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Título: CONSTRUCCION DE TOMAS LIBRES DE AGUA PARA RIO SANTA MARIA
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 6 Dic. 1984
Fecha de publicacion: 26 Feb. 1985
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Realícese la construcción de las tomas libres de captación de agua natural en las acequias regadoras, a ambas márgenes del río Santa María, en el trayecto comprendido entre las localidades de "Punta de Balasto" - "Fuerte Quemado", del Dpto. Santa María.
ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio de los Organismos competentes dispondrá todo lo atinente para el cumplimiento de la presente Ley.
ARTICULO 3.- De forma.
Firmantes: SAADI-ROSALES-Marcolli-Romero
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):