Digesto Legislativo Provincial

Encuentre las leyes y otras normativas que se publican en el Boletín Oficial
de la Provincia de Catamarca

  

Inicio / Ley

Ley
    

  
Detalle de Ley 4204
  

 

Título: EXPROPIASE TERRENO EN EL DEPARTAMENTO CAPITAL DESTINADO A LA CONSTRUCCION BARRIO 400 VIVIENDAS

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 28 Nov. 1984

Fecha de publicacion: 1 Feb. 1985

Cuerpo de Ley:   |       Descargar PDF

  

Ley 4204 - Decreto Nº 3766
EXPROPIASE TERRENO DEPARTAMENTO CAPITAL -
DESTINADO A LA CONSTRUCCION BARRIO 400 VIVIENDAS

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, con destino a la construcción de un barrio de 400 viviendas y demás infraestructura complementaria, un terreno emplazado en el Departamento Capital de la Provincia de Catamarca, que responde a las características de ubicación forma, linderos, dimensiones y superficie consignados en el Plano Nº 6 de relevamiento, como Anexo I y Anexo II, donde se consignan las matrículas catastrales, los que forman parte integrante de la presente Ley.

ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo de la Provincia adoptará los recaudos necesarios para que, en un tiempo prudencial, el terreno al que se refiere el Artículo 1 de la presente Ley, se encuentre en disponibilidad para el desarrollo del plan habitacional allí referido.

ARTICULO 3.- Los recursos destinados a solventar los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, deberán ser gestionados por el Poder Ejecutivo, de las fuentes que corresponda, como complemento de la financiación del complejo habitacional.

ARTICULO 4.- De forma.

 

Firmantes: SAADI-ROSALES-Marcolli-Romero

Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)

Observaciones:

   
Complementos

 

  • Boletin Oficial 10/1985

  • No hay información

  • Sin temas relacionados

  • Sin información

  • Sin leyes modificadas

  • Sin decretos modificadas

  • Sin leyes derogadas

  • Sin decretos derogadas

  • Sin temas relacionados

  • Sin archivos relacionados

Lo estamos haciendo entre todos
Si tienes alguna duda, dato o sugerencia para esta Ley, envianos tu comentario: