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Título: MODIFICASE ARTICULO 2º DE LA LEY 3547
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 3 Nov. 1982
Fecha de publicacion: 3 Dic. 1982
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Nota de Redacción: Norma con Objeto Cumplido. Se agrega Norma en formato pdf
Resúmen: Modifica el Artículo 2º de la Ley Nº 3547, que por efecto de la presente queda redactado de la siguiente forma: "Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo adoptará las previsiones necesarias para atender el gasto emergente de la presente Ley, en el Presupuesto General correspondiente al año en que deba hacerse efectivo"
Firmantes: CASTILLO - Nieva
Gestión: Arnoldo Aníbal Castillo (Gestion 1981-1983)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):