Digesto Legislativo Provincial

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Detalle de Ley 4240
  

 

Título: OTORGASE PENSION GRACIABLE VITALICIA A LA SEÑORITA MARIA AMALIA MOLINA

Estado: Reducida

Fecha de sanción: 6 Dic. 1984

Fecha de publicacion: 1 Marzo 1985

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Ley 4240 - Decreto Nº 138
OTORGASE PENSION GRACIABLE VITALICIA
A LA SEÑORITA MARIA AMALIA MOLINA

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

ARTICULO 1.- Otórgase una pensión graciable vitalicia, a la señorita MARIA AMALIA MOLINA - L.C. Nº 1.281.528, la cual será percibida por la beneficiaria en forma mensual a partir del momento de promulgación de la presente Ley.

ARTICULO 2.- El monto de la pensión a que se refiere el Artículo 1, será igual al setenta por ciento (70%) de la dieta establecida para los señores Legisladores Provinciales.

ARTICULO 3.- De forma.

 

Firmantes: SAADI-ROSALES-Marcolli-Romero

Gestión: Ramón Saadi (Gestion 1983-1987)

Observaciones:

   
Complementos

 

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