Inicio / Ley
Título: DECLARASE DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN EL INMUEBLE UBICADO EN EL DISTRITO PLAZA, DEPARTAMENTO ANDALGALÁ
Estado: Vigente
Fecha de sanción: 13 Ago. 2020
Fecha de publicacion: 25 Set. 2020
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1°.- Declárase de Utilidad Pública y Sujeto a Expropiación el inmueble ubicado en el distrito Plaza, Departamento Andalgalá con una superficie total, según la Administración General de Catastro, de 4294,50 m2, afectando en su totalidad el Padrón N° 331, registrado en dicha Administración a nombre de Figueroa Blanca Selva, conforme croquis demostrativo y antecedentes catastrales de la afectación, que como Anexo I forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2°.- El inmueble descripto en el Artículo 1° debe ser destinado a la construcción y terminación de infraestructura necesaria para el sistema de provisión de agua para riego del departamento Andalgalá.
ARTÍCULO 3°.- El Poder Ejecutivo debe adoptar las previsiones necesarias para atender el gasto emergente de la presente Ley con el Presupuesto General correspondiente al año en el que deba hacerse efectivo.
ARTÍCULO 4°.- Autorízase a Fiscalía de Estado, a iniciar el correspondiente juicio de expropiación y el avenimiento con el titular registral a los efectos de hacer expeditiva la solución según el objeto de la presente.
ARTÍCULO 5°.- De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL DE CATAMARCA, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.
Registrada con el Nº 5656
Firmantes: DUSSO-GUERRERO GARCIA-Dre-Peralta
Gestión: Lic. Raúl Alejandro Jalil
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):