE PREVISION SOCIAL - ESTABLENCESE PORCENTAJES MINIMOS DE HABERES MENSUALES CORRESPONDIENTES A LAS PRESTACIONES PREVISIONALES - DEROGASE LEY Nº 3444
Estado: Derogada
Fecha de sanción: 22 Enero 1982
Fecha de publicacion: 23 Feb. 1982
Cuerpo de Decreto Ley: | Descargar PDF
Nota de Redacción: Norma con Objeto Cumplido. Se agrega Norma en formato pdf
Resúmen: El haber mensual de las jubilaciones ordinarias y por invalidez no podrá ser inferior al 67% de la remuneración actualizada correspondiente al cargo considerado para la determinación del haber inicial.
Firmantes: CASTILLO - Cano
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):