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Título: ADMINISTRACION PUBLICA PROVINCIAL - INCORPORANSE EN PLANTA PERMANENTE A LOS AGENTES QUE SE DESEMPEÑAN EN CARACTER DE INTERINOS EN PLANTA PERMANENTE
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 10 Ago. 1982
Fecha de publicacion: 3 Set. 1982
Cuerpo de Decreto Ley: | Descargar PDF
Nota de Redacción: Norma con Objeto Cumplido. Se agrega Norma en formato pdf
Resúmen: El Poder Ejecutivo confirma como Personal Permanente de la Administración Provincial, sin necesidad de cumplir con el requisito exigido por el Artículo 4º de la Ley 3198, a los agentes que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley hayan sido designados por autoridad competente para revistar con carácter de "Interino en Planta Permanente" y a quienes les hubieren sido asignadas funciones transitorias en cargos vacantes, de conformidad a las disposiciones de la Ley N° 3198 y la reglamentación aprobada por el Decreto-Acuerdo Nº 712/81, siempre que estos últimos hayan cumplido como mínimo Seis (6) meses de interinato.
Firmantes: CASTILLO - Diaz
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):