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Título: EXPROPIACION TERRENO EN BARRIO ESPAÑA - HULLIPIMA - CAPAYAN PARA CONSTRUCCION BARRIO DE VIVIENDAS
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 5 Dic. 1984
Fecha de publicacion: 19 Feb. 1985
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción de terreno ubicado en Barrio España, de la localidad de Huillapima - Departamento Capayán de esta Provincia, cuyas características son: Propietario: Lidia Flora Imperatori de Machado; Padrón Nº 3042; Ubicación: Huillapima - Dpto. Capayán; fracción a expropiar: 98.000 metros cuadrados; Linderos: Norte: Callejón Público, Sur: Camino Huillapima - Chañaritos; Oeste: Ruta Nacional Nº 38; Este: Callejón Público.
ARTICULO 2.- El terreno a expropiarse mediante el Artículo 1, será destinado para la construcción de un Barrio de Viviendas con su correspondiente Centro Cívico.
ARTICULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se tomará de las partidas que para tales fines asigna el Presupuesto General de la Provincia.
ARTICULO 4.- De forma.
Firmantes: SAADI-ROSALES-Marcolli-Romero
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):