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Detalle de Ley 4202
  

 

Título: DONASE AL SINDICATO DEL PERSONAL DE VIALIDAD PROVINCIAL UN INMUEBLE UBICADO EN FRAY MAMERTO ESQUIU

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 21 Nov. 1984

Fecha de publicacion: 1 Feb. 1985

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Ley 4202 - Decreto Nº 3764
DONASE AL SINDICATO DEL PERSONAL DE VIALIDAD PROVINCIAL, UN INMUEBLE UBICADO EN FRAY MAMERTO ESQUIÚ

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Autorízase al Administrador de Vialidad a donar a favor del Sindicato del Personal de Vialidad Provincial con Personería Gremial Nº 1.044, - Personería Jurídica Nº 2.275, domicilio Junin Nº 98 - Catamarca - un inmueble registrado en la Dirección de Catastro bajo Padrón Nº 2344, Matrícula Catastral 09-23-13-6967 inscripto en el Registro de la Propiedad con relación a la matrícula Nº 52 Departamento Fray Mamerto Esquiú con fecha 15 de Junio de 1976, a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad y cuyas medidas y linderos resultan del plano de mensura, aprobado por Resolución Nº 212, con fecha 12/03/84 que consta con una superficie, según título 25.500 m2. y según plano de mensura 26.245,36 m2.

ARTICULO 2.- El inmueble cuya donación se autoriza por la presente será destinado por el Sindicato del Personal Vial Provincial para la construcción de obras de recreación, complejo polideportivo, piletas de natación y country, no pudiendo el aludido Sindicato, dar destino al mismo.

ARTICULO 3.- Por Escribanía de Gobierno se procederá a fraccionar la correspondiente escritura traslativa de dominio.

ARTICULO 4.- De forma.

 

Firmantes: MORAN-ROSALES-Marcolli-Romero

Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 10/1985

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