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Título: CONSTRUYASE EDIFICIO PARA LA ESCUELA N°376 EN VILLA COLLANTES - PACLIN
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 12 Dic. 1984
Fecha de publicacion: 15 Feb. 1985
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Constrúyase el edificio para funcionamiento de la Escuela Primaria Nº 376, de la Localidad de Villa Collantes-Departamento Paclín.
ARTICULO 2.- Aféctase a la Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos, a través de sus organismos competentes, para que procedan a efectuar el estudio correspondiente para la concreción de la obra a que se refiere el Artículo 1 de la presente Ley.
ARTICULO 3.- El Poder Ejecutivo Provincial disponga de las partidas presupuestarias para que dicha obra sea incluída en el Plan de Obras 1984/85.
ARTICULO 4.- De forma.
Firmantes: GARBE-ROSALES-Marcolli-Romero
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):