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Título: CONSTRUCCION MINI HOSPITAL EN LONDRES DEPARTAMENTO BELEN
Estado: Reducida
Fecha de sanción: 6 Dic. 1984
Fecha de publicacion: 26 Feb. 1985
Cuerpo de Ley: | Descargar PDF
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1.- Dispónese la construcción de un Mini Hospital en el Distrito Londres, Departamento Belén de la Provincia de Catamarca.
ARTICULO 2.- El Poder Ejecutivo de la Provincia, por intermedio de los organismos técnicos correspondientes, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Ley, en base al Proyecto que dichos organismos tienen actualmente en elaboración.
ARTICULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento del presente instrumento legal se tomará de rentas generales con imputación a la misma.
ARTICULO 4.- De forma.
Firmantes: SAADI-ROSALES-Marcolli-Romero
Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)
Observaciones:
Decreto de Reglamentación (0):